Adjudicación provisional de vacantes de Enseñanzas Medias para el curso 26-27


CONSULTAS: educacionpublica@ugtspclm.org


    Adjudicación provisional y bolsas definitivas

    Cuerpo Adjudicación provisional Plazas Ofertadas Bolsa ordinaria Bolsa de reserva Bolsa extraordinaria
    590 – Secundaria Ver Ver Ