21 octubre 2016
 
Tres años y medio después de la firma del Convenio, tras la escalada de impugnaciones y recursos contra el VI Convenio Colectivo de la Enseñanza Concertada por parte de otras organizaciones sindicales, éste seguía siendo una incógnita. Tras la Sentencia del Tribunal Supremo del 27 de septiembre  de 2016 y que se ha dado a conocer esta semana, se confirma la legalidad del VI Convenio Colectivo de empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. 
 
El recurso de impugnación realizado por CCOO y sus pretensiones de anular los artículos relacionados con el pago delegado de los salarios de los docentes, ponía en cuestión aspectos esenciales históricamente consolidados por los trabajadores de la Enseñanza Concertada y que, de haber prosperado los requerimientos del demandante habrían cambiado el modelo de relaciones laborales en el sector.
 
La Sentencia desestima el recurso de impugnación, ratifica la Sentencia de la Audiencia Nacional de 5 de febrero de 2015 y confirma que los salarios deben ser abonados por la administración y no por las empresas, consolida el mecanismo de garantía de pago de la paga de antigüedad cuando las Administraciones Públicas manifiestan insuficiencia presupuestaria y consolida las razones fundamentales por las que UGT decidió apoyar la firma.
 
A continuación reflejamos la secuencia de las impugnaciones y recursos realizados por algunas organizaciones sindicales tras la firma del VI Convenio Colectivo.
 
 
– 19 de junio de 2013, se firma el VI Convenio Colectivo de empresas sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. El Convenio lo firmaron las patronales EyG, CECE, FED‐ACES, APSEC y las organizaciones sindicales FETE‐UGT , FSIE y USO,
 
– 27 de octubre de 2014, 16 meses después de producirse la firma del Convenio Colectivo en la que decidieron no estar, CCOO denuncia el convenio, impugnando 8 artículos,  una  Disposición  Adicional,  dos  Disposiciones  Transitorias,  así  como  las tablas salariales del personal docente del primer ciclo de infantil del Anexo II.
 
– 16  de  diciembre  de  2014,  OTECAS(1)  presenta  demanda  por  impugnación  del  VI Convenio
 
– 4 de febrero de 2015, juicio por impugnación de CCOO en la Audiencia Nacional.
 
– 5 de febrero de 2015, se dicta Sentencia 14/2015 de la Audiencia Nacional por impugnación de CCOO.
 
– 20 de febrero de 2015, Auto de aclaración de la Sentencia.
 
– 24 de febrero de 2015, se celebra el juicio por impugnación de OTECAS.
 
– 27 de febrero de 2015, se dicta Sentencia 31/2015 de la Audiencia Nacional,  por la impugnación de OTECAS. No tiene legitimidad esta organización sindical para denunciar el VI Convenio de Concertada y aunque CCOO se adhirió a esta demanda, como había sentencia de 5 de febrero de la Audiencia Nacional por impugnación de CCOO existe litispendencia.
 
– 15 de abril de 2015, CCOO presentó recurso de Casación solicitando que eleve las actuaciones a la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
 
– 27 de junio de 2016, CISA (2), presenta demanda de impugnación del convenio.
 
– 17 de julio de 2016, se celebra el juicio por impugnación de CISA .
 
– 27 de julio de 2016, se dicta Sentencia 135/2016, por impugnación de CISA, en la que se estiman las excepciones de cosa juzgada y de la litispendencia puesto que en los procesos precedentes se cuestionan los mismos preceptos.
 
– 3 de agosto de 2016, Recurso de Casación presentado por CISA.
 
– 27 de septiembre de 2016, Fallo de la Sentencia 780/2016, de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (recibida el 17 de octubre de 2016), DESESTIMANDO EL RECURSO DE CASACIÓN PRESENTADO POR CCOO.
 
 
UGT, como organización firmante del VI Convenio de Enseñanza Concertada, muestra su satisfacción por el resultado final porque la Justicia nos ha dado la razón, garantizando con esta sentencia los derechos de los trabajadores y estabilizando las relaciones laborales para beneficio de los 130.000 trabajadores del sector. Igualmente se consolida la legitimidad  del Convenio Colectivo que en su momento fue firmado por el 90% de la representatividad sindical,
 
 
 
(1) OTECAS (Organización de los Trabajadores de la Enseñanza Concertada de Asturias)
 
(2) CISA (Confederación Independiente de Sindicatos de Asturias)

 

DOCUMENTACIÓN

 

EnseñanzaACTUALIDAD NACIONAL (privada-concertada)PRIVADA21 octubre 2016   Tres años y medio después de la firma del Convenio, tras la escalada de impugnaciones y recursos contra el VI Convenio Colectivo de la Enseñanza Concertada por parte de otras organizaciones sindicales, éste seguía siendo una incógnita. Tras la Sentencia del Tribunal Supremo del 27 de septiembre ...Sector Enseñanza de UGT Servicios Públicos Castilla-La Macha