#UGToposicionesEEMMclm2023 – Publicada convocatoria. Plazo del 12 al 31 de enero de 2023.
Resolución de 30/11/2022, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y en el Cuerpo de Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, por el turno de personas con discapacidad, y procedimiento de selección de aspirantes a puestos de trabajo docente en régimen de interinidad.
[Ver disposición]
Resolución de 30/11/2022, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y en el Cuerpo de Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, por el turno libre, y procedimiento de selección de aspirantes a puestos de trabajo docente en régimen de interinidad.
[Ver disposición]
https://www.educa.jccm.es/es/oposicion/concurso-oposicion-ensenanzas-medias-2023
https://www.educa.jccm.es/es/oposicion/concurso-oposicion-ensenanzas-medias-2023
#UGToposicionesEEMMclm2023
OPOSICIONES CLM 2023 – SECUNDARIA y FP
ESTABILIZACIÓN 2022-2024 – TODA LA INFORMACIÓN
27/10/2022
NOTA AÑADIDA EL 27/10/2022
Al día siguiente de la celebración y atendiendo a las exigencias de UGT, la Consejería nos ha facilitado la redacción de dos modificaciones en el borrador de convocatoria de oposiciones de estabilización para Secundaria y FP que se desarrollarán en 2023 consistentes en la matización de criterio de acceso a bolsa de trabajo tras las oposición y la concrección sobre la necesidad de entregar la unidad didáctica tras su presentación, exposición y defensa.
26/10/2022
INFORME DEL SECTOR DE ENSEÑANZA DE LA UGT SERVICIOS PÚBLICOS DE CLM
MESA SECTORIAL ORDINARIA DE PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO
26 DE OCTUBRE DE 2022
Don José Manuel Almeida Gordillo: director general de recursos humanos y planificación educativa.
Don Carlos Amieba Escribano: jefe del servicio de relaciones sindicales.
En este documento sólo se incluye el informe del punto 2 y 3 del orden del día de la mesa.
2°. BORRADOR DE RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCA PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE PROFESORES Y EN EL CUERPO DE PROFESORES ESPECIALISTAS EN SECTORES SINGULARES DE LA FP, POR EL TURNO LIBRE, Y PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE ASPIRANTES A PUESTOS DE TRABAJO DOCENTE EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD.
3°. BORRADOR DE RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCA PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE PROFESORES Y EN EL CUERPO DE PROFESORES ESPECIALISTAS EN SECTORES SINGULARES DE LA FP, POR EL TURNO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE ASPIRANTES A PUESTOS DE TRABAJO DOCENTE EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD.
El jefe del servicio de relaciones de la Consejería de Educación presenta el borrador de resolución. El documento se puede consultar en nuestra web https://educacion.fespugtclm.es
Desde UGT resaltamos los siguientes aspectos a tener en cuenta:
- El plazo de presentación de solicitudes de participación será desde el día 12/01/2023 hasta el día 31/01/2023 (ambos incluidos).
- El sistema de ingreso será el de concurso-oposición.
- Los temarios que han de regir en el procedimiento selectivo de ingreso son los que, para cada especialidad, figuran en el anexo III de la Orden de 09/09/1993 (BOE de 21 de septiembre) y en los anexos I y II de la Orden de 01/02/1996 (BOE de 13 de febrero).
- Los currículos aplicables serán los vigentes en Castilla-La Mancha para el curso 2022-2023.
- La fase de oposición constará de una única prueba estructurada en dos partes, que no tendrán carácter eliminatorio.
- Parte A.
- Consistirá en el desarrollo por escrito, durante un tiempo de dos horas, de un tema elegido por el aspirante de entre los extraídos al azar por el tribunal en función del número de temas que integran el temario de la correspondiente especialidad, de modo que en aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre tres temas; en aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre cuatro temas; y en aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, deberá elegirse entre cinco temas.
- Parte B.
- Consistirá en la presentación de una unidad didáctica (parte B.1)
- En las especialidades de administración de empresas, asesoría y procesos de imagen personal, formación y orientación laboral, hostelería y turismo, organización y gestión comercial, procesos sanitarios, procesos de gestión administrativa, procesos comerciales, procedimientos sanitarios y asistenciales, servicios a la comunidad, cocina y pastelería, mantenimiento de vehículos y peluquería, la Parte B incorporará un ejercicio de carácter práctico (parte B.2). En estas especialidades el ejercicio B2 (ejercicio práctico) de la Parte B, podrá realizarse antes que el ejercicio B1 (preparación y exposición oral de la unidad didáctica).
- En aquellas especialidades en las que el ejercicio práctico (ejercicio B2) sea colectivo, dicho ejercicio podrá realizarse el mismo día en que los aspirantes realicen la parte A de la prueba (ejercicio de desarrollo de un tema).
- La preparación y exposición oral ante el tribunal de una unidad didáctica estará relacionada con la especialidad a la que opta el aspirante. El aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica.
- El aspirante dispondrá de 30 minutos para la preparación de la unidad didáctica y podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar él mismo, así como un guion que no excederá de un folio y que se entregará al tribunal al término de la exposición. La exposición de la unidad didáctica ante el tribunal tendrá una duración máxima de 45 minutos.
- En las especialidades propias de la Formación Profesional específica, la unidad didáctica podrá referirse a unidades de trabajo, debiendo relacionarse con los resultados de aprendizaje del correspondiente módulo profesional y, en su caso, con las capacidades terminales asociadas a las de las unidades de competencia propias del perfil profesional de que se trate.
- En la especialidad de orientación educativa y en la de servicios a la comunidad, los aspirantes podrán optar por desarrollar un programa de intervención en un centro escolar o en un equipo de orientación educativa y psicopedagógica.
- La calificación de cada una de las dos partes de la prueba se expresará en números de cero a diez. Cada una de las partes representará el 50% de la calificación final y global de la prueba de la fase de oposición, siendo necesario haber obtenido al menos 5 puntos en dicha calificación final y global para poder acceder a la fase de concurso.
- En las especialidades en las que la parte B incorpora además el ejercicio de carácter práctico (ejercicio B2), es decir, en las especialidades en las que la parte B consta de los ejercicios B1 y B2, cada uno de estos ejercicios se valorará de 0 a 10 puntos, representando cada uno de ellos un valor del 50% de la nota de la Parte B.
- La valoración de méritos para la fase de concurso se realizará conforme al baremo que puedes consultar en el siguiente enlace: https://educacion.fespugtclm.es/procesos-y-plazas-de-estabilizacion-2022-2024-informacion-estatal-y-sobre-castilla-la-mancha/
- En el siguiente enlace puedes acceder a una calculadora del baremo: https://educacion.fespugtclm.es/procesos-y-plazas-de-estabilizacion-2022-2024-informacion-estatal-y-sobre-castilla-la-mancha/
- La puntuación global del concurso-oposición resultará de la ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso, siendo de un 60% para la fase de oposición y de un 40% para la fase de concurso, con una puntuación final entre 0 y 10 puntos.
- Los participantes en el proceso selectivo que no formen parte de la bolsa de trabajo ordinaria de la especialidad por la que se presentan, pasarán a integrarse en dicha bolsa si obtienen una calificación igual, o superior, a cinco puntos sobre diez en la primera parte (parte A) de la prueba de la fase de oposición del proceso selectivo de ingreso convocado por la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. Igualmente deberán presentar la documentación acreditativa de méritos a efectos de su baremación en las condiciones reguladas en la presente convocatoria.
- Se crearán bolsas de reserva con aquellos participantes que no formen parte de la bolsa de trabajo de la especialidad por la que se presentan por no haber obtenido una calificación igual o superior, a cinco puntos sobre diez en la primera parte (parte A) de la prueba de la fase de oposición del proceso selectivo de ingreso convocado por la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, ordenadas exclusivamente por la nota obtenida en el correspondiente proceso.
- Desde UGT hemos trabajado hasta conseguir que estas oposiciones incorporen:
- La fase de oposición con solo 2 pruebas no eliminatorias, lo que supondrá que todos y todas las opositoras pudieran realizar ambas pruebas.
- Simplificación de las pruebas: de forma general, sin prueba práctica ni programación (prueba práctica solo en especialidades concretas), solo tema y unidad didáctica sin ser eliminatorias entre sí: todos los aspirantes podrán hacerlas y obtener una calificación final de la fase de oposición en base a su participación en todas las pruebas.
- Mayor optatividad en la elección del tema (a desarrollar uno entre 3, cuerpo de maestros)
- Mayor peso de la experiencia docente en la fase de concurso (máximo 7 puntos y 10 años) suponiendo un 70% del total de baremo.
- La fase de concurso (méritos) con más peso en el conjunto del concurso-oposición (40% méritos + 60% oposición). En las últimas convocatorias era 66%-33%.
- Parte A.
ESPECIALIDADES CONVOCADAS EN CASTILLA-LA MANCHA
ESPECIALIDADES DEL CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA | LIBRE
|
DISCAPACIDAD NO INTELECTUAL | DISCAPACIDAD INTELECTUAL |
Filosofía | 14 | 1 | |
Latín | 9 | 1 | |
Lengua castellana y literatura | 90 | 5 | 3 |
Geografía e historia | 60 | 3 | 2 |
Matemáticas | 161 | 10 | 8 |
Economía | 7 | 1 | |
Administración de empresas | 7 | 1 | |
Física y química | 54 | 2 | 2 |
Biología y geología | 42 | 1 | 1 |
Dibujo | 9 | 1 | |
Francés | 9 | 1 | |
Inglés | 90 | 5 | 3 |
Educación física | 19 | 1 | |
Orientación educativa | 36 | 1 | 1 |
Tecnología | 9 | 1 | |
Asesoría y procesos de imagen personal | 7 | 1 | |
Formación y orientación laboral | 14 | 1 | |
Hostelería y Turismo | 9 | 1 | |
Organización y gestión comercial | 14 | 1 | |
Procesos sanitarios | 9 | 1 | |
Procesos de gestión administrativa | 11 | 1 | |
Procesos comerciales | 7 | 1 | |
Procedimientos sanitarios y asistenciales | 14 | 1 | |
Servicios a la comunidad | 9 | 1 |
ESPECIALIDADES DEL CUERPO DE PROFESORES ESPECIALISTAS EN SECTORES SINGULARES DE FP | LIBRE
|
DISCAPACIDAD NO INTELECTUAL | DISCAPACIDAD INTELECTUAL |
Filosofía | 9 | 1 | |
Latín | 6 | 1 | |
Lengua castellana y literatura | 9 | 1 |
NÚMERO TOTAL DE PLAZAS TURNO LIBRE: 734.
NÚMERO TOTAL DE PLAZAS TURNO DISCAPACIDAD: 67.
NUMERO TOTAL DE PLAZAS: 801.
UGT Enseñanza Servicios Públicos CLM aporta las siguientes consideraciones:
- En la mesa sectorial del 5 de mayo del 2022 donde se pidió posicionamiento frente a la Oferta de Empleo Público que incluía la convocatoria de este concurso/oposición, UGT se posicionó en contra de la propuesta porque no se cumplía la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Advertimos en la Mesa que se abriría el mayor periodo de inseguridad jurídica conocido con respecto al acceso a la función pública docente y que no entendíamos como no lo consideraban así la Consejería de Educación y organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial.
Situación en nuestra Comunidad Autónoma en cuanto a interinidad docente
- Desde UGT CLM manejamos los siguientes datos en nuestra Comunidad, aportados por la Consejería de Educación. Con las 1035 plazas por concurso-oposición para el cuerpo de Maestros otorgadas este verano, la tasa de interinidad queda, aproximadamente, de la siguiente manera:
- Profesores Enseñanzas Medias: 15.081.
- Profesores Enseñanzas Medias funcionarios de carrera: 9.354.
- Profesores Enseñanzas Medias interinos: 5.727.
- Profesores EEMM interinos a jornada completa, ocupando puestos no estructurales declarados por la Consejería: 895.
- Profesores EEMM interinos a jornada completa, ocupando puestos que la Consejería no nos ha clasificado como estructurales/no estructurales: 2.724.
- Profesores EEMM interinos en tiempos parciales: 2.108.
- Porcentaje de interinidad (incluyendo las jornadas parciales): 37,97%.
- Porcentaje de interinidad (considerando que dos jornadas parciales constituyen una completa): 33,31%.
- Maestros: 14.212.
- Maestros funcionarios de carrera: 11.752.
- Maestros interinos: 2.460.
- Maestros interinos a jornada completa, ocupando puestos no estructurales declarados por la Consejería: 720.
- Maestros interinos a jornada completa, ocupando puestos que la Consejería no nos ha clasificado como estructurales/no estructurales: 823.
- Maestros interinos en tiempos parciales: 917.
- Porcentaje de interinidad (incluyendo las jornadas parciales): 17,31%.
- Porcentaje de interinidad (considerando que dos jornadas parciales constituyen una completa): 14,56%.
Aclaraciones normativas.
- La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, establece en su Artículo 2, en su punto 1: “Procesos de estabilización de empleo temporal. …, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020…”
- El mismo Artículo 2, en su punto 3 establece: “La tasa de cobertura temporal deberá situarse por debajo del ocho por ciento de las plazas estructurales”.
- La disposición adicional sexta prevé que las Administraciones Públicas convoquen, con carácter excepcional, conforme a lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
- Actualmente, existen tres vías para estabilizar personal interino docente:
- Concurso extraordinario de méritos. Tienen que salir a la luz todas aquellas plazas que hayan sido ofertadas a interinos, de carácter estructural, en los últimos cinco años. Esto es un procedimiento extraordinario, sólo para el 2022. Estas plazas se tienen que publicar en junio del 2022 y el concurso resolverse antes del fin del 2022. Mediante el concurso, se obtiene el acta de funcionario de carrera, no un destino concreto. El destino se tiene que obtener a través del Concurso General de Traslados.
- Concurso-oposición con pruebas no eliminatorias. Tienen que ofertarse por esta vía, durante el periodo 2023/2024, todas aquellas plazas, estructurales, cubiertas por interinos en los últimos tres años y que no se hayan ofertado por la vía excepcional del concurso extraordinario antes descritas.
- Concurso-oposición con pruebas eliminatorias. Tienen que ofertarse por esta vía las plazas de reposición del periodo 2023/2024 (jubilaciones, etc.).
Números finales considerados por UGT
- La Consejería de Educación no nos especificó qué tipo de horas están cubriendo las personas interinas que están ocupando tiempos parciales, por lo que no nos queda otra trabajar con estimaciones. No sabemos ni podemos calcular que porcentaje de esos tiempos parciales pudieran considerarse trabajo “estructural”, pero es que ante la Ley 20/2021, se tenía que haber realizado esta tarea centro a centro, plaza a plaza, no asumiendo que todo el trabajo que realizan las personas que hacen jornadas parciales, es “no estructural”. Esto es asumido por el resto de los sindicatos y por la Consejería, pero no por UGT. Para poder realizar una propuesta concreta, hemos supuesto que tres jornadas parciales suponen una jornada completa. Es una suposición conservadora, pero intentamos con ella ajustarnos a la realidad de que hay jornadas parciales que no llegan a media jornada y que habrá jornadas parciales realizando trabajo realmente “no estructural”.
- Igualmente, para poder realizar una propuesta concreta, vamos a considerar que las jornadas completas clasificadas por la Consejería de Educación como “no estructurales”, son realmente “no estructurales”, aunque muchas de ellas se repitan año a año.
- Nuestros números finales para las ofertas de empleo público docente para el 2023 (EEMM) y el 2024 (Maestros), quedaría de la siguiente manera:
- 404 plazas para Enseñanzas Medias, frente a las 917 (801 por concurso-oposición + 116 por concurso extraordinario de méritos), que propone la Consejería para el año 2023. Tanto a las plazas que proponemos desde UGT, cómo a las que acepta la Consejería, se les sumará en su momento, la tasa de reposición (jubilaciones, etc.) que se produzca de aquí al 2023. Estimamos que la OPE final de EEMM para el 2023, sería de unas 1.000 plazas aproximadamente, si se mantiene el nivel de jubilaciones.
- La Consejería pretende convocar solamente 116 por el procedimiento extraordinario de concurso de méritos establecido por la ley. Se saltan la ley 20/2021 y la modificación transitoria del Real Decreto 276, ya que es imposible que solamente 116 plazas cumplan los requisitos para ser computables de estabilización por concurso, porque se hayan repetido al menos 5 años. UGT estima que unas 1.000 de estas 2.404 plazas se deberían ofertar por concurso de méritos extraordinario y no por concurso oposición, porque se han ofertado en los últimos cinco años a interinos.
