UGT contras los bulos y la desinformación sobre las oposiciones docentes
Algunos sindicatos y organizaciones están difundiendo información parcial e interesada, continuando la línea de crear falsas expectativas y desinformar, intentando manipular al colectivo de interinos docentes. Desde UGT Enseñanza Castilla-La Mancha queremos aclarar cuestiones que creemos que lo único que hacen es dañar al colectivo, restar fuerza a sus reivindicaciones, dividir y perder credibilidad.
En este compendio de lo que entendemos bulos y desinformaciones transmitimos nuestro análisis de la situación.
Queremos que nuestra postura sindical sea clara, sin crear falsas expectativas, intentando informar y aclarar. El colectivo soporta una situación de inestabilidad que hay que mejorar urgentemente, pero es negativo y contraproducente que esta situación esté provocando actuaciones interesadas, por parte de algunos sindicatos y otro tipo de organizaciones.
Estas otras opciones sindicales siguen sin reconocer que de nada ha servido durante estos últimos años que se haya intentado entorpecer ofertas de empleo público y procesos transitorios de estabilización pasados; siguen alejadas de la realidad, intentando manipular y crear falsas expectativas tambien ahora, intentando justificar posturas inútiles del pasado, siguiendo las mismas líneas de los últimos años entorpeciendo los procesos de negociación en base a argumentos inasumibles por inseguridad jurídica.
Esperamos que este comunicado sirva para esclarecer la situación del colectivo interino docente de Castilla-La Mancha
- BULO Nº1 – VAN A CAMBIAR LOS TEMARIOS DE FORMA INMINENTE Y YA PARA LAS OPOSICIONES DE 2022
- BULO Nº2 – CORREN PELIGRO LAS OPOSICIONES DE MAESTROS DE 2022 SI NO SE CONVOCAN ANTES DE LA APROBACIÓN DE ESTA MODIFICACIÓN DEL RD276/2007
- BULO Nº3 – CON EL RD SOBRE TEMPORALIDAD DE JULIO DE 2021, CON LA NUEVA LEY SOBRE TEMPORALIDAD DE DICIEMBRE DE 2021, CON EL NUEVO RD DE ACCESO,… SE VA A PROPICIAR QUE MUCHOS INTERINOS E INTERINAS VAYAN A LA CALLE
- BULO Nº4 – LA MODIFICACIÓN DEL RD276/2007 EXCLUYE A NUEVOS ASPIRANTES DE LA POSIBILIDAD DE ACCEDER A LA FUNCIÓN PÚBLICA DOCENTE
- BULO Nº5 – LA MODIFICACIÓN DEL RD276/2007 AGREDE A LOS ASPIRANTES CON POCO TIEMPO DE SERVICIO Y SUPONE REGALAR LAS PLAZAS A INTERINOS LONGEVOS
- BULO Nº6 – ANTERIORES TRANSITORIOS NO HAN PERMITIDO ESTABILIZAR
- BULO Nº7 – ESTE NUEVO RD276/2007 SUPONE UNA DOBLE VÍA DE ACCESO. ALEGAR LA DOBLE VÍA DE ACCESO RESTRINGIDA EN NEGOCIACIÓN DE OPE´S Y OPOSICIONES.
- BULO Nº8 – UGT HA ESTADO EN CONTRA DEL ACCESO POR CONCURSO DE MÉRITOS.
- BULO Nº9 – LA NUEVA LEY SOBRE TEMPORALIDAD Y MODIFICACIÓN DE RD276/2007 HA SIDO RETRASADA POR CULPA DE UGT.
- BULO Nº10 – LO MEJOR PARA TODOS ES ADELANTAR LA CONVOCATORIA DE OPOSICIONES Y NO ESPERAR A LA PUESTA EN VIGOR DEL NUEVO RD DE ACCESO
- BULO Nº11 – LA LEY Y EL NUEVO RD DE ACCESO NO RESPETAN LA SENTENCIA EUROPEA
- …
- DESINFORMACIÓN Nº1 – ARGUMENTAR QUE LA NUEVA LEY SOBRE TEMPORALIDAD O ESTA MODIFICACIÓN DEL RD DE ACCESO NO TIENE EN CUENTA AL SECTOR EDUCATIVO Y LO PERJUDICA FRENTE A OTROS SECTORES
- DESINFORMACIÓN Nº2 – IR EN CONTRA DE TODO EL NUEVO REAL DECRETO ALEGANDO MODELOS ILEGALES E INCONSTITUCIONALES DE ACCESOS DIFERENCIADOS, FIJEZA DIRECTA, O DE GENERALIZAR EL ACCESO POR CONCURSO DEJANDO EN NADA EL ACCESO POR CONCURSO-OPOSICIÓN.
- DESINFORMACIÓN Nº3 – CONTINUAR CON LA VÍA DE PROPICIAR PEORES ACUERDOS PARA TENER ARGUMENTARIO SINDICAL SUFICIENTE.
