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04/09/2020

Situación de embarazadas y otros colectivos especialmente sensibles

Medios de contacto con los Servicios de Prevención Provinciales

 

 

El personal no docente que preste servicios en centros docentes, para la valoración y calificación como personal especialmente sensible, activará el “Procedimiento de actuación para el personal de especial sensibilidad de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, en relación con la infección por coronavirus SARS- COV2”, por el servicio de vigilancia de la salud del Servicio de Prevención de Función Pública. Definiciones y anexos, disponibles en el portal del empleado.

 

El personal docente que preste servicios en centros docentes, para la valoración y calificación como personal especialmente sensible, deberá utilizar el Anexo I (especial sensibilidad) o Anexo II (solo docentes embarazadas) de la “Instrucción para el procedimiento de adaptación o cambio de puesto de trabajo por motivos de salud laboral del personal docente”, de 5 de abril de 2016.

 

Con objeto de facilitar la valoración del riesgo y la calificación por el servicio médico del SESCAM y solo a efectos del presente protocolo, pedimos a los docentes que junto al Anexo I (especial sensibilidad) y en el mismo acto adjunten un parte del facultativo de atención primaria que les asiste en su situación clínica, en el que se indique en qué grupo de los indicados a continuación se encuentra encuadrado el trabajador, con motivo de su especial sensibilidad a Covid-19, teniendo en cuenta para ello, las definiciones de patologías controladas o comorbilidad

 

Las docentes embarazadas deben poner en conocimiento del Servicio de Prevención correspondiente a través del Anexo II – Comunicación de situación de embarazo lo antes posible. El Servicio de Prevención estudiará el caso y aplicará el protocolo médico de embarazo, así como serología Covid-19.

Las docentes embarazadas no deben incorporarse en tanto no se les haya realizado la prueba diagnóstica de COVID.

Las docentes embarazadas, en caso de reincorporación al centro después de obtener los resultados, si así lo recomienda el médico de SESCAM, deben llevar mascarilla FPP2 (sin válvula) en el puesto de trabajo.

 

 

 

 

 

VER MANUAL Y ANEXOS COMPLETOS

 

VER PUBLICACIÓN EN EL PORTAL DE EDUCACIÓN

 

 


Contacto con los Servicios de Prevención Provinciales (actualizado a septiembre 2020)

ALBACETE 967 19 57 58 // amadal@jccm.es

967 59 64 02 // igherreros@jccm.es

967 53 90 24 // jmontejanoa@jccm.es

CIUDAD REAL 926 27 91 69 // ajazana@jccm.es

926 27 72 97 // flfranca@jccm.es

926 27 72 25 // eanguitat@jccm.es

 

CUENCA 969 17 87 74 // assilveira@jccm.es

969 17 89 33 // fcatala@jccm.es

 

GUADALAJARA 949 88 79 51 // myabad@jccm.es

949 88 88 93 // rgayora@jccm.es

 

TOLEDO 925 24 89 73 // rvillalba@jccm.es

925 23 80 91 // migutierrezfernandez@jccm.es

925 28 71 65 // lpcoronas@jccm.es

925 26 98 92 // ldiezc@jccm.es

 

VER DIRECTORIO DE CONTACTO DE LOS SERVICIOS DE PRL (ACTUALIZADO A OCTUBRE DE 2021)

 

 


 

Consideraciones sobre la comunicación, a tener en cuenta.

4.3.1. La comunicación de una posible situación de especial sensibilidad, embarazo, parto o lactancia natural se podrá realizar en cualquier momento del curso escolar.

4.3.2. La comunicación por parte del trabajador/a tiene carácter voluntario. En el supuesto de no existir la referida comunicación supondrá que la Administración Educativa no podrá actuar sobre los posibles riesgos añadidos y protegerles de manera especial en su puesto.

4.3.3. La comunicación no deberá de ir acompañada de informes médicos. En caso de trabajadores/as especialmente sensibles, podrá aportar voluntariamente otra documentación que se considere pertinente, como el certificado de minusvalía legalmente reconocido o la descripción de posibles motivos, hechos o razones que a su juicio pueden suponer un riesgo para su salud en su puesto de trabajo. En caso de las trabajadoras embarazadas, que hayan dado a luz o en periodo de lactancia natural, la trabajadora debe aportar las siguientes aclaraciones del médico que le asiste y referidas al embarazo: periodo de gestación y fecha posible del parto

4.3.4 La Inspección Médica podrá requerirle información médica adicional para descartar que no está en situación de riesgo genérico de tipo clínico, o de jubilación por incapacidad para el servicio.

4.3.5 La posibilidad de presentar el modelo de comunicación en el centro docente o en la Dirección Provincial de Educación, Cultura y Deportes donde tenga su centro de trabajo, sin perjuicio de los lugares previstos en el aptdo. Cuarto del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

 



 

 

GRUPOS TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLES

 

A. GRUPO 1:

  • mayores de 60 años sin patología,
  • personas con obesidad mórbida (IMC>40) sin patología añadida y
  • personas con alguna de las siguientes patologías controlada: enfermedad cardiovascular/HTA, diabetes, enfermedad pulmonar crónica, enfermedad hepática crónica severa o insuficiencia renal crónica.
  • Se entiende por patología controlada toda aquella enfermedad diagnosticada que no presente frecuentes agudizaciones o exacerbaciones, o consultas a urgencias, o ingresos hospitalarios que impidan al paciente desarrollar sus actividades diarias con normalidad.

B. GRUPO 2:

  • mayores de 60 años con patología añadida controlada (enfermedad cardiovascular/HTA, diabetes, enfermedad pulmonar crónica, enfermedad hepática crónica severa o insuficiencia renal crónica),
  • personas con obesidad mórbida (IMC>40) con patología añadida controlada (enfermedad cardiovascular/HTA, diabetes, enfermedad pulmonar crónica, enfermedad hepática crónica severa o insuficiencia renal crónica),
  • personas con inmunodeficiencia controlada sin patología añadida y
  • personas con comorbilidad y/o alguna de las siguientes patologías descompensada: enfermedad
    cardiovascular/HTA, diabetes, enfermedad pulmonar crónica, enfermedad hepática crónica severa o insuficiencia renal crónica.
  • Se entiende por comorbilidad la concurrencia de más de una de las siguientes patologías:  enfermedad cardiovascular/HTA, diabetes, enfermedad pulmonar crónica, enfermedad hepática crónica severa o insuficiencia renal crónica, inmunodeficiencia y/o cáncer en tratamiento activo.

C. GRUPO 3:

  • mayores de 60 años con patología añadida descompensada,
  • personas con obesidad mórbida (IMC>40) con patología añadida descompensada,
  • personas con cáncer en tratamiento activo y
  • personas con inmunodeficiencia descompensada o con comorbilidad.

 



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Publicado en el Portal de Educación el Manual de Medidas Preventivas específicas frente al COVID

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