- Aparte de las 116, las 801 plazas restantes, las computan todas como de estabilización, ofertándolas por concurso-oposición con pruebas no eliminatorias. Se trasvasa de manera forzada, toda la estabilización de Maestros a EEMM y toda la reposición de EEMM a Maestros.
- Se crea una incertidumbre enorme, inseguridad jurídica, ya que nadie nos puede asegurar como se van a plantear las oposiciones del 2023 de EEMM ya que, a las 801 plazas a convocar por un sistema de pruebas no eliminatorias, habría que sumar unas oposiciones con pruebas eliminatorias con las plazas de reposición (jubilaciones, etc.) que surjan de aquí al 2023.
- En el caso del cuerpo de Maestros, estaríamos de acuerdo con las 676 plazas que propone la Consejería para el año 2024. A estas plazas habría que sumar la tasa de reposición (jubilaciones, etc. que se produzca de aquí al 2024). Estimamos que la OPE final de Maestros para el 2024, sería de unas 1.000 plazas aproximadamente, si se mantiene el nivel de jubilaciones.
- La Consejería pretende convocar todas las plazas de Maestros del 2024 por concurso/oposición y por el sistema eliminatorio de pruebas, ya que computa todas las plazas de Maestros como de reposición. Se saltan la ley 20/2021 y la modificación transitoria del Real Decreto 276, ya que es imposible que ninguna de estas plazas sea computable como de estabilización. Las que computaran por estabilización, las tendría que ofertar por concurso de extraordinario de méritos o por concurso-oposición, sin pruebas eliminatorias. UGT estima que, al menos, unas 200 de estas 676 plazas se deberían ofertar por concurso de méritos extraordinario y no por concurso oposición, porque se afirma por la Consejería que de esas 676, 486 plazas son de estabilización, por lo que estimamos que al menos unas 200 se habrán podido ofertar en los últimos 5 años a interinos. La Consejería trata las 676 cómo si fueran de reposición para no ofertar ninguna por concurso de méritos. Cabe recordar también que 1.035 plazas van a ser ofertadas en la OPE de Maestros del 2022, por concurso-oposición este verano, todas por el sistema de pruebas eliminatorias.
- Aún con el aumento de plazas que exigimos desde UGT, no se llegaría al 8% exacto de tasa de interinidad, ya que no estamos considerando las 720 plazas de interinos a jornada completa de Maestros y las 895 de EEMM, igualmente de interinos a jornada completa que la Consejería dice que son “no estructurales” y que por tanto no se puede convertir a fijas. Sabemos que esto no es así, que la Ley 20/2021 no establece excepciones y que esas plazas deberían de computar también como tasa de interinidad (la Consejería no las computa, cómo no existiera). Desde UGT opinamos que se deberían de considerar (para eso es el 8%), pero no lo incluimos en nuestros números finales para que se entienda mejor nuestra propuesta. O se añaden esas plazas a la OPE, o no se alcanzará el objetivo que marca la ley.
Análisis de UGT Enseñanza CLM del porqué se ha llegado a disparar la tasa de interinidad
- Desde el punto de vista de UGT Enseñanza Servicios Públicos Castilla-La Mancha, el que haya tasas de interinidad disparadas proviene de cómo se ha determinado, en las últimas décadas, la plantilla de profesorado fijo de los centros. Ahora, a la hora de calcular el número de plazas a estabilizar de funcionarios interinos docentes en Castilla-La Mancha por vía de concurso y por vía de concurso/oposición, la Consejería de Educación reproduce el mismo sistema, sólo cuenta como estructurales las plazas que saldrían de sumar las horas de docencia directa de unas determinadas asignaturas y no se tienen en cuenta las horas destinadas a otras tareas que conforman el horario de obligada permanencia de los docentes en los centros, como son: horas de docencia directa de algunas optativas, horas de docencia directa de estudios en implantación, horas de docencia directa de estudios que por sus características tienen fluctuación en el número de alumnos y horas de dedicación a funciones que no son de docencia directa (dirección, jefatura de estudios, secretaría, jefatura de departamento, responsable de biblioteca, coordinador de formación, tutoría, apoyos, prácticas de empresa, etc.).