- DESINFORMACIÓN Nº4 – DESACREDITAR ANTERIORES PROCESOS Y ACUERDOS: LUCHAR CONTRA LA TEMPORALIDAD YENDO EN CONTRA DE LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO Y LAS OPOSICIONES ALEGANDO MODELOS INCONSTITUCIONALES
- …
BULO Nº1 – VAN A CAMBIAR LOS TEMARIOS DE FORMA INMINENTE Y YA PARA LAS OPOSICIONES DE 2022
- Durante el mes de diciembre desde algunas asociaciones de profesorado se ha estado difundiendo la información falsa sobre el inminente cambio de temarios para las oposiciones de 2022 que iba a traer la modificación del RD 276/2007
- Avanzada su tramitación ya se puede contrastar la magnitud del bulo que solo busca acrecentar la inseguridad entre los opositores y buscar falsos argumentarios a favor de que las Comunidades Autónomas adelanten la convocatoria de oposiciones para no aplicar las mejoras que trae la modificación del RD276/2007: pruebas no eliminatorias, máximo peso legal para la experiencia y para la fase de concurso (méritos), simplificación de las pruebas, etc.
- La modificación de los temarios que rigen el acceso a la función pública docente es un tema ya puesto encima de la mesa en anteriores ocasiones pero que no se ha llegado a abordar definitivamente. Durante la negociación del anterior transitorio 2018-2021 el anterior Ministerio de Educación planteó este cambio, publicando incluso borradores de dichos temarios. El Ministerio tenía intención de un cambio de temarios inminente a lo que UGT se opuso exigiendo un periodo más amplio, dar un plazo de 4 años desde su aprobación hasta su puesta en vigor.
- En la negociación de este nuevo transitorio 2022-2024 no ha estado encima de la mesa en ningún momento y por parte de ninguna de las partes el cambio de temarios.
- El cambio de temarios se producirá en algún momento, algunos de ellos datan del siglo pasado y es necesario actualizarlo y adecuarlos. En cualquier caso, cuando se aborde este cambio desde UGT seguiremos apostando por un periodo lo suficientemente amplio de demora entre su aprobación y su puesta en vigor.
BULO Nº2 – CORREN PELIGRO LAS OPOSICIONES DE MAESTROS DE 2022 SI NO SE CONVOCAN ANTES DE LA APROBACIÓN DE ESTA MODIFICACIÓN DEL RD276/2007
- Durante el mes de diciembre desde algunas asociaciones de profesorado se ha estado difundiendo la información falsa sobre la posibilidad de que las oposiciones de maestros de 2022 se dejaran de convocar.
- Avanzada la tramitación del nuevo RD ya se puede contrastar la magnitud del bulo que solo busca acrecentar la inseguridad entre los opositores y buscar falsos argumentarios a favor de que las Comunidades Autónomas adelanten la convocatoria de oposiciones para no aplicar las mejoras que trae la modificación del RD276/2007: pruebas no eliminatorias, máximo peso legal para la experiencia y para la fase de concurso (méritos), simplificación de las pruebas, etc.
- Desde UGT Enseñanza CLM hemos apostado y defendido ante la Consejería que no adelantara dicha convocatoria, sin desinformar ni agudizar la inseguridad de los y las aspirantes y poniendo siempre como algo irrenunciable el que en 2022 se celebren las oposiciones de maestros en Castilla-La Mancha.
BULO Nº3 – CON EL RD SOBRE TEMPORALIDAD DE JULIO DE 2021, CON LA NUEVA LEY SOBRE TEMPORALIDAD DE DICIEMBRE DE 2021, CON EL NUEVO RD DE ACCESO,… SE VA A PROPICIAR QUE MUCHOS INTERINOS E INTERINAS VAYAN A LA CALLE
- Ya en los meses de verano otras opciones sindicales prendían la mecha con argumentos como este, aun a sabiendas de que no tenían ningún fundamento en el sector docente ni en ningún otro.
- Otras opciones sindicales solo presentes en el ámbito educativo utilizan el desconocimiento normal que los interinas e interinos docentes pueden tener sobre la situación de compañeros de otros sectores que, hasta la llegada de estos avances, podían pasar años y años ocupando la misma plaza, sin opción a estabilizarse por oposición y que podían ir al paro y sin indemnización cuando esa plaza fuera cubierta por un funcionario de carrera que llegara por procesos de movilidad o por concurso-oposición. Si una vez llegado el momento de opositar esta interina no superaba el proceso (exento de fase de concurso y en el que no podía hacer valer su experiencia), iba al paro, sin derecho a bolsa en algunos casos y sin derecho a indemnización.
- Ahora se ve que limitar la cobertura temporal de una plaza a 3 años, obligando a sacarla a oposición, dando opciones de acreditar su experiencia y dando indemnización por despido en caso de que todo eso no consiguiera estabilizar a la persona es algo positivo para estos casos. Sin contar con que, además y en paralelo, tendrá que haber un proceso excepcional de concurso de méritos
- En educación, interinos e interinas docentes ya disfrutaban de procesos selectivos recurrentes (de forma general cada 2 años), con procesos selectivos en la que poner en valor su experiencia docente a través de la fase de concurso, y ocupando plazas que en ningún caso se ocupan más de tres años de forma continuada por la misma persona.
- Tampoco en educación las plazas que se ofertan, procesan y ocupan por oposición son plazas concretas como en otros sectores, no son plazas en un centro educativo concreto, con lo que tampoco se produce la ocupación de la misma con connotaciones negativas para el interino o interina que las ocupaba anteriormente. Los interinos e interinas docentes pueden optar a nuevas plazas año tras años si la plaza que ocupara en cursos anteriores fuera ahora cubierta por un f. de carrera por procesos de movilidad internos.
- Limitar a 3 años la cobertura temporal de plazas estructurales lo que debiera provocar en el sector docente es una mayor oferta de plazas a través de concurso-oposición.
- Como demuestra la alta tasa de interinidad actual tras masivas ofertas de empleo público en los últimos años, no dependen de estos procesos de concurso-oposición o concurso de méritos que ninguna interina pueda ir a la calle. Que haya necesidades de cubrir puestos docentes dependen de la escolarización, el número de las lectivas y ratios que se definan, de la existencia o no de apoyos y refuerzos y otros programas adicionales, de que no se deriven a la educación concertada y se suprimen unidades en la educación pública, etc.
- Que haya procesos para la estabilización del empleado público temporal de larga duración lo que va a provocar es que haya más funcionarios de carrera, más bajas, excedencias, reducciones de jornada, jubilaciones, equipos directivos, comisiones de servicio, cambios de puesto por movilidad de concurso de traslados, cambio de puesto por movilidad por concursillo, cambios de puesto por servicios especiales en otras administraciones, etc. que deberán de ser cubiertas por personal interino.
- Además, si la interinidad se consigue bajar al 8% hay que tener en cuenta que ese 8% está referido a la temporalidad sobre plazas estructurales, seguirá habiendo trabajo para cubrir ese 8% de temporalidad de plazas estructurales y para cubrir todas las necesidades coyunturales que te hemos indicado algunas de ellas más arriba: bajas, excedencias, etc.
- Nos reiteramos en considerar como bulo lo que algunas organizaciones sindicales han difundido con anterioridad y mantienen sobre que los interinos docentes con 3 años de antigüedad iban a ir a la calle o que estos procesos de estabilización iban a suponer eso mismo.
BULO Nº4 – LA MODIFICACIÓN DEL RD276/2007 EXCLUYE A NUEVOS ASPIRANTES DE LA POSIBILIDAD DE ACCEDER A LA FUNCIÓN PÚBLICA DOCENTE
- Los procesos de concurso-oposición y el proceso único y excepcional de concurso de méritos cumplen los principios legales y constitucionales de asegurar la igualdad, el mérito y la capacidad en el acceso a la función pública junto con el derecho a la libre concurrencia: ambos procesos están abiertos a la participación de todos y todas.
- Algunas opciones sindicales apuestan y han apostado desde hace años por MODELOS ILEGALES E INCONSTITUCIONALES de accesos diferenciados, la doble vía, fijeza directa, o de generalizar el acceso por concurso lo que podría provocar que el acceso por concurso-oposición fuera residual.
- Las opciones sindicales que utilizan estos argumentos ilegales e inconstitucionales conocen perfectamente que por seguridad jurídica esas opciones no son posibles ni siquiera ahora que se ha abierto la posibilidad de concurso de méritos con la nueva Ley sobre temporalidad.
- Ni que decir tiene que estas opciones ilegales e inconstitucionales sí que limitarían notablemente la posibilidad de acceso para nuevos aspirantes y esta modificación del RD276/2007 no va en esa línea, asegura la igualdad, el mérito, la capacidad y la libre concurrencia y, por ello, no es una doble vía excluyente como algunos se están empeñando en decir.
BULO Nº5 – LA MODIFICACIÓN DEL RD276/2007 AGREDE A LOS ASPIRANTES CON POCO TIEMPO DE SERVICIO Y SUPONE REGALAR LAS PLAZAS A INTERINOS LONGEVOS
- Este periodo transitorio responde a la Ley contra la temporalidad en las Administraciones Públicas que es de obligado cumplimiento también en el sector educativo. Tanto esta ley como anteriores periodos transitorios y acuerdos para la reducción de la temporalidad han posibilitado y posibilitarán masivas ofertas de empleo público abiertas a la libre participación, abiertas a la participación de nuevos opositores y de aspirantes con poca antigüedad.
- No consiste en agredir a nadie ni en regalar nada a nadie, consiste en solucionar el problema que el personal temporal de larga duración lleva arrastrando desde el pasado, sufre en el presente y queremos evitar que se cronifique en el futuro. Este es un problema de todos y todas, también de los nuevos aspirantes o interinos e interinas con poco tiempo de servicio que forman o formarán igualmente parte de las bolsas de trabajo aún más masificadas de no abordarse periodos transitorios de este tipo con numerosas ofertas de empleo público.
- Esta modificación no agrede a los aspirantes con poco tiempo de servicio: todas estas medidas también piensan en los interinos e interinas con poco tiempo de servicio y nuevos/as opositores: la reducción de la temporalidad y las ofertas de empleo público masivas que también han estado y estarán abiertas para ellos y ellas mantienen los criterios de igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia que sí ponen en peligro los procesos restringidos que defienden otras opciones sindicales (doble vía de acceso, acceso restringido, etc.).
- Esta modificación no supone regalar nada a nadie: los compañeros y compañeras interinos e interinas docentes que llevan sufriendo esta situación por décadas también accedieron por primera vez, también han superado varios procesos selectivos sin obtener plaza por el bajo número de plazas convocadas, también se han formado, han completado sus méritos y han desarrollado todo eso a la par que su labor docente durante los últimos 10, 15, 20 años al menos.
BULO Nº6 – ANTERIORES TRANSITORIOS NO HAN PERMITIDO ESTABILIZAR
- El sindicato STE, que históricamente ha utilizado la desinformación como principal línea sindical, ahora viene a hacernos creer que el periodo 2018-2021 no ha conseguido estabilizar trabajadores temporales docentes.
- Solo habría que preguntar a las decenas de miles de nuevos funcionarios y funcionarias de carrera docentes que han accedido en el anterior periodo transitorio 18-21, con amplias ofertas de empleo público docente en todo el estado y que, solo en CLM, han supuesto más de 3200 plazas ofertadas en 3 años.
- Miles de anteriores interinos e interinas que ahora ya son funcionarios y funcionarias de carrera, ya que más del 85% de los que superaron dichos procesos eran interinos e interinas con tiempo de servicio.
- Este anterior transitorio de estabilización ha sido manifiestamente imperfecto e insuficiente pero SÍ HAN CONSEGUIDO en parte paliar la temporalidad, sobre todo frente al escenario defendido por estas otras opciones sindicales de IR EN CONTRA DE TODAS LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO y OPOSICIONES durante estos años.
- ¿En qué niveles de temporalidad estaríamos de haberse materializado las sistemáticas posturas en contra de las ofertas de empleo público y, por tanto, de las oposiciones docentes, del sindicato STE-CLM?
- STE suele optar por la opción sindical de dinamitar cualquier negociación actual y pasada, de transitorios, oposiciones, ofertas de empleo público, en el ámbito docente contraponiendo modelos ILEGALES e INCONSTITUCIONALES en cada momento como puede ser la doble vía de acceso, el acceso diferenciado, la fijeza, “los que están se quedan”, etc.
- ¿En qué han quedado las falsas expectativas utilizadas por STE para dinamitar todos esos procesos pasados? ¿Dónde han quedado la fijeza directa o por sentencia? ¿Dónde ha quedado el eslogan “los que están se quedan”?
- Después de muchos años de oponerse a las OPE´s y a las oposiciones, después de años de animar a bloquear, impugnar, llevar a contencioso… ¿Cuántas OPE´s u oposiciones docentes han sido tumbadas a priori o desacreditadas a posteriori por alguna sentencia en todos estos años?
BULO Nº7 – ESTE NUEVO RD276/2007 SUPONE UNA DOBLE VÍA DE ACCESO. ALEGAR LA DOBLE VÍA DE ACCESO RESTRINGIDA EN NEGOCIACIÓN DE OPE´S Y OPOSICIONES.
- El sindicato STE-CLM, que históricamente ha utilizado la desinformación como principal línea sindical, ahora viene a hacernos creer que el periodo la modificación del RD276/2007 trae el modelo ilegal e inconstitucional de la doble vía de acceso.
- Es falso que el periodo transitorio 22-24 en fase de tramitación (modificación del RD276) sea un acceso diferenciado, el acceso diferenciado o la doble vía SIGUEN SIENDO ILEGALES e INCONSTITUCIONALES de igual manera que lo han sido durante los últimos años.
- El periodo transitorio consistirá en concursos-oposición de 2022 a 2024 de acceso libre para cualquier aspirante y en proceso único y excepcional de concurso de méritos que igualmente respetará el criterio de libre concurrencia. Los procesos de concurso-oposición y el proceso único y excepcional de concurso de méritos sí que cumplen los principios legales y constitucionales de asegurar la igualdad, el mérito y la capacidad en el acceso a la función pública junto con el derecho a la libre concurrencia: ambos procesos están abiertos a la participación de todos y todas.
