A lo largo del mes de enero, las personas mutualistas (funcionariado en prácticas y de carrera) que así lo deseen pueden solicitar el cambio ordinario de entidad sanitaria a la que estén adscritas. Este es en la actualidad el único periodo ordinario anual establecido para tramitar dicha permuta, pudiendo adscribirse tanto a los servicios públicos de salud (SESCAM) como a las entidades aseguradoras incluidas en el Concierto de Asistencia Sanitaria 2022-2024, que son Asisa, DKV y SegurCaixa Adeslas. El cambio puede realizarse en cualquier sentido, pero hay que tener en cuenta que solo se admitirá una solicitud de cambio en cada periodo ordinario. Si no se formula solicitud de cambio ordinario se mantendrá la adscripción a la misma Entidad que a 31 de diciembre de cada año.

Para realizar una elección informada, el colectivo mutualista puede comprobar la oferta de las distintas entidades en la sección Encuentra tu Médico de la página web de MUFACE, si bien se advierte que los catálogos actualizados 2024 estarán disponibles a partir del próximo 1 de enero.


Procedimiento de cambio ordinario de Entidad

La solicitud de cambio de entidad, deberá realizarse bien por la sede electrónica, bien descargando el impreso que se incluye en esta página y enviándolo por correo postal, o acudiendo a otros registros.  Si no puede utilizar la sede o enviar el impreso por correo postal o presentarlo en otros registros, debe solicitar cita previa.

MUFACE recomienda encarecidamente el uso de la sede electrónica o del correo postal, habida cuenta de la saturación que se produce a principio de año en algunas oficinas. Puede realizar este trámite:

  • A través de la Sede Electrónica de Muface,  sin necesidad de acudir a nuestras oficinas, utilizando los medios de acceso proporcionados por la plataforma Cl@ve (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve Permanente o Cl@ve PIN). Si desea registrarse en Cl@ve, entre aquí. El procedimiento por esta vía es muy sencillo, solo hay que seguir estos pasos:
    • Entre en https://sede.muface.gob.es/
    • Seleccione a la derecha la opción Cambio ordinario de entidad sanitaria, en la columna Mutualistas y Beneficiarios
    • Accede con Clave Permanente, Clave PIN, Certificado Digital o DNI electrónico
    • En la siguiente pantalla, aparecerá la entidad actual y habrá que elegir a cuál cambiar (selecciona I.N.S.S. para cambiar al servicio público de salud, SESCAM en Castilla-La Mancha), y dale a Aceptar para confirmar el cambio.

 

Una vez hecho el cambio, si se ha solicitado la adscripción a servicio público de salud, la correspondiente tarjeta sanitaria ha de solicitarse en el respectivo Centro de Salud. Si por el contrario se ha pedido la adscripción a una entidad concertada, será la propia entidad la que remita la nueva tarjeta en el plazo de una semana.

El canal electrónico permitirá además disponer, en tanto en cuanto se obtiene la tarjeta sanitaria de la entidad de que se trate, de un certificado de adscripción a entidad sanitaria, que puede ser necesario puesto que en la tarjeta de afiliación ya no aparece la entidad sanitaria de adscripción. Así, una vez realizado el cambio de entidad, la persona mutualista podrá descargarse el certificado en la sede electrónica de la Mutualidad o también solicitarlo por otros medios en la correspondiente oficina provincial, siempre a partir del día siguiente al de la fecha de cambio.

Para hacer esto último, tienes que entrar en sede.muface.gob.es, y pulsar el enlace que hay abajo a la izquierda llamado «Adscripción entidad sanitaria». Tras ello, podrás identificarte con clave, certificado o DNIe, y te aparecerá esta ventana:

Dándole abajo a Obtener certificado, se generará un PDF con el siguiente formato:

 


MUFACE – Preguntas frecuentes

MUFACE – Sede electrónica

MUFACE – Direcciones Provinciales y Oficinas Delegadas

MUFACE – Modelo de Solicitud Cambio_de_Entidad

 


Cambio extraordinario

Fuera del periodo ordinario, se podrá autorizar el cambio de Entidad de Seguro de Asistencia Sanitaria o de adscripción a los Servicios Públicos de Salud en los siguiente supuestos:

    • Para mutualistas en activo:
      • Cuando se produzca un cambio de destino que implique traslado a otra provincia o isla.
      • Cuando, manteniendo la localidad de destino, se produzca una variación en el domicilio a otra provincia o isla.
    • Para mutualistas en situación de jubilación o para personas beneficiarias con Documento asimilado al de Afiliación (por fallecimiento, separación, divorcio o nulidad del matrimonio de la persona titular) cuando se produzca un cambio de domicilio, con cambio de provincia o isla de residencia. Este derecho podrá ejercitarse por una sola vez cada año.
    • Cuando se obtenga la conformidad, expresada por escrito, de las Entidades afectadas. Este supuesto incluye el cambio a cualquier entidad de seguro desde la red sanitaria pública, pero no el caso contrario que se regula en el epígrafe 2.2 siguiente.
    • Cuando la persona titular pase a quedar comprendida en el colectivo del Concierto en territorio nacional al extinguirse su derecho a quedar protegida por el Concierto de asistencia sanitaria en el Exterior, siempre y cuando dicha extinción no se deba a la pérdida de la condición de mutualista.
    • Cuando, por concurrir circunstancias objetivas que justifiquen el cambio de una pluralidad de titulares a quienes afecte el mismo problema de asistencia médica, la Dirección General de MUFACE acuerde la apertura de plazo especial de elección de Entidad, incluido, en su caso, los Servicios Públicos de Salud.
  • Además, existe la posibilidad de cambio extraordinario a los Servicios Públicos de Salud:  Cuando la persona titular lo solicite por razones de asistencia médico-hospitalaria que le afecten personalmente o a cualquiera de las personas que tenga adscritas y sea aprobado por una Comisión Paritaria MUFACE/SEGURIDAD SOCIAL que analiza la documentación aportada y valora la concurrencia de las circunstancias fijadas en el anexo del Convenio, en la redacción dada por la Adenda de prórroga y modificación de 16 de febrero de 2022, con los criterios que pueden justificar la estimación del cambio. Además, deberá hacer constar expresamente que asume la obligación de permanecer dos años con la adscripción a los Servicios Públicos de Salud, en el caso de que se estime el cambio.
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