Decreto 89/2024: concesión directa de subvenciones en especie a centros concertados para aplicar el Programa Código Escuela 4.0
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Este decreto tiene por objeto regular la concesión de subvenciones en especie en régimen de concesión directa de carácter excepcional, por razones de interés público y social, a los centros privados concertados que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, primaria, secundaria y educación especial en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, para llevar a cabo el programa Código Escuela 4.0. En concreto, la subvención en especie tiene como objeto el aprovisionamiento de equipamiento para desarrollar las competencias del alumnado en materia de programación y robótica. Los tipos de dispositivos a entregar y el importe unitario incluido el IVA de los mismos es el que figura en el cuadro siguiente:
|
Artículo |
Precio unitario (IVA Incluido) |
1 |
Robot tipo 1 |
120,00 € |
2 |
Robot tipo 2 |
262,18 € |
3 |
Kit Steam tipo 1 |
471,90 € |
4 |
Robot tipo 3 |
176,88 € |
5 |
Placa programable tipo 1 |
66,00 € |
6 |
Kit Steam tipo 2 |
1.796,00 € |
7 |
Kit Steam tipo 3 |
1.100,00 € |
8 |
Kit de sensores tipo 1 |
80,00 € |
9 |
Robot tipo 4 |
203,98 € |
10 |
Kit de sensores tipo 2 |
343,99 € |
11 |
Placa programable tipo 2 |
65,00 € |
12 |
Accesorio de IA |
67,00 € |
Las entidades beneficiarias deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, según los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
b) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
c) No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
d) No estar incursos aquellos que ostenten la representación legal en los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, la de no ser receptores de la prestación de servicios o actividades por parte de personas que, habiendo desempeñado cargos públicos o asimilados en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha así como en los organismos y entidades de su sector público, incumplieran lo dispuesto en el artículo 19.5 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha durante el plazo de dos años desde el cese, de conformidad con lo expuesto en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.
e) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave, en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de publicación de este decreto.
f) No haber sido sancionada por resolución administrativa firme, o condenada por sentencia judicial firme, por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha, salvo cuando se acredite haber cumplido la sanción o la pena impuesta y haber elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, con la conformidad del órgano competente en materia de igualdad.
Los requisitos señalados en el apartado 1 se acreditarán mediante la cumplimentación de la correspondiente declaración responsable o la aportación de los certificados correspondientes, tal y como se dispone en los artículos 12 y 13 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones. Dicha declaración responsable se presentará por medios telemáticos, con firma electrónica, de acuerdo con el modelo disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www. jccm.es/), en un plazo de 15 días hábiles desde la publicación de este decreto (hasta el 10 de enero).
La cuantía total máxima destinada para la compra es de 1.036.927,19 euros que se imputarán las siguientes aplicaciones presupuestarias:
- Centros concertados de primaria: 18020000.422A.78090.0000000924: 688.955,78 €
- Centros concertados de secundaria: 18020000.422B.78090.0000000924: 335.870,55 €
- Centros concertados de educación especial: 18020000.422D.78090.0000000924: 12.100,86 €
La cantidad de equipamiento de programación y robótica que se entregará a cada entidad será la correspondiente según estimación del número de alumnado y líneas concertadas conforme se detalla en el anexo. El importe de la subvención en especie será el equivalente a multiplicar el número de unidades adjudicada a cada centro que figuran en el anexo por el precio unitario correspondiente.