INFORME DEL SECTOR DE ENSEÑANZA DE LA UGT DE CLM

MESA SECTORIAL EXTRAORDINARIA DE PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO

3 DE JULIO DEL 2018

Por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, asisten:

  1. Antonio Serrano Sánchez: Director General de Recursos Humanos y Planificación Educativa.
  2. Amador Pastor Noheda: Director General de Programas y Planificación Educativa, Formación Profesional y Atención a la Diversidad.
  3. José Plaza González: Jefe de Servicio de Relaciones Sindicales.

Personal de la Consejería relacionado con el Orden del día.


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El Director General de RRHH, previo al Orden del Día de la Mesa, transmite la siguiente información de interés para el colectivo de docentes interinos:

  • Los Recursos de Alzada con los fallos de la primera asignación de sustituciones en EEMM se resolverán durante estos meses de verano. Esperan que se resuelvan favorablemente.
  • Aproximadamente 5.000 docentes interinos van a cobrar el verano. Son interinos con contrato del 1 de septiembre al 30 de junio. Han intentado ampliar a más personal el cobro del verano, pero no ha sido posible económicamente.
  • Explica que cuando el titular de la plaza ha reingresado antes del 30 de junio, no han despedido al interino como deberían/pudieran haber hecho sino que le han mantenido hasta el 30 de junio para que cobren el verano. También apunta que no va a ser despedido ningún interino por reingreso del titular durante los meses de julio y agosto, con lo cual se pagarán los dos sueldos en esos periodos.
  • Informa que en cuanto hubiera una sentencia que imponga que hay que pagar los veranos no cobrados con efecto retroactivo, como no puede ser de otra manera, los pagarán, pero actualmente la Consejería de Educación de CLM cumple escrupulosamente lo que dicta la última sentencia del Supremo, que es cobren el verano todos los interinos contratados a curso completo, ocupando plaza estructural.

 

 

1º. INFORME DE LA REASIGNACIÓN DE PLAZAS DEL CONCURSO DE TRASLADOS DEL 2014 POR SENTENCIA JUDICIAL.

 

La Administración Educativa explica los datos de la reasignación de plazas del Concurso de Traslados del 2013/2014 por sentencia judicial:

 

  • La perspectiva ha sido atender a la sentencia evitando todos los posibles daños colaterales por la reasignación. La resolución ha sido muy favorable para los efectos que podía llegar a tener una reasignación de plazas cuatro años más tarde después del Concurso de Traslados.
  • Los datos numéricos de la reasignación por sentencia son:
    • Por sentencia judicial había que reasignar 35 vacantes. 22 docentes han renunciado a la reasignación en la plaza que les correspondía. 13 no han renunciado, con lo cual pueden ir a la plaza que les correspondía. De esos 13, 3 son situaciones graves ya que desplazan a otro en el centro. Hay 3 casos de gravedad media, ya que aunque alguien sea amortizado, pudiera seguir en el centro. Los otros 7 van a plazas libres.

 

 UGT Enseñanza CLM expone las siguientes consideraciones:

  • Agradecemos muchísimo la perspectiva de atender a la sentencia evitando todos los posibles daños colaterales por la reasignación. En estos casos, siempre ya está el mal hecho y no se puede restituir totalmente los derechos de todos sin afectar a terceros.
  • Contentos que haya terminado por fin este proceso que nunca se tenía que haber producido por haber bloqueado plazas de manera ilegal por parte de la Administración Cospedal, tal y como determinaron los Tribunales.

 

2º. MEDIDAS COMPLEMENTARIAS DEL II PLAN CONCILIA.

