| MESA SECTORIAL 29/03/2022 | Instrucciones sobre Comisiones de Servicio 2022/2023 |
2°. BORRADOR DE LAS INTRUCCIONES DE 30/03/2022 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA RRHH Y PLANIFICACIÓN EDUCATIVA DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, SOBRE COMISIONES DE SERVICIO PARA EL CURSO 2022/2023.
Don José Manuel Almeida Gordillo, director general de RRHH, presenta el borrador de Instrucción, el cual se puede consultar en nuestra web https://educacion.fespugtclm.es. Comenta lo siguiente:
- Sólo se tendrá en cuenta una solicitud de Comisión de Servicios por persona y concepto. Para presentar otra solicitud por la misma persona y concepto, la última solicitud no anulará automáticamente a la anterior, como hasta ahora se venía haciendo, sino que primero habrá que anular la ya registrada, para a posteriori registrar otra.
- Los tipos de comisiones de servicio son similares a las de los últimos cursos.
- La intención es ir suprimiendo aquellas Comisiones de Servicio en las situaciones que los Concursos de Traslados/Concursillo puedan dar la movilidad necesaria.
- Se trasladaron a Concurso de Traslados las plazas de Comunidades de Aprendizaje. De oficio esas plazas no se dan en Concurso de Traslados, pero si se accede a ellas si se piden explícitamente en el Concurso. Se han quedado fuera de esta medida, de cubrir estas plazas por CGT, dos Comunidades de Aprendizaje de la localidad de Hellín.
- También se han trasladado a Concurso de Traslados las aulas de Educación Especial. Sólo se van a poder renovar las Comisiones de Servicio que se dieron el año pasado, pero no se concederán nuevas. Las plazas que se otorguen por Concurso de Traslados desplazarán a las personas que estaban en Comisión de Servicios.
- En FP se pueden pedir por Implantación/Consolidación de ciclos durante cuatro años. Se hace por curso. Para cada curso (1º y/o 2º), se tienen cuatro años desde el año en que se comienza dicho curso para solicitar comisiones de servicio. Los cursos de especialización, si suponen una ampliación completa de cupo en un centro, también generan derecho a poder solicitar comisión de servicio en ese centro.
- Las Comisiones de FP Dual desaparecerán a futuro ya que con la nueva Ley de FP todos los estudios de FP tendrán FP Dual y absorberá a la actual FCT. Parece ser que serán 500 horas fijas (actualmente la FCT son 400) de FP Dual. Todo apunta a que no habrá comisiones de servicio para este concepto a nivel general, pero se podrán seguir teniendo para proyectos de Dual que vayan más allá de lo que se regule de manera básica. De todos modos hay que esperar a saber cual es el desarrollo normativo que se tiene a nivel curricular de la nueva Ley de FP.
- No están de acuerdo en abrir la posibilidad de abrir las comisiones de servicio de conciliación de la vida familiar y laboral al personal de otras Comunidades Autónomas, al igual que no están de acuerdo en abrir la posibilidad que un funcionario de otra Comunidad pueda optar al Concursillo.
- Se gestionan unas 3.000 solicitudes y se conceden cerca de 2.000 comisiones de servicio en los últimos cursos.
Se van a ofertar las siguientes comisiones de servicio:
I. Puestos específicos
- Centros de nueva creación (Cód. 1702)
- Cargos electos en Corporaciones Locales (Cód. 0205)
- CRIEC (Cód. 1403)
- Centros certificados y en proceso de certificación pertenecientes a la red Educal- CLM (Cód. 2510)
- Ciclos Formativos y Cursos de Especialización (Cód 2115)
- Participación en proyectos de Formación Profesional Dual (Cód. 2511)
- Residencias Escolares (Cód 2002)
- Convenio MECD- British y Programa Bachibac (Cód. 2515 -2516)
- Programa de formación específico en virtud de convenio entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Cód. 2517)
- Equipos de Atención Educativa y Aulas abiertas especializadas para alumnado con Trastorno del Espectro Autista (Cód. 2512)
- Programas Específicos de Formación Profesional (Cód. 2519)
- Centros y Unidades de Educación Especial. (Cód. 2112)
Se regirá por su convocatoria específica la provisión mediante comisiones de servicio de los puestos correspondientes a:
Equipos de Atención Educativa en Centros de Reforma de Menores.
Equipos de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria.
Centros reconocidos como Comunidades de Aprendizaje.
Equipos de Atención Educativa para alumnado con discapacidad visual.
La forma de presentación de estas solicitudes de convocatorias específicas quedará detallada en la convocatoria que se publique al efecto.
II. Discapacidad o enfermedad grave (Cód. 2518)
III. De carácter humanitario
- Por enfermedad del propio funcionario o funcionaria (Cód. 0102)
- Por enfermedad de un familiar (primer grado de consanguinidad) (Cód. 0105)
- Por conciliación de la vida familiar y laboral
- Para atender solicitudes basadas en supuestos de violencia de género (Cód. 0101)
- Para facilitar el cumplimiento de medidas judiciales establecidas en relación con el ejercicio de la patria potestad, guardia y custodia y el régimen de visitas en los supuestos de separación y divorcio (Cód. 0141)
- Para atender situaciones de embarazo de riesgo, así como para facilitar la realización de tratamientos médicos relacionados con la maternidad (Cód. 0142).
- Para el cuidado de familiares discapacitados (Cód. 0143).
- Por cuidado de hijos e hijas menores de 6 años, cuando ambos cónyuges trabajen
- fuera de la localidad de residencia familiar (75 km o más, entre lugar de trabajo y de residencia familiar) (Cód. 0144).
- Por cuidado de hijos e hijas menores de 6 años, cuando al menos uno de los cónyuges trabaje fuera de la localidad de residencia familiar (200 km o más, entre lugar de trabajo y de residencia familiar) (Cód. 0148).
- Para el cuidado de los ascendientes en primer grado por razón de edad (Cód. 0145).
- Por enfermedad de familiares (Cód. 0146).
- Por cuidado de hijos e hijas que requieran una especial atención (Cód. 0147).
- El plazo general de presentación de las solicitudes será desde el 31 de marzo hasta el 13 de abril de 2022, ambos incluidos. La solicitud se realizará a través de la intranet docente.
UGT Enseñanza Servicios Públicos CLM aporta las siguientes consideraciones a la presentación del borrador:
- Pedimos que se amplíe el plazo de solicitud por la llegada de las vacaciones de Semana Santa.
- Muy buena medida que las solicitudes se puedan presentar de manera telemática.
- Estamos de acuerdo con la existencia de estas Comisiones de Servicio, pero esperamos que todas las plazas que se puedan transformar en plazas en plantillas orgánicas de centro, se transformen en cuanto esto sea viable. Para reducir los tipos de Comisiones de Servicio que se ofertan es obligatorio que se mejoren las Plantillas Orgánicas de los centros.
- Pedimos que se cree un apartado en el portal web de la Consejería en el que se de toda la información relativa a la concesión, denegación, renuncia de las Comisiones de Servicio.
- Solicitamos que los sindicatos sean informados de todos los procesos de concesión/denegación de una Comisión de Servicios.
- Preguntamos que se considera consolidación de un Ciclo Formativo. También pedimos que se clarifique la prelación entre las Comisiones de FP de implantación, consolidación y/o FP Dual y cursos de especialización. Esto nos lo responden y nos lo aclaran.
- Pedimos que todas las Direcciones Provinciales utilicen los mismos criterios para conceder o denegar una Comisión de Servicios sometida a valoración.
- Pedimos que se clarifique la prelación entre varios candidatos al mismo puesto, dentro del mismo tipo de Comisión.
- Pedimos que se pueda solicitar Comisión por hijos no nacidos, pero que está previsto su nacimiento antes del 1 de septiembre.
- En algunos tipos de Comisiones de Servicio, es preceptivo el Informe del Director/a. Pedimos que se sustituya este Informe.
- Que por cuidado de hijos menores de 6 años siempre que al menos uno de los cónyuges trabaje fuera de la localidad de residencia familiar, y la distancia entre el lugar de trabajo de dicho cónyuge y el lugar de residencia familiar sea de, al menos 200 km, nos parecen demasiados kilómetros.
- Que por cuidado de hijos o de hijas menores de 6 años siempre que los dos cónyuges trabajen fuera de la localidad de residencia familiar, y se justifique la imposibilidad de atención al menor. Además, la distancia entre el lugar de trabajo de cada uno de los cónyuges y el lugar de residencia familiar deberá ser de, al menos, 75 kilómetros. Deberá aportarse certificado de empadronamiento. Excepcionalmente la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa, previo informe de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes correspondiente, podrá autorizar comisiones de servicio por este supuesto aun cuando la distancia entre el lugar de trabajo y el lugar de residencia familiar sea inferior a 75 kilómetros siempre que esté justificado en base a razones o circunstancias orográficas. Creemos que esto hay que sistematizarlo, no dejarlo como excepción.
- Que las Comisiones de Conciliación se puedan pedir hasta que los hijos sean mayores de edad.
- Pedimos qué si hay una valoración nueva de discapacidad a mitad de año, si hay plaza, que se le pueda reasignar a esa plaza.
- Colegios de Educación Especial requiere estabilidad de las plantillas, requieren un seguimiento pormenorizado, requieren su modelo propio. Preguntamos si van a cubrir por CGT las plazas en esos centros y si no se van a cubrir, pedimos que se dieran por Comisión de Servicios para acceder a ellas de manera voluntaria y no obligar a nadie luego desde las bolsas de trabajo.
- La comisión de servicio relacionada con la Red Educal está mal diseñada. Se impone que sea personal del centro, con lo cual la comisión se niega a personal de fuera del centro y se pide informe del Director-a, lo cual tampoco tiene sentido si no se da pie a poder pedirlas a personal de fuera del centro. Pedimos que se redacte de otra manera.
DOCUMENTACIÓN APORTADA POR CONSEJERÍA
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