- STE y otras opciones sindicales suelen optar por la opción sindical de dinamitar cualquier negociación actual y pasada, de transitorios, oposiciones, ofertas de empleo público, en el ámbito docente contraponiendo modelos ILEGALES e INCONSTITUCIONALES en cada momento como puede ser la doble vía de acceso, el acceso diferenciado restringido, la fijeza, “los que están se quedan”, etc.
- Las opciones sindicales que utilizan estos argumentos ilegales e inconstitucionales conocen perfectamente que por seguridad jurídica esas opciones no son posibles ni siquiera ahora que se ha abierto la posibilidad de concurso de méritos con la nueva Ley sobre temporalidad.
- Es falso ahora, y lo ha sido desde 2017, que la doble vía de acceso fuera posible. En ese sentido ya lo indicábamos hace más de 4 años, aparte de que el ordenamiento jurídico lo impida, podría dar lugar a situaciones indeseables: si en una convocatoria se ofertaran, por ejemplo, 30 plazas solo para interinos y 10 solo para “nuevos” y hubiera 150 aspirantes interinos, ¿el acceso diferenciado beneficiaría al colectivo interino? ¿a cuántos y a quienes? ¿y si una administración establece ofertar 20 plazas para interinos y 20 para “nuevos”? En las oposiciones de los últimos años en CLM, más del 85% de los que han obtenido plaza en todos los cuerpos y especialidades son interinos.
BULO Nº8 – UGT HA ESTADO EN CONTRA DEL ACCESO POR CONCURSO DE MÉRITOS.
- El sindicato STE-CLM, que históricamente ha utilizado la desinformación como principal línea sindical, ahora viene a hacernos creer que UGT ha estado en contra de la posibilidad del acceso por concurso de méritos.
- UGT lo que ha hecho desde siempre, y durante estos últimos años especialmente, es no desinformar y no crear falsas expectativas. Ha sido mucho tiempo perdido, mucha desconcentración para los opositores el contemplar las campañas sobre este tema, el ver como se utilizaba este argumento aún a sabiendas de que no era una posibilidad real durante negociaciones de procesos selectivos anteriores.
- De ninguna manera UGT Enseñanza CLM se ha opuesto a ofertar plazas sólo por concurso, pero vender que eso fuera posible para las ofertas de empleo público del 2018 al 2021 ha sido engañar al colectivo interino docente y vender falsas expectativas.
- Que el acceso por concurso sea posible se ha dado ahora, en 2022, con suficiente consenso político en el Congreso de los Diputados. Con anterioridad a 2018 UGT consultó a los partidos políticos, que en aquel momento conformaban las mayorías parlamentarias, sobre su disposición a apoyarnos en esta reivindicación y todos expresaron que no apoyarían ofertar accesos a la función pública docente solo por Concurso
BULO Nº9 – LA NUEVA LEY SOBRE TEMPORALIDAD Y MODIFICACIÓN DE RD276/2007 HA SIDO RETRASADA POR CULPA DE UGT.
- El sindicato STE-CLM, que históricamente ha utilizado la desinformación como principal línea sindical, ahora viene a hacernos creer que UGT ha propiciado que tanto la nueva Ley sobre temporalidad pública como la modificación del RD276/2007 se haya retrasado desde este verano y que no se está teniendo al sector educativo en su desarrollo
- UGT lo que sí que ha hecho es propiciar estas mejoras iniciando en junio de 2021 este camino en las negociaciones con el Ministerio de Administraciones Públicas.
- Ha sido la voluntad política de canalizar estas reformas a través de iniciativas legislativas posteriores lo que está demorando su aplicación.
- Esta nueva Ley sí que ha contemplado al sector docente y sí que supondrá un periodo transitorio de concursos-oposición y un proceso excepcional de concurso de méritos para las y los docentes.
BULO Nº10 – LO MEJOR PARA TODOS ES ADELANTAR LA CONVOCATORIA DE OPOSICIONES Y NO ESPERAR A LA PUESTA EN VIGOR DEL NUEVO RD DE ACCESO
- Durante reunión celebrada el pasado lunes 13 de diciembre entre Consejería de Educación y todos los sindicatos educativos de Castilla-La Mancha la Consejería manifestó su preferencia por adelantar la convocatoria de oposiciones para evitar las pruebas no eliminatorias y demás mejoras que recogerá la modificación del RD276/2007, actualmente en tramitación.
- Los sindicatos mayoritarios ANPE y STE apoyaron a la Consejería en adelantar las oposiciones para que los maestros y maestras aspirantes no puedan beneficiarse de estas mejoras que están en fase de tramitación.
- El Ministerio de Educación ha instado a las Comunidades Autónomas en repetidas ocasiones desde el pasado mes de diciembre a que esperen y apliquen la modificación legislativa en trámite, convocando en 2022 acorde a dicha modificación.
