ACLARACIÓN A LA INSTRUCCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y PLANFICACIÓN EDUCATIVA SOBRE INTERRUPCIÓN DE LAS SESIONES DE LOS CENTROS AL OBJETO DE FACILITAR EL DERECHO AL VOTO DE LOS DOCENTES CON MOTIVO DE LAS ELECCIONES SINDICALES DEL PRÓXIMO 4 DE DICIEMBRE DE 2018.

 

CENTROS DE INFANTIL Y PRIMARIA (Y ASIMILADOS).

Generalmente, estos centros desarrollan su actividad lectiva; es decir, con alumnos, de 9.00 h. a 14.00 h. Asimismo, generalmente, suelen realizar el periodo complementario (exclusiva) de 08.00 h. a 09.00 h. o de 14.00 h a 15.00 h.

Si un CEIP debe interrumpir su actividad en la última sesión lo hará con independencia de si la última sesión es lectiva, con alumnos, o complementaria (exclusiva).

Si un CEIP debe interrumpir su actividad (lectiva o complementaria) en la dos últimas sesiones lo hará siguiendo los siguientes ejemplos:

–        Si el CEIP realiza el periodo complementario de 14.00 h. a 15.00 h., se interrumpirá este periodo y la última sesión lectiva inmediatamente anterior.

–        Si el CEIP realiza el periodo complementario de 08.00 h. a 09.00 h., se interrumpirán las dos últimas sesiones lectivas de la jornada.

 

IES, IESOS, SES (Y ASIMILADOS).

 En este tipo de centros la interpretación de la instrucción es más sencilla. Se suspenderán las sesiones que correspondan en la jornada del centro con independencia de si corresponde a periodos lectivos y/o complementarios.

 



 

https://educacion.fespugtclm.es/storage/2018/11/SOBRE-ROJO-con-documentos2_550.jpghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/2018/11/SOBRE-ROJO-con-documentos2_550-150x150.jpgEnseñanzaACCIÓN SINDICALElecciones sindicales  ACLARACIÓN A LA INSTRUCCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y PLANFICACIÓN EDUCATIVA SOBRE INTERRUPCIÓN DE LAS SESIONES DE LOS CENTROS AL OBJETO DE FACILITAR EL DERECHO AL VOTO DE LOS DOCENTES CON MOTIVO DE LAS ELECCIONES SINDICALES DEL PRÓXIMO 4 DE DICIEMBRE DE 2018.   CENTROS DE INFANTIL Y...Sector Enseñanza de UGT Servicios Públicos Castilla-La Macha