MUFACE – Nuevo servicio electrónico para reclamaciones por asistencia sanitaria nacional de Entidades Concertadas
NUEVO SERVICIO ELECTRÓNICO: RECLAMACIONES ASISTENCIA SANITARIA
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MUFACE pone a disposición de los mutualistas un nuevo servicio digital para formular reclamaciones por asistencia sanitaria nacional de las entidades concertadas. El proceso de reclamación consigue más agilidad y seguridad.
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Se puede formular ante MUFACE una reclamación para que, en su caso, acuerde la procedencia de alguna actuación por parte de la Entidad de que se trate por denegar o no contestar una solicitud de prestación, o incumplir alguna otra obligación recogida en el Concierto.
Nuevo servicio electrónico para reclamaciones por asistencia sanitaria nacional de Entidades Concertadas
Se agilizan los trámites y se aporta mayor seguridad
Desde el 7 de octubre, las personas mutualistas ya disponen de un nuevo servicio electrónico que facilitará los trámites de reclamación relativos a la asistencia sanitaria cuando se ha elegido asistencia de entidad concertada. Con esta medida, incluida en los proyectos estratégicos del Plan MUFACE Avanza 2021-2023, se logra, además, una mayor seguridad y trazabilidad de estos procedimientos.
De acuerdo con el contenido del Concierto de Asistencia Sanitaria Nacional vigente para el bienio 2020-2021, existe un procedimiento específico para resolver las reclamaciones a que la asistencia sanitaria pudiera dar lugar y preservar, así, los derechos de los usuarios. De este modo, se puede formular ante MUFACE una reclamación para que, en su caso, acuerde la procedencia de alguna actuación por parte de la Entidad de que se trate por denegar o no contestar una solicitud de prestación, o incumplir alguna otra obligación recogida en el Concierto.
La reclamación, cuyo procedimiento de resolución se encuentra en el capítulo 7 del Concierto, debe presentarse ante el Servicio Provincial u Oficina Delegada de adscripción del mutualista o a través del nuevo servicio electrónico. Se prevé la participación de una Comisión Mixta MUFACE- Entidad, así como en su caso de una Comisión Mixta Nacional, pudiendo formularse posteriormente recurso de alzada ante la persona titular del Ministerio al que está adscrita MUFACE.
Con el nuevo servicio electrónico, las personas mutualistas podrán presentar este tipo de reclamaciones mediante Cl@ve, certificado electrónico o DNIe. La Mutualidad mantiene, por otro lado, la posibilidad de presentación por canales convencionales. En cualquier caso, ha de adjuntarse toda la documentación relacionada y es muy aconsejable consultar primero con el Servicio Provincial, ya que en ocasiones los asuntos pueden resoverse sin necesidad de formular una reclamación. Puede verse toda la información en la página web de MUFACE, en este enlace, donde también se puede acceder a nuestra sede electrónica .
Otros servicios relacionados: reclamaciones por asistencia a personal destinado en el exterior.
En paralelo a esta mejora de los servicios para el colectivo que recibe asistencia sanitaria nacional concertada, existe un procedimiento de reclamaciones en el Concierto de Asistencia Sanitaria Exterior (CASE) exclusivo para personal destinado en el exterior, que desde julio de este año ya contaba con este servicio similar, sobre el que puede encontrarse información aquí.
SUPUESTOS CONCRETOS DE RECLAMACIÓN POR ASISTENCIA SANITARIA NACIONAL
La posibilidad de reclamar por asistencia sanitaria es un mecanismo exclusivo de los Conciertos de MUFACE, que forma parte del estatuto de derechos y deberes de los mutualistas, y sirve íunicamente para los fines explicados. Debe tenerse en cuenta que entre estos fines no se encuentra el “reintegro de gastos de asistencia sanitaria”, que es un procedimiento concreto y distinto para supuestos de no afiliación o reintegro por desplazamientos temporales al extranjero, que puede verse aquí.
A modo de resumen, los supuestos válidos de reclamación por asistencia sanitaria nacional de entidades concertadas son:
- Cuando la Entidad deniegue alguna de las autorizaciones específicamente contempladas en el Concierto o cuando no conteste a la petición de las mismas.
- Cuando la Entidad esté obligada a asumir directamente algún gasto o a reintegrar su importe y, previa petición del o de la mutualista, no lo haga así.
- Cuando la Entidad incumpla cualquier otra obligación que le corresponda según los términos del Concierto.
Con este avance, MUFACE mejora el servicio a los mutualistas, y ofrece unas mayores seguridad y agilidad en el ejercicio de sus derechos..
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