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INFORME DEL SECTOR DE ENSEÑANZA DE LA UGT SERVICIOS PÚBLICOS DE CLM
MESA SECTORIAL EXTRAORDINARIA DE PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO
29 DE MARZO DE 2022
Don José Manuel Almeida Gordillo: director general de recursos humanos y planificación educativa.
Doña María Ángeles Marchante Calcerrada, directora general de inclusión educativa y programas.
Don Carlos Amieba Escribano: jefe del servicio de relaciones sindicales.
Doña Dolores Domínguez Guerra, jefa del servicio de Inclusión Educativa
Don Jacinto Torres Cuesta, jefe del servicio académico de FP.
Don Juan Antonio Nevado, jefe del servicio de personal docente.
Doña María Dolores Sánchez López, asesora técnica docente del servicio de personal docente.
Don Juan Carlos Gualda Pliego, asesor técnico docente del servicio de personal docente.
1°. BORRADOR DEL DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA ORGANIZACIÓN DE LA ORIENTACIÓN ACADÉMICA, EDUCATIVA Y PROFESIONAL EN CASTILLA-LA MANCHA.
Doña María Ángeles Marchante Calcerrada, directora general de inclusión educativa y programas, presenta el borrador de Decreto. El borrador del documento se puede consultar en nuestra web https://educacion.fespugtclm.es Comenta lo siguiente:
- Es un cambio de modelo de orientación que nos lleva a más inclusión.
- Se trata de considerar a la Orientación como derecho.
- Se pasa a diez ámbitos de actuación frente a los tradicionales de tutoría, atención directa al alumnado y orientación.
- Ahora se busca una red de asesoramiento, orientación e inclusión.
- Se pasa de una orientación centrada en etapas, jerarquizada, a una orientación basada en la colaboración, basada en los ámbitos de orientación.
- El borrador de Decreto se divide en cuatro bloques.
- En la Disposición segunda se dice que el Decreto no tendrá aportación económica porque el Decreto como tal no regula aspectos que regulan memoria económica, pero que las Órdenes que vengan después, año a año, si que pueden traer inversión económica.
- Se va a abrir un plazo para poder participar en el borrador de este Decreto.
UGT Enseñanza Servicios Públicos CLM aporta las siguientes consideraciones a la presentación del borrador:
- Sobre el Plan de Convivencia, se lee “El plan de convivencia recogerá todas las actividades que se programan con el fin de fomentar un buen clima escolar, incluyendo la mediación, la prevención y resolución dialógica de conflictos y las medidas correctoras entre los diferentes miembros de la comunidad educativa, así como la concreción de los derechos y deberes del alumnado y las vías de participación de los diferentes agentes que conforman la comunidad educativa.” Creemos que debería ajustarse y coordinarse lo que debe de contener el plan con lo que dice la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia.
- En el Artículo 31. Organización educativa dice que todos los centros educativos elaborarán un plan de convivencia, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, entre cuyas actividades se incluirá la adquisición de habilidades, sensibilización y formación de la comunidad educativa, promoción del buen trato y resolución pacífica de conflictos por el personal del centro, el alumnado y la comunidad educativa sobre la resolución pacífica de conflictos. Asimismo, dicho plan recogerá los códigos de conducta consensuados entre el profesorado que ejerce funciones de tutor/a, los equipos docentes y el alumnado ante situaciones de acoso escolar o ante cualquier otra situación que afecte a la convivencia en el centro educativo, con independencia de si estas se producen en el propio centro educativo o si se producen, o continúan, a través de las tecnologías de la información y de la comunicación.
- Opinamos que esto tiene mucho que ver con las Órdenes de Organización y funcionamiento de los centros, por ello es urgente revisarlas y dar mayor descarga de periodos lectivos a los docentes para realizar estas tareas.
- Por otro lado, no tenemos del todo claro poner como nivel superior de asesoramiento a los SAAE (Servicio de asesoramiento y apoyo especializado de los Centros de Educación Especial) porque aunque están especializados en discapacidades, autismo, modalidades de escolarización, hay aspectos como la Orientación académica y profesional que no contemplan y que también requieren de ese nivel superior de asesoramiento.
En versiones anteriores del borrador del Decreto se planteaba hacer Centros de Asesoramiento provinciales, regionales o por zonas, un estilo a lo que fueron los CTROADI (Centro Territorial de Recursos para la Orientación, la Atención a la Diversidad y la Interculturalidad), al menos 3-4 centros en la región con personas especializadas en diferentes perfiles. Esta podría ser una mejor solución.
- En cuanto a la acción tutorial, se leen los siguientes ámbitos de intervención:
- b) Apoyo al proceso de enseñanza y aprendizaje desde un enfoque inclusivo.
- c) Prevención del absentismo, fracaso y abandono educativo temprano.
- d) Mejora de la Convivencia a través de la participación activa de la comunidad educativa.
- e) Coeducación y respeto a la diversidad afectivo- sexual.
- f) Orientación en la toma de decisiones para el desarrollo académico, educativo y profesional.
- g) Transición entre etapas y procesos de acogida a los diferentes integrantes de la Comunidad Educativa.
- h) Relaciones con el entorno y coordinación con otras estructuras, servicios, entidades e instituciones.
- i) Procesos de innovación, desarrollo tecnológico e investigación.
- j) Apoyo y asesoramiento al equipo directivo, órganos de gobierno y coordinación docente. De estos ámbitos de intervención, sólo el ámbito b) está relacionado con el asesoramiento que pueden dar los SAAE de los centros de Educación Especial.
- Denunciamos la excesiva burocratización que traerá este Decreto a los centros y en especial a los Orientadores.
- Reivindicamos que los Orientadores de los CEIP tengan el mismo complemento que tienen los de los IES.
- Reivindicamos más profesionales de los siguientes perfiles en todos los centros educativos:
- Al menos dos Orientadores en los centros educativos con dos alumnos.
- Orientadores en los centros de régimen especial. Hay que potenciar mucho más el tema de la orientación académica profesional.
- Más Profesores Técnicos de Servicios a la Comunidad (PTSC) y con mejor definición de sus funciones en los centros. Apoyamos el escrito que la asociación de PTSC en CLM han presentado a la Consejería.
- Maestros de pedagogía terapéutica, extensión de los mismos en las plantillas orgánicas de los centros.
- Maestros de audición y lenguaje, extensión de los mismos en las plantillas orgánicas de los centros.
- Enfermeros/as
- Educadores sociales.
- La acción tutorial debe de tener reducción de lectivas en todos los niveles educativos y debería de tener un complemento económico.
- Denunciamos la situación de los profesionales vinculados a la atención a la diversidad en cuanto a las itinerancias. Es urgente cambiar esta injusta situación.
- Por último y más importante para nosotros, bajada de ratios y de lectivas para el profesorado de Castilla-La Mancha, por cómo entendemos nosotros a la atención a la diversidad, totalmente integradora y para que realmente se avance y se consiga mejorar la atención a la diversidad el docente tiene que ser el verdadero protagonista de la atención a la diversidad y ello sólo es posible dotándole de medios adecuados y dentro de ellos, consideramos que los más importantes son: menos alumnos por aula y menos carga lectiva para cada docente, para que de esta manera pueda atender de la manera individualizada que actualmente exige el sistema educativo y la sociedad.
- Exigimos medidas concretas que faciliten el trabajo de los docentes de Castilla-La Mancha. El Decreto no conllevará mejoras si no se invierte más en recursos humanos.
2°. BORRADOR DE LAS INTRUCCIONES DE 30/03/2022 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA RRHH Y PLANIFICACIÓN EDUCATIVA DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, SOBRE COMISIONES DE SERVICIO PARA EL CURSO 2022/2023.
Don José Manuel Almeida Gordillo, director general de RRHH, presenta el borrador de Instrucción, el cual se puede consultar en nuestra web https://educacion.fespugtclm.es. Comenta lo siguiente:
- Sólo se tendrá en cuenta una solicitud de Comisión de Servicios por persona y concepto. Para presentar otra solicitud por la misma persona y concepto. La última solicitud no anulará automáticamente a la anterior, como hasta ahora se venía haciendo, sino que primero habrá que anular la ya registrada, para a posteriori registrar otra.
- Los tipos de comisiones de servicio son similares a las de los últimos cursos.
- La intención es ir suprimiendo aquellas Comisiones de Servicio en las situaciones que los Concursos de Traslados/Concursillo puedan dar la movilidad necesaria.
- Se trasladaron a Concurso de Traslados las plazas de Comunidades de Aprendizaje. De oficio esas plazas no se dan en Concurso de Traslados, pero si se accede a ellas si se piden explícitamente en el Concurso. Se han quedado fuera de esta medida, de cubrir estas plazas por CGT, dos Comunidades de Aprendizaje de la localidad de Hellín.
- También se han trasladado a Concurso de Traslados las aulas de Educación Especial. Sólo se van a poder renovar las Comisiones de Servicio que se dieron el año pasado, pero no se concederán nuevas. Las plazas que se otorguen por Concurso de Traslados desplazarán a las personas que estaban en Comisión de Servicios.