- A fecha de hoy (10/01/2022) la Consejería no ha vuelto a informar sobre este tema
- SI SE ADELANTA LA CONVOCATORIA DE OPOSICIÓN
- La fase de oposición seguirá constando de de 4 partes: 2 pruebas eliminatorias entre sí, cada una de ellas divida en 2 partes (tema-práctico + programación-UD)
- Se tendrían en cuenta solo 5 años y 5 puntos por experiencia docente máxima (suponiendo solo un 50% del total de baremo de la fase de concurso)
- El peso de los méritos solo sería de un 33% (Oposición 66% – Concurso 33%)
- Solo se podrá elegir entre 2 temas (cuerpo de maestros)
- SI SE CONVOCA EN 2022 ESPERANDO A QUE ENTRE EN VIGOR LA MODIFICACIÓN DEL RD276/2007:
- La fase de oposición tendrá solo 2 pruebas y estas no serán eliminatorias, lo que supondrá que todos y todas las opositoras puedan realizar ambas las pruebas. La fase de oposición sigue siendo eliminatoria en sí misma: solo se pasará a valorar méritos si se supera la fase de oposición completa.
- Simplificación de las pruebas: de forma general, no habrá prueba práctica ni programación (prueba práctica solo en especialidades concretas), solo tema y unidad didáctica y no serán eliminatorias entre sí, todos los aspirantes podrán hacerlas y obtener una calificación final de la fase de oposición en base a su participación en todas las pruebas.
- Se tendrá mayor optatividad en la elección del tema (a desarrollar uno entre 3, cuerpo de maestros)
- Se tendrá mayor peso de la experiencia docente en la fase de concurso (máximo 7 puntos y 10 años) suponiendo un 70% del total de baremo.
- La fase de concurso (méritos) tendrá más peso en el conjunto del concurso-oposición (40% méritos + 60% oposición)
- Desde UGT seguimos posicionados en que se celebren oposiciones de maestros en 2022 en Castilla-La Mancha retrasando la convocatoria hasta que se defina, apruebe y ponga en vigor la nueva normativa estatal transitoria de acceso a la función pública docente para que los maestros y maestras de Castilla-La Mancha puedan beneficiarse de estas condiciones que buscan combatir el exceso de temporalidad en el empleo público docente.
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BULO 11 – LA LEY Y EL NUEVO RD DE ACCESO NO RESPETAN LA SENTENCIA EUROPEA
- Está también bastante extendido el bulo de que la directiva y sentencia Europea obliga a España a declarar la fijeza del personal interino como sanción al abuso de temporalidad.
- Tal y como se establece en el preámbulo de la Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, “el TJUE comparte la postura, defendida por España, de que no cabe en nuestra Administración la transformación automática de una relación de servicio temporal en una relación de servicio permanente. Esta opción está excluida categóricamente en el Derecho español, ya que el acceso a la condición de funcionario de carrera o de personal laboral fijo sólo es posible a raíz de la superación de un proceso selectivo que garantice los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
- En síntesis, la doctrina que ha fijado el TJUE en esta materia dispone que las autoridades españolas tienen que instaurar medidas efectivas que disuadan y, en su caso, sancionen de forma clara el abuso de la temporalidad; y que las diferencias en el régimen jurídico del personal temporal y del fijo deben basarse únicamente en razones objetivas que puedan demostrar la necesidad de estas diferencias para lograr su fin.
DESINFORMACIÓN Nº 1 – ARGUMENTAR QUE LA NUEVA LEY SOBRE TEMPORALIDAD O ESTA MODIFICACIÓN DEL RD DE ACCESO NO TIENE EN CUENTA AL SECTOR EDUCATIVO Y LO PERJUDICA FRENTE A OTROS SECTORES
- Este nuevo RD demuestra que el sector docente también puede beneficiarse de mejoras en os procesos habituales de acceso (concurso-oposición) y en la vía del acceso excepcional y único por concurso de méritos.
- Otras opciones sindicales llevan meses estableciendo la idea de que poca o ninguna influencia pudiera tener en educación y que, de tenerla, sería negativa.
- Otras opciones sindicales utilizan argumentos que, precisamente, ponen de manifiesto sus graves contradicciones. Utilizan el eslogan que llevan usando durante años de “los que están se quedan”, “fijeza para todos”, “estabilizar personas y no plazas” cuando obvian que AFORTUNADAMENTE PARA EDUCACIÓN, EL FOCO NO SE HA PUESTO EN LA TEMPORALIDAD PERSONAL y sí en la temporalidad de las plazas ocupadas.
- De haberse llevado a cabo esta propuesta contra la temporalidad docente enfocando en las personas, EL RESULTADO EN EL SECTOR DOCENTE HUBIERA SIDO PRÁCTICAMENTE NULO, ya que en el sector educativo no se producen contratos continuados por 3 o 5 años ocupando plazas estructurales de forma continuada e ininterrumpida.