La Consejería presenta las siguientes medidas complementarias al Plan Concilia para el sector docente:

  • 1) Reducción de jornada. Los docentes que disfruten de reducción de jornada tendrán derecho a solicitar la franja horaria para aplicarla. Para ello, lo comunicará a la Jefatura de Estudios del centro mediante un escrito con suficiente antelación al inicio de curso, y se aplicará siempre que no condicione las normas generales sobre impartición de materias y/o elección de grupos.
  • 2) Tutorías. A partir del curso 2018/19, los docentes de Castilla-La Mancha podrán asistir a la tutoría de su hijo/a, por el tiempo imprescindible, mediante convocatoria escrita y una vez al trimestre como máximo.
  • 3) Reducción de jornada por motivos de guarda legal y por cuidado directo de un familiar.El cómputo para el personal docente se realizará obligatoriamente haciéndolo coincidir con el trimestre pedagógico, excepto en el último de cada curso escolar en el que solo afectará a los meses de junio y julio, teniendo el derecho a cobrar el mes de agosto.
  • 4) Excedencias. Para posibilitar el fraccionamiento, a partir de curso 2018/19 el personal docente de Castilla-La Mancha podrá solicitar excedencias por cuidado de familiares un trimestre por curso escolar hasta la desaparición del hecho causante, en el caso de enfermedad, o el cumplimiento de tres años en el caso de guarda legal.
  • 5) Licencias por estudios. A partir del curso 2019/20 el personal docente funcionario de carrera podrá solicitar una Licencia por estudio no retribuida, con una duración de un curso completo (1 de septiembre a 31 de agosto) o en períodos de cinco meses (del 1 de septiembre al 31 de enero; del 1 de febrero al 30 de junio) y no podrá volver a solicitar el mencionado permiso, en cualquiera de sus modalidades, hasta cuatro cursos después de la finalización del último período disfrutado.
  • 6) Reanudación del Permiso de Lactancia. Todas las docentes podrán seguir disfrutando del permiso de lactancia siempre que se produzca encadenamiento de nombramiento, y entre el cese del último y el nuevo no transcurran más de siete días naturales siempre que no coincida con un período de interrupción de adjudicaciones.
  • 7) Asuntos propios. A partir del 1 de enero de 2019, todos los docentes de Castilla-La Mancha podrán disfrutar de dos días de asuntos propios retribuidos por curso escolar
  • 8) Incompatibilidades. Se regulará la incompatibilidad para la realización de las actividades privadas contempladas en la ley para el personal docente con nombramientos a tiempo parcial de media jornada o inferiores.

 

La Consejería presenta los siguientes criterios para regular los días de libre disposición:

  1. Por cada curso escolar, el personal funcionario docente tendrá derecho a la concesión, sin necesidad de justificación, de 2 días de libre disposición a lo largo del curso escolar.
  2. El número de días de permiso por asuntos particulares que pudiera corresponder a cada funcionario será proporcional al período o períodos de nombramiento en cada centro, incluidas las prórrogas, efectuados en el correspondiente curso escolar en el momento de la solicitud. Si la proporción resultante no fuese un número entero, solo se redondeará al número natural superior si la cifra decimal es superior a cinco, sin que en ningún caso el número total de días pueda superar en el curso escolar la limitación indicada en el punto 1.
  3. El disfrute de los días de este permiso únicamente se podrá realizar durante el curso escolar en el que se hayan generado y en el nombramiento correspondiente.
  4. Este permiso no podrá disfrutarse durante los 7 primeros días lectivos del curso, durante las sesiones de evaluación, ni durante el período comprendido entre las evaluaciones ordinarias y extraordinarias de fin de curso. Este párrafo no queda claro si se mantendrá.
  5. En todo caso su concesión estará condicionada a las necesidades del servicio educativo y su previa autorización.