- En FP se pueden pedir por Implantación/Consolidación de ciclos durante cuatro años. Se hace por curso. Para cada curso (1º y/o 2º), se tienen cuatro años desde el año en que se comienza dicho curso para solicitar comisiones de servicio. Los cursos de especialización, si suponen una ampliación completa de cupo en un centro, también generan derecho a poder solicitar comisión de servicio en ese centro.
- Las Comisiones de FP Dual desaparecerán a futuro ya que con la nueva Ley de FP todos los estudios de FP tendrán FP Dual y absorberá a la actual FCT. Parece ser que serán 500 horas fijas (actualmente la FCT son 400) de FP Dual. Todo apunta a que no habrá comisiones de servicio para este concepto a nivel general, pero se podrán seguir teniendo para proyectos de Dual que vayan más allá de lo que se regule de manera básica. De todos modos hay que esperar a saber cual es el desarrollo normativo que se tiene a nivel curricular de la nueva Ley de FP.
- No están de acuerdo en abrir la posibilidad de abrir las comisiones de servicio de conciliación de la vida familiar y laboral al personal de otras Comunidades Autónomas, al igual que no están de acuerdo en abrir la posibilidad que un funcionario de otra Comunidad pueda optar al Concursillo.
- Se gestionan unas 3.000 solicitudes y se conceden cerca de 2.000 comisiones de servicio en los últimos cursos.
Se van a ofertar las siguientes comisiones de servicio:
- Puestos específicos
- Centros de nueva creación (Cód. 1702)
- Cargos electos en Corporaciones Locales (Cód. 0205)
- CRIEC (Cód. 1403)
- Centros certificados y en proceso de certificación pertenecientes a la red Educal- CLM (Cód. 2510)
- Ciclos Formativos y Cursos de Especialización (Cód 2115)
- Participación en proyectos de Formación Profesional Dual (Cód. 2511)
- Residencias Escolares (Cód 2002)
- Convenio MECD- British y Programa Bachibac (Cód. 2515 -2516)
- Programa de formación específico en virtud de convenio entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Cód. 2517)
- Equipos de Atención Educativa y Aulas abiertas especializadas para alumnado con Trastorno del Espectro Autista (Cód. 2512)
- Programas Específicos de Formación Profesional (Cód. 2519)
- Centros y Unidades de Educación Especial. (Cód. 2112)
Se regirá por su convocatoria específica la provisión mediante comisiones de servicio de los puestos correspondientes a:
Equipos de Atención Educativa en Centros de Reforma de Menores.
Equipos de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria.
Centros reconocidos como Comunidades de Aprendizaje.
Equipos de Atención Educativa para alumnado con discapacidad visual.
La forma de presentación de estas solicitudes de convocatorias específicas quedará detallada en la convocatoria que se publique al efecto.
- Discapacidad o enfermedad grave (Cód. 2518)
III. De carácter humanitario
- Por enfermedad del propio funcionario o funcionaria (Cód. 0102)
- Por enfermedad de un familiar (primer grado de consanguinidad) (Cód. 0105)
- Por conciliación de la vida familiar y laboral
- Para atender solicitudes basadas en supuestos de violencia de género (Cód. 0101)
- Para facilitar el cumplimiento de medidas judiciales establecidas en relación con el ejercicio de la patria potestad, guardia y custodia y el régimen de visitas en los supuestos de separación y divorcio (Cód. 0141)
- Para atender situaciones de embarazo de riesgo, así como para facilitar la realización de tratamientos médicos relacionados con la maternidad (Cód. 0142).
- Para el cuidado de familiares discapacitados (Cód. 0143).
- Por cuidado de hijos e hijas menores de 6 años, cuando ambos cónyuges trabajen
- fuera de la localidad de residencia familiar (75 km o más, entre lugar de trabajo y de residencia familiar) (Cód. 0144).
- Por cuidado de hijos e hijas menores de 6 años, cuando al menos uno de los cónyuges trabaje fuera de la localidad de residencia familiar (200 km o más, entre lugar de trabajo y de residencia familiar) (Cód. 0148).
- Para el cuidado de los ascendientes en primer grado por razón de edad (Cód. 0145).
- Por enfermedad de familiares (Cód. 0146).
- Por cuidado de hijos e hijas que requieran una especial atención (Cód. 0147).
- El plazo general de presentación de las solicitudes será desde el 31 de marzo hasta el 13 de abril de 2022, ambos incluidos. La solicitud se realizará a través de la intranet docente.