- Eso demuestra que esta nueva Ley y el desarrollo de esta modificación del RD276/2007 sí tiene en cuenta al sector docente ya que, centrando el foco sobre “las plazas estructurales ocupadas continuadamente…” y no sobre “las personas que han ocupado plazas estructurales continuadamente…”, sí que ambos procesos de estabilización podrán tener influencia sobre interinos e interinas docentes que no necesariamente hayan estado de forma continuada cubriendo la misma necesidad estructural por X años
- El desarrollo de esta Ley y de la modificación del RD de acceso se ha hecho centrando el foco en la TEMPORALIDAD DE LAS PLAZAS para no perjudicar así a LAS PERSONAS, perjuicio que se hubiera extendido a todos los sectores y que en el docente hubiera sido total y absoluto.
DESINFORMACIÓN Nº2 – IR EN CONTRA DE TODO EL NUEVO REAL DECRETO ALEGANDO MODELOS ILEGALES E INCONSTITUCIONALES DE ACCESOS DIFERENCIADOS, FIJEZA DIRECTA, O DE GENERALIZAR EL ACCESO POR CONCURSO DEJANDO EN NADA EL ACCESO POR CONCURSO-OPOSICIÓN.
- La igualdad, el mérito y la capacidad junto con el derecho a la concurrencia hacen ILEGALES e INCONSTITUCIONALES estos modelos.
- Las opciones sindicales que utilizan estos argumentos ilegales e inconstitucionales para dinamitar e ir en contra del global de esta mejora lo hacen irresponsablemente y obviando que esa postura DEBILITA LA UNIDAD SINDICAL para MEJORAR ALGUNOS ASPECTOS que sí han debido cambiarse.
- Las opciones sindicales que utilizan estos argumentos ilegales e inconstitucionales derivarán en un nuevo RD con estos aspectos sin mejorar, o en seguir con el actual RD QUE NO TIENE NINGÚN ASPECTO POSITIVO para estabilizar el empleo de larga duración en educación.
- Las opciones sindicales que utilizan estos argumentos ilegales e inconstitucionales conocen perfectamente que, por seguridad jurídica, esas opciones no son posibles ni siquiera ahora que se ha abierto la posibilidad de concurso de méritos con la nueva Ley sobre temporalidad.
- Las opciones sindicales que utilizan estos argumentos ilegales e inconstitucionales conocen perfectamente que por ello no se puede pedir que se valore únicamente la experiencia, o llevar su peso a niveles mucho más altos, que no se puede pedir que ninguno de los procesos se limite o se haga de forma diferenciada ya que atenta con el derecho a la libre concurrencia.
- Las opciones sindicales que utilizan estos argumentos ilegales e inconstitucionales no trabajan en mejorar esta modificación del RD276/2007 y buscan escenarios similares y ya conocidos en anteriores procesos de estabilización y transitorios: torpedear la negociación, de esa manera propiciar que se apruebe con mejores o peores condiciones para mantener unos años el argumentario de que se opusieron a todo, obviando que oponiéndose a todo se propicia que los acuerdos sean peores. La administración tiene voluntad y está obligada a legislar a este respecto, está obligada por mandato de la reciente Ley sobre temporalidad en la administraciones públicas.
DESINFORMACIÓN Nº3 – CONTINUAR CON LA VÍA DE PROPICIAR PEORES ACUERDOS PARA TENER ARGUMENTARIO SINDICAL SUFICIENTE
- La opción sindical de dinamitar cualquier negociación pasada, presente o futura de transitorios, oposiciones, ofertas de empleo público, en el ámbito docente contraposición modelos ILEGALES e INCONSTITUCIONALES en cada momento.
- Estas estrategias sindicales afortunadamente no han conseguido parar las oposiciones y la estabilización de decenas de miles de interinas e interinos que ahora ya no lo son, que ahora son funcionarios de carrera. Interinos e interinas docentes que en su mayoría (por encima de un 80%) lo eran con tiempo de servicio, lejos de manipulaciones que apuntan a que la mayoría de aspirantes que superan las pruebas son de nuevo acceso.
- A pesar de lo imperfecto de lo acordado hasta ahora, en recientes y menos recientes transitorios y procesos de estabilización, sí se ha conseguido rebajar la temporalidad, sí se han conseguido ofertas de empleo público masivas con tasas de reposición más altas y tasas de estabilización, y el escenario de haber negado todo eso nos tendría ahora con tasas de temporalidad todavía más graves.
- Torpedear la negociación, de esa manera propiciar que se apruebe con mejores o peores condiciones para mantener unos años el argumentario de que se opusieron a todo, obviando de que oponiéndose a todo se propicia que los acuerdos sean peores: una administración con voluntad de legislar, legislará.
DESINFORMACIÓN Nº4 – DESACREDITAR ANTERIORES PROCESOS Y ACUERDOS: LUCHAR CONTRA LA TEMPORALIDAD YENDO EN CONTRA DE LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO Y LAS OPOSICIONES ALEGANDO MODELOS INCONSTITUCIONALES
- La opción sindical de dinamitar cualquier negociación pasada, de transitorios, oposiciones, ofertas de empleo público, en el ámbito docente contraposición modelos ILEGALES e INCONSTITUCIONALES en cada momento.