- Esto trae consigo que haya una diferencia muy acusada entre el número de profesores fijos de un centro educativo y el número de profesores que se realmente hacen falta para sacar adelante el curso escolar. La plantilla de profesorado fijo de los centros es totalmente insuficiente para atender las necesidades del servicio que se tiene que prestar, en todos y cada uno de los centros, y, por eso, hay que completar con plazas de cupo, que suponen un elevado tanto por ciento de la plantilla real del centro y, por tanto, esto se traduce en un elevado porcentaje de interinidad.
- Esto trae consigo, entre otras, las siguientes repercusiones:
- Un elevado porcentaje de interinidad, el cual supone actualmente un fraude de ley con respecto a la normativa europea laboral.
- Unas condiciones laborales muy precarias para el profesorado interino, el cual podría ser ya funcionario de carrera si no se mantuvieran año tras año tasas de interinidad tan elevadas.
- Menor movilidad del profesorado funcionario de carrera en el Concurso General de Traslados, porque no pueden optar a las plazas que no se crean en plantilla para profesorado fijo.
- Necesidad de existencia del Concursillo para posibilitar que los funcionarios de carrera opten a plazas que año a año se ofertan como trabajo temporal.
- Menor movilidad del profesorado funcionario con más antigüedad en el Concursillo, porque el profesorado en Expectativa de destino, que tiene menos antigüedad y podría tener destino definitivo si hubiera más plazas en plantilla, está por delante.
- Si se opta por utilizar, tal y cómo ya permite la ley, tasas de reposición del 120%, creación de una bolsa de funcionarios de carrera en situación de expectativa de destino, que pierden puntos por antigüedad en el centro para los procesos de movilidad. Además, esta es una de las excusas que ha esgrimido tradicionalmente la Administración Educativa a la hora de no utilizar tasas de reposición por encima del 100%, las cuales son las únicas que generan creación de empleo público docente, ya que siempre se ha argumentado que luego iba a haber mucho profesorado en expectativa de destino.
- Además, una mayor creación de plazas en plantilla habría supuesto una oferta de empleo mayor en años anteriores, y muchos interinos e interinas que aprobaron la oposición sin plaza podrían ser ya funcionarios de carrera.
Explicación del posicionamiento de UGT Enseñanza CLM frente a la OPE propuesta para el periodo 2023/2024.
- Para UGT Enseñanza Servicios Públicos CLM, como no puede ser de otra manera, hay que dar cumplimiento a la sentencia del TJUE y a la Ley 20/2021. Además, el concurso busca hacer funcionarios de carrera a interinos de larga duración, con muchos años de experiencia, y algunos de los cuales, puede que bastantes, habrán aprobado oposiciones en años anteriores, pero sin plaza, cuando la realidad es que muchos de los que aprobaron seguramente deberían haber sido seleccionados con plaza, porque las plazas que ahora se reclaman deberían haber estado creado hace años. Y en cualquier modo, los que han estado muchos años trabajando como interinos, seguramente han demostrado ya más que de sobra su capacidad para realizar este trabajo.
- Desde UGT Enseñanza Servicios Públicos Castilla-La Mancha pedimos a la Consejería de Educación que cambie la gestión de recursos humanos del profesorado que ha realizado en las últimas décadas y que ha traído el uso y el abuso de las interinidades. Hay que considerar “estructural” todas y cada una de las actividades que realiza un docente dentro de sus horas de permanencia en el centro y no sólo una parte. También hay que cortar inmediatamente con el abuso de jornadas parciales y de sustituciones de corta duración (los centros tienen que disponer de un sobrecupo suficiente para atender las bajas de corta duración).
- Llegado a este punto, desde UGT Enseñanza CLM tenemos la obligación de exigir a la Consejería de Educación de Castilla-La Mancha el cumplimiento de la Ley 20/21 y eso supone que la tasa de interinidad sea menor al 8%, al final del periodo 2022/2024.
Aportaciones con respecto al proceso de oposiciones del verano del 2023
- El proceso del 2023 está en los tribunales, el proceso está en riesgo, cómo ya advertimos que ocurriría cuando se aprobó esta OPE. Pedimos a la Consejería que nos avance si hay riesgo de paralización del proceso.