UGT Enseñanza Servicios Públicos CLM aporta las siguientes consideraciones a la presentación del borrador:
- Pedimos que se amplíe el plazo de solicitud por la llegada de las vacaciones de Semana Santa.
- Muy buena medida que las solicitudes se puedan presentar de manera telemática.
- Estamos de acuerdo con la existencia de estas Comisiones de Servicio, pero esperamos que todas las plazas que se puedan transformar en plazas en plantillas orgánicas de centro, se transformen en cuanto esto sea viable. Para reducir los tipos de Comisiones de Servicio que se ofertan es obligatorio que se mejoren las Plantillas Orgánicas de los centros.
- Pedimos que se cree un apartado en el portal web de la Consejería en el que se de toda la información relativa a la concesión, denegación, renuncia de las Comisiones de Servicio.
- Solicitamos que los sindicatos sean informados de todos los procesos de concesión/denegación de una Comisión de Servicios.
- Preguntamos que se considera consolidación de un Ciclo Formativo. También pedimos que se clarifique la prelación entre las Comisiones de FP de implantación, consolidación y/o FP Dual y cursos de especialización. Esto nos lo responden y nos lo aclaran.
- Pedimos que todas las Direcciones Provinciales utilicen los mismos criterios para conceder o denegar una Comisión de Servicios sometida a valoración.
- Pedimos que se clarifique la prelación entre varios candidatos al mismo puesto, dentro del mismo tipo de Comisión.
- Pedimos que se pueda solicitar Comisión por hijos no nacidos, pero que está previsto su nacimiento antes del 1 de septiembre.
- En algunos tipos de Comisiones de Servicio, es preceptivo el Informe del Director/a. Pedimos que se sustituya este Informe.
- Que por cuidado de hijos menores de 6 años siempre que al menos uno de los cónyuges trabaje fuera de la localidad de residencia familiar, y la distancia entre el lugar de trabajo de dicho cónyuge y el lugar de residencia familiar sea de, al menos 200 km, nos parecen demasiados kilómetros.
- Que por cuidado de hijos o de hijas menores de 6 años siempre que los dos cónyuges trabajen fuera de la localidad de residencia familiar, y se justifique la imposibilidad de atención al menor. Además, la distancia entre el lugar de trabajo de cada uno de los cónyuges y el lugar de residencia familiar deberá ser de, al menos, 75 kilómetros. Deberá aportarse certificado de empadronamiento. Excepcionalmente la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa, previo informe de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes correspondiente, podrá autorizar comisiones de servicio por este supuesto aun cuando la distancia entre el lugar de trabajo y el lugar de residencia familiar sea inferior a 75 kilómetros siempre que esté justificado en base a razones o circunstancias orográficas. Creemos que esto hay que sistematizarlo, no dejarlo como excepción.
- Que las Comisiones de Conciliación se puedan pedir hasta que los hijos sean mayores de edad.
- Pedimos qué si hay una valoración nueva de discapacidad a mitad de año, si hay plaza, que se le pueda reasignar a esa plaza.
- Colegios de Educación Especial requiere estabilidad de las plantillas, requieren un seguimiento pormenorizado, requieren su modelo propio. Preguntamos si van a cubrir por CGT las plazas en esos centros y si no se van a cubrir, pedimos que se dieran por Comisión de Servicios para acceder a ellas de manera voluntaria y no obligar a nadie luego desde las bolsas de trabajo.
- La comisión de servicio relacionada con la Red Educal está mal diseñada. Se impone que sea personal del centro, con lo cual la comisión se niega a personal de fuera del centro y se pide informe del Director-a, lo cual tampoco tiene sentido si no se da pie a poder pedirlas a personal de fuera del centro. Pedimos que se redacte de otra manera.
3°. SORTEO NUMÉRICO PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS VOCALES DE LOS TRIBUNALES DE LOS PROCESOS SELECTIVOS DEL CUERPO DE MAESTROS.
Se realiza el sorteo numérico consistente en asignar a cada profesor en activo un número y obtener de manera aleatoria un número entre los profesores del listado.
- Son 10417 maestros en activo, los que entran en el sorteo.
- El número resultante es el: 682.
- Dicho número corresponde a los apellidos: Bañón Alf….
- Se selecciona a partir de esos apellidos a las personas que tengan el centro del servicio en la provincia de examen y que tengan la plaza por esa especialidad.
- Si no se completarán los tribunales aplicando estos criterios podrían nombrarse entre profesorado de otras provincias siguiendo, igualmente, el criterio de apellidos sorteado.
DOCUMENTACIÓN APORTADA POR CONSEJERÍA
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