Únete a nuestros canales informativos:    telegram" Icon - Download for free – Iconduck Telegram     Archivo:WhatsApp.svg - Wikipedia, la enciclopedia libreWhatsapp


Desde el Sector de Enseñanza de UGT Servicios Públicos hemos solicitado a la Consejería de Educación máxima celeridad para abordar cuestiones fundamentales para la aplicación con garantías, durante el curso 24-25, de la nueva Ley de FP.

Consideramos fundamental que se definan con carácter inmediato las horas lectivas de funciones específicas para los nuevos cargos que nacen fruto de este nuevo desarrollo normativo. Por ello y según recogen los art. 166 y 167 del RD 659/2023 por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, pedimos que se promueva la creación de las figuras recogidas en dichos artículos para el próximo curso, reconociendo horas suficientes para las funciones encomendadas. Nuestra propuesta sería la siguiente:

  • Un mínimo de 4 horas lectivas para los tutores de FP Dual, tanto para los de primer curso como para los de segundo curso, ampliables en caso de ciclos con elevado número de alumnado. Estas horas son vitales para llevar a cabo toda la coordinación y comunicación con las empresas, incluyendo las gestiones que requiere dar al alumnado de alta en la Seguridad Social desde este mismo año. Además, que se regule en qué casos podrá haber más de un tutor o tutora para cada grupo, según el número de alumnado, tal y como recoge el RD 659/2023.
  • Un mínimo de 2 horas lectivas para la persona coordinadora o responsable de innovación profesional.
  • Un mínimo de 2 horas lectivas para la persona coordinadora o responsable de internacionalización de FP.
  • Un mínimo de 2 horas lectivas para la persona coordinadora o responsable del servicio de orientación profesional, emprendimiento y el procedimiento de acreditación de competencias profesionales en el centro, en aquellos centros que no dispongan de un departamento de orientación.
    • Regulación de horas lectivas para las tutorías individuales del proyecto intermodular, que recoge el art 41 de la Ley de FP.

Estas horas lectivas deberían poder ampliarse si el volumen de trabajo, según las circunstancias particulares de cada centro, así lo requiere.

Recordamos también la importancia de valorar la participación en proyectos de innovación dentro de la jornada ordinaria. El propio RD indica que en los centros integrados de Formación Profesional y, en general, los centros especializados de Formación Profesional, el profesorado tendrá, dentro de su jornada de trabajo ordinaria, horas de dedicación a la innovación e investigación aplicada y al emprendimiento, que puedan completar la jornada semanal. Esto choca frontalmente con el modo de actuación de la Consejería, que durante este año ha realizado una convocatoria de participación en proyectos de innovación que no recogía reducción horaria para el profesorado implicado, ni siquiera para los coordinadores.

Entendemos que todas estas cuestiones deben estar clarificadas a la mayor brevedad, pues existe incertidumbre en los centros y el profesorado, y son aspectos que influyen directamente en la configuración de los cupos de profesorado de los centros, que se negociarán durante los meses de junio y julio, y afectarán a todos los procesos de adjudicación de funcionariado que se producen en verano, tanto de personal funcionario de carrera como interino. Todas estas adjudicaciones además deberían anticiparse lo máximo posible, pues en ocasiones hay profesorado que es adjudicado en plazas en las que tienen que impartir diversos módulos cuya impartición exige un gran trabajo previo, y es un evidente problema para la calidad de la enseñanza que se les adjudique sin disponer de un periodo de tiempo razonable previo al inicio de sus actividades lectivas.

Al mismo tiempo, recordamos que siguen quedando pendientes flecos por resolver de manera urgente, con respecto a la FP, como son:

Nombramiento como funcionarios de subgrupo A1 al personal docente interino de todas las especialidades de FP integradas en el cuerpo de Secundaria, y que se haga con carácter retroactivo al 1 de septiembre de 2023.
• Posibilidad de integración de personal interino y jubilado del antiguo cuerpo de Profesores Técnicos de FP con la misma fecha de efectos que se integró el personal funcionario de carrera.
Complemento salarial para los docentes que quedan en el cuerpo a extinguir de PTFP, para equipar el salario al del resto de compañeros que realizan las mismas funciones.
• Modificación de las órdenes de organización y funcionamiento de IES, de manera que se especifiquen claramente los criterios para la elección de horario teniendo en cuenta la posible coexistencia de docentes de Secundaria y docentes del cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de FP, además de recoger al profesorado de Especialistas en Sectores Singulares de FP.
• Confección de órdenes de organización y funcionamiento específicas de CIFPs

 

Prensa:

https://educacion.fespugtclm.es/storage/FPMINI2.jpghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/FPMINI2-150x150.jpgUGT EnseñanzaACCIÓN SINDICALSlideÚnete a nuestros canales informativos:    Telegram     Whatsapp Desde el Sector de Enseñanza de UGT Servicios Públicos hemos solicitado a la Consejería de Educación máxima celeridad para abordar cuestiones fundamentales para la aplicación con garantías, durante el curso 24-25, de la nueva Ley de FP. Consideramos fundamental que...Sector Enseñanza de UGT Servicios Públicos Castilla-La Macha