- Modelos transitorios y de estabilización manifiestamente imperfectos pero que SÍ HAN CONSEGUIDO en parte paliar la temporalidad, sobre todo frente al escenario defendido por estas otras opciones sindicales de IR EN CONTRA DE TODAS LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO y OPOSICIONES durante estos años.
- Obviar el pequeño detalle de que, cuando la administración pretende realizar cambios legislativos HAY QUE TRABAJAR PARA MEJORARLOS AL MÁXIMO y no dinamitarlos con falsas expectativas que consiguen precisamente procesos más imperfectos.
- ¿En qué niveles de temporalidad estaríamos de haberse materializado las sistemáticas posturas en contra de las OPE´s de estas otras opciones sindicales?
- ¿En qué han quedado las falsas expectativas utilizadas para dinamitar todos esos procesos pasados? ¿Dónde han quedado la fijeza directa o por sentencia?
- ¿Dónde ha quedado el eslogan “los que están se quedan”?
- Después de animar a bloquear, impugnar, llevar a contencioso… ¿Cuántas OPE´s u oposiciones docentes han sido tumbadas a priori o desacreditadas a posteriori por alguna sentencia en todos estos años?
CONTRA LOS BULOS – INTERINIDAD, TEMPORALIDAD, ETC.
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MESA SECTORIAL 24/07/2020 – INSTRUCCIONES INICIO DE CURSO 20/21 – FESP UGT Enseñanza denuncia que la Consejería de Educación impondrá una excesiva carga de trabajo a los docentes a partir del 1 de septiembre.
24/07/2020
NOTA DE PRENSA: FESP UGT Enseñanza CLM considera que son necesarias más medidas y más inversión en educación para el próximo curso escolar
24/07/2020
Conferencia Sectorial MEFP-CCAA: FESP UGT Enseñanza CLM considera insuficientes las medidas acordadas entre el Ministerio y las Comunidades para el inicio del curso 20/21
12/06/2020
NOTA DE PRENSA: FESP UGT Enseñanza CLM exige a la Consejería de Educación medidas de refuerzo para la vuelta a las aulas
08/06/2020
Las CCAA deben negociar con los sindicatos docentes el destino de los 2.000 millones comprometidos por el Gobierno
08/06/2020
Batería de reivindicaciones de UGT a la Consejería de Educación
05/06/2020
Nota de prensa: FESP UGT Enseñanza CLM considera que parte de la enseñanza presencial es insustituible y señala el riesgo de aumentar la brecha digital
03/06/2020
Propuestas educativas presentadas por FeSP UGT Enseñanza al MEFP para abordar el inicio de curso 2020/2021
02/06/2020
El teletrabajo en la encrucijada. Análisis y Propuestas – Servicio de Estudios de la Confederación de UGT
27/05/2020
Informe del Comité de Seguridad y Salud Laboral de Educación: FESP UGT Enseñanza CLM en contra de la reapertura de los Institutos para tutorías presenciales en este curso sin un procedimiento seguro
21/05/2020
Informe del Comité de Seguridad y Salud Laboral de Educación: FESP UGT Enseñanza CLM en contra del planteamiento de reapertura de centros educativos para tareas administrativas
15/05/2020
Intolerable Instrucción de la Delegación de Educación de Albacete a la Dirección de los centros. FESP-UGT Enseñanza CLM exige a la Delegación de Educación de Albacete que retire la Instrucción que obliga a la Dirección de los centros a adquirir material de protección sanitario.
08/05/2020
¿Hay docentes de baja en tu centro sin sustituir? Campaña de consulta a todos los docentes. FeSP-UGT Enseñanza CLM exige a la consejería que se sustituyan a todos los docentes de baja por enfermedad.
07/05/2020
Nota de prensa: UGT Enseñanza CLM considera que el sistema educativo regional no está preparado para abrir los centros antes de septiembre
04/05/2020
FeSP-UGT exige que Ministerio y comunidades empiecen también a acordar medidas para el próximo curso escolar
15/04/2020
Consejo Escolar del Estado – Propuestas formuladas al Ministerio de Educación. Valoración de FeSP UGT Enseñanza CLM.
08/04/2020
Gracias a todas, gracias a todos.
25/03/2020
Valoración de UGT Enseñanza CLM de la información transmitida por el Ministerio de Educación respecto al fin de curso y a la reapertura de los centros
16/04/2020
UGT Enseñanza exige a la Consejería de Educación que ningún trabajador tenga que ir a los centros educativos mientras estén suspendidas las actividades lectivas.
14/03/2020
UGT Enseñanza exige a la Consejería de Educación medidas complementarias al cierre de los centros educativos
12/03/2020