- Desde UGT hemos trabajado hasta conseguir que estas oposiciones incorporen:
- La fase de oposición con solo 2 pruebas no eliminatorias, lo que supondrá que todos y todas las opositoras pudieran realizar ambas pruebas.
- Simplificación de las pruebas: de forma general, sin prueba práctica ni programación (prueba práctica solo en especialidades concretas), solo tema y unidad didáctica sin ser eliminatorias entre sí: todos los aspirantes podrán hacerlas y obtener una calificación final de la fase de oposición en base a su participación en todas las pruebas.
- Mayor optatividad en la elección del tema (a desarrollar uno entre 3, cuerpo de maestros)
- Mayor peso de la experiencia docente en la fase de concurso (máximo 7 puntos y 10 años) suponiendo un 70% del total de baremo.
- La fase de concurso (méritos) con más peso en el conjunto del concurso-oposición (40% méritos + 60% oposición).
Filtraciones del borrador
- Un año más, se filtraron las provincias de examen por especialidad. Estas filtraciones son perjudiciales para la igualdad en el proceso ya que hay personas que se enteran antes de la publicación oficial de las provincias de examen por especialidad y pueden reservar hoteles con prioridad.
Fechas de convocatoria y plazos
- Pedimos que se emitan los certificados de formación que quedan por emitirse para que los aspirantes los puedan alegar.
- Pedimos que el tiempo de servicio cuente hasta el día de la realización del primer examen.
Interinos de CLM
- Exigimos que se tomen las medidas necesarias para que los interinos de CLM que hayan sido despedidos durante los meses de verano de los últimos cursos no se vean todavía más perjudicados de lo que ya de por sí significa ese cese de contrato. Defendemos que aquellos que hayan trabajado durante el curso completo, computen en la fase de Concurso por 12 meses de experiencia laboral. Igual que ocurre con el sistema de acceso y con los méritos por haber sido profesor de religión, cambiar esto no es competencia de la Consejería de Educación.
- Peticiones separadas para destinos para ser funcionario en prácticas o para ser funcionario interino.
Confección de los tribunales
- Pedimos que haya un máximo de 60 aspirantes por Tribunal en todos los casos.
- Que este año se realice un curso de formación para los miembros de los Tribunales durante su jornada laboral para asesorarles en la labor a realizar, unificar criterios, etc. Pedimos que estos cursos se realicen en todas las provincias y que no se centralicen en Toledo.
Tribunales
- Exigimos que haya tribunales de todas las especialidades en todas las provincias.
- Exigimos que se regule el número de horas máximas que se van a trabajar. La carga de trabajo para los tribunales es enorme.
- Exigimos que queden exentas de ser Tribunal todas aquellas personas que se dediquen a preparar oposiciones y que esto se compruebe de la mejor manera posible.
- Exigimos que queden exentas todas aquellas personas que estén en Comisión de Servicios por enfermedad propia o de un familiar, siempre que lo soliciten.
- Exigimos que queden exentas las embarazadas a partir del quinto mes de gestación.
- Pedimos que queden exentos los que se casen en julio, pero no sólo los 15 días de permiso que les corresponden, sino todo el periodo.
- Exigimos que queden exentas los miembros de familias monoparentales con hijos menores.
- Pedimos que aquellos docentes que participen en actividades extraescolares al final del curso queden exentos de ser Tribunal.
- Exigimos el pago por adelantado de los gastos que conlleva ser Tribunal y que el resto del complemento se pague con la mayor brevedad posible una vez acabada la Oposición.
Realización de las pruebas
- Pedimos que se aclare en la convocatoria el rango normativo de leyes que deben tener en cuenta los aspirantes para realizar la programación didáctica.
- Pedimos que se habilite papel autocopiativo a los aspirantes para que realicen las pruebas en el mismo. De esta manera el aspirante se puede llevar copia de lo realizado. Igualmente pedimos que se graben digitalmente la exposición de la Unidad Didáctica, para facilitar la revisión posterior de las mismas.
- Exigimos que se aclare qué se entiende por fuerza mayor para no excluir a alguien de la lista de interinos por no haber acudido al primer examen.
- Medidas especiales para las aspirantes embarazadas y para los y las aspirantes enfermas.
- Descanso entre pruebas. Es necesario definir su duración.
- Influencia de faltas de ortografía común a todas las especialidades.
- Posibilidad de doble llamamiento para la parte B de la Oposición, uno de mañana y otro de tarde, para evitar tiempos de espera de varias horas para los opositores.
Sedes
- Exigimos que las pruebas se realicen en lugares adecuados en cuanto a espacios y temperaturas, como puede ser la Universidad de CLM u otros locales públicos con las suficientes infraestructuras.
- Si se utilizan centros de Secundaria, dotarlos con medios personales y materiales suficientes para el desarrollo de todo el proceso. Especial importancia en especialidades en las que la prueba práctica necesite de medios audiovisuales.
- Habilitar mejoras de las aulas a utilizar para mejorar las condiciones de temperatura en las actuaciones tanto de los opositores como de los tribunales.
- Los protocolos de entrada a las sedes, utilizados en los dos últimos cursos, funcionaron muy bien. Esperamos que se repitan.
Criterios de calificación
- Exigimos que los criterios de calificación se publiquen con al menos dos meses de antelación a las mismas. Exigimos criterios de calificación para todas las pruebas.
Publicación de notas, baremo y de llamamientos
- Exigimos que, respetando la Ley de Protección de Datos, también se respete el derecho de consultar los listados generales de aprobados, presentados, notas, llamamientos de manera presencial y telemática.
- Pedimos que además de en los tablones de los centros de examen, se publiquen en los tablones de las Delegaciones Provinciales.
Reclamaciones
- Definición clara de procedimiento de reclamación, siempre por vía telemática, ampliando los plazos, sobre todo aquellos restringidos a dos días (mínimo deberían ser tres). Hay que definir inequívocamente el procedimiento. En la convocatoria pone ante el Tribunal, pero luego se acaba haciendo por registro en las Delegaciones y así es cómo se dice en Mesa que hay que hacerlo, aunque la convocatoria no lo ponga.
- También hay que clarificar las diferencias entre presentar una reclamación y un recurso.
Baremación
- Pedimos que se bareme la fase de Concurso a todos los participantes, ya que es necesario el baremo para luego reordenar las bolsas de trabajo.
- Pedimos que se especifique que si se debe de adjuntar a la solicitud las titulaciones de idiomas que luego puedan ser habilitantes para dar clase en el bilingüe.
- Pedimos que se explicite que no es necesario traducir con traductor jurado los certificados de idiomas con expresiones o indicaciones en idioma distinto al castellano.
Fase de prácticas
- Pedimos que se regule que personas que padecen enfermedad grave puedan cumplimentar las prácticas en un periodo más corto.
Sistema de interinos
- Denunciamos que se tenía que haber renegociado un nuevo sistema de ordenación de las bolsas. El actual está caducado desde el 31 de diciembre del 2021, se tiene un año para renegociarlo y a día de hoy eso está sin hacer. Esto es intolerable por la incertidumbre que está aportando al profesorado interino de Castilla-La Mancha.
- Se están tomando medidas fuera de norma, como por ejemplo regular en esta convocatoria la condición de entrada en bolsa ordinaria y de reserva sin haberse negociado un nuevo sistema para las bolsas de trabajo de Castilla-La Mancha.
02-Informe UGT Enseñanza Mesa Sectorial 26-10-2022 Puntos 2 y 3
DOCUMENTOS APORTADOS POR CONSEJERÍA
ESTABILIZACIÓN 2022-2024 – TODA LA INFORMACIÓN
#UGToposicionesEEMMclm2023
OPOSICIONES CLM 2023 – SECUNDARIA y FP
https://educacion.fespugtclm.es/ugtoposicioneseemmclm2023-publicada-convocatoria-plazo-del-12-al-31-de-enero-de-2023/https://educacion.fespugtclm.es/storage/UGToposicionesEEMMclm2023_2x1_600.jpghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/UGToposicionesEEMMclm2023_2x1_600-150x150.jpg#UGToposicionesEEMMclm2023EstabilizaciónOPOSICIONESÚLTIMAS NOTICIAS: E. PÚBLICA_novedades centros Resolución de 30/11/2022, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y en el Cuerpo de Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, por el turno de personas con discapacidad,...EnseñanzaEnseñanza ensenanza.toledo@fespugtclm.esAdministratorEnseñanza UGT Servicios Públicos CLM