 

Días de libre disposición – Solicitudes y concesión:

  1. La solicitud deberá efectuarse con una antelación mínima de quince días hábiles respecto a la fecha prevista para su disfrute, salvo circunstancias sobrevenidas previstas en el punto 4.  El plazo máximo de presentación de solicitudes será de tres meses de antelación a la fecha de disfrute.
  1. El plazo de resolución será de quince días hábiles a partir de la presentación de la solicitud.
  2. En caso de causas organizativas excepcionales y sobrevenidas relacionadas con el derecho a la educación de los alumnos y/o las necesidades organizativas del centro, el permiso podrá denegarse o revocarse.
  3. El número máximo de docentes en un centro a los que podrá concederse el permiso para un mismo día lectivo atenderá a la siguiente escala:

– Centros con 20 maestros o profesores: 1

– Centros entre 21 y 40 maestros o profesores: 2

– Centros entre 41 y 60 maestros o profesores: 3

– Centros de más de 60 maestro o profesores: 4

  1. Cuando el número de solicitudes esté por encima de los rangos establecidos se atenderán en función de:

a) la entrada de la solicitud.

b) La antigüedad en el cuerpo del solicitante.

c) La antigüedad en el centro del solicitante.

  1. Una vez concedido el disfrute del permiso podrá ser alterado, además de por las causas expuestas en el punto 3 de este apartado, por renuncia del solicitante.

 

Días de libre disposición – Órgano competente para su aprobación:

El Director del Centro en que preste servicio el empleado público, por delegación del Director General de Recursos Humanos y Planificación Educativa

 

UGT Enseñanza CLM agradece que por fin se hayan aceptado varias de sus reivindicaciones y añade las siguientes consideraciones:

  • Reducción de jornada. Cerrar bien esta medida para que los equipos directivos tengan la obligación de, dentro de sus posibilidades, hacer todo lo posible para ajustar los horarios para respetar la franja pedida.
  • Reducción de jornada por motivos de guarda legal y por cuidado directo de un familiar. Pedimos que no se tenga en cuenta tampoco julio. La propuesta actual es que no se tenga en cuenta agosto para reducir haberes. Parece ser que esto pudiera estar hasta fuera de norma. El Director General se interesa en revisarlo.
  • Licencias por estudios. Pedimos que se pudieran disfrutar ya en el curso 18/19.
  • Asuntos propios. Presenta mejoras con respecto a la Mesa Técnica. Pedimos que se habilite la manera de que se puedan pedir también en lunes y en viernes, sin perjudicar el trabajo docente. Se consigue que se puedan prolongar fines de semana con días de asuntos propios.
  • Incompatibilidades. Muchísimas dudas que Administraciones Públicas pueda y deba modificar esto. Los interinos a media jornada y a tercio de jornada son nombrados funcionarios interinos docentes. No nos gustará algo que creemos que va a suceder, que es justificar empleo público precario, no, lo siguiente en el caso de los tercios, con un “no está mal, puedes trabajar en otra cosa, tiempo tienes de sobra, completa”.

Creemos que la medida a tomar sería la eliminación de los tercios de jornada y reducir la asignación de medias jornadas a los casos estrictamente necesarios.

  • El sindicato está en expectativa para que en cuanto se aprueben los Presupuestos Generales del Estado poder empezar a negociar en Castilla-La Mancha reducción de jornada y el fin de los descuentos por IT, objetivos fundamentales para UGT.

 

3º. PRESENTACIÓN DEL III PLAN REGIONAL DE FP.

La Consejería avanza cómo van los trabajos para elaborar el III Plan regional de Formación Profesional:

  • El Director General de Programas informa que es en el Pleno del Consejo Regional de la Formación Profesional el lugar donde se presentará. Se comprometieron a revisar los indicadores del borrador. También se acordó modificar el plan presupuestario. Se espera que en el 2018 esté aprobado.

 

UGT Enseñanza CLM aporta las siguientes consideraciones a la presentación del Plan:

  • Excelente noticia que la Formación Profesional vuelva a la agenda planificadora institucional de la región. El borrador del Plan consideramos que está trabajadísimo.
  • Eso sí, no compartimos el estilo del documento, por una terminología demasiado económica. Echamos en falta una visión un poco más educativa, no tan económica, no tan empresarial. Desgraciadamente esto pasa en toda Europa ya que desde la adopción por parte de todos los países de la UE del Plan Europa 2020, todas las leyes educativas en el ámbito europeo y en planes como el presentado aquí, parten de unos postulados que se basan en no hablar de personas, sino de trabajadores, no de hablar de educación sino de formación, no hablar de conocimientos sino de destrezas, no hablar de pensar sino de hacer, no hablar de mejorar sino de crecer económicamente.
  • Creemos muy importante potenciar en el Plan los mecanismos para acreditar, fuera de la Formación Profesional Reglada, las cualificaciones profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral. En mecanismos deberían participar los docentes de la FP reglada y las empresas.
  • En la página 10, del documento Parte I. Base de partida, se muestra el actual Marco Legal, que nos guste o no tiene el Plan. Ese es uno de los problemas también que tiene el Plan, que está hipotecado por leyes que hay que derogar urgentemente, en opinión de UGT:
    • RD que trajo la Ley 3 del 2012 que marca nada más y nada menos que las medidas urgentes para la reforma del mercado laboral
    • RD que trajo la Ley 14 del 2012 que trajo las medidas urgentes para la racionalización del gasto público en el ámbito educativo.
    • La LOMCE del año 2013, aprobada utilizando el rodillo de la mayoría absoluta.

 

  • Otro aspecto a reseñar es la necesidad de potenciar, el segundo y el tercer grupo de enseñanzas que están dentro la oferta formativa de FP en el sistema educativo, se ha avanzado bastante en la implantación de ciclos formativos de FP Básica, Grado Medio y Grado Superior, pero no tanto en los cursos de especialización (cuyo objetivo es complementar las competencias de quienes ya disponen de un título de FP, facilitando el aprendizaje a lo largo de la vida) y otros programas formativos (cuyo objetivo es formar a las personas mayores de 17 años cumplidos en el año de inicio del programa, que abandonaron prematuramente el sistema educativo sin ninguna cualificación profesional).
  • En el ámbito de la oferta formativa de FP para el empleo en el ámbito laboral, queda muchísimo por avanzar, no sólo en CLM, sino en toda España, potenciando muchísimo más las cuatro ámbitos reconocidos dentro de este ámbito: formación programada por las empresas para sus trabajadores, oferta formativa para trabajadores ocupados, oferta formativa para trabajadores desempleados y otras iniciativas de FP para el empleo. En este apartado sería fundamental conseguir involucrar a centros educativos, empresas y administraciones de empleo y educación.
  • En la Parte II del documento, se hace un análisis de la situación muy bien trabajado y muy pormenorizado, donde se describen las fuerzas de transformación y el cambio, la realidad empresarial y social de CLM con fichas que aportan una información valiosísima: el contexto demográfico de CLM, la estructura económica y empresarial de CLM, el mercado laboral en CLM (donde se ve que CLM tiene una tasa de paro del 22,54, la cuarta de España, mientras que la tasa estatal es del 18,87), la FP en el sistema educativo y la FP en para el empleo
  • ¿Problema? Que llegamos a la parte III del documento, donde se describe el Plan de Acción y encontramos Principios muy bien descritos: Enfoque integral de la FP, cercanía a la empresa, la persona como referente, herramienta de cohesión social y compromiso con el territorio, conciliación de necesidades de corte y medio plazo, etc. y vemos una excelente selección de los ámbitos que necesita la FP en CLM, divididos en 16 líneas de actuación (como por ejemplo Formación del Profesorado, Dotación-Renovación de recursos) y 35 descripciones de actuaciones concretas (como por ejemplo, estancias en empresa para la actualización del profesorado o planes anuales de dotación, reposición y actualización de equipamiento), pero desgraciadamente, no leemos memoria económica asociada que sustente todo esto y que ponga fecha a la aplicación de estas 35 actuaciones que prevé el plan.
  • También consideramos que habría que ordenar las actuaciones otorgándoles a cada una un nivel de prioridad, en base a la partida presupuestaria que se disponga, al tiempo que se precise para completar la actuación y a la importancia relativa que tenga en el global del Plan. Creemos que hay actuaciones mucho más urgentes que otras.

 


Descarga informe completo de la Mesa Sectorial

Informe UGT Enseñanza Mesa Sectorial 03-07-2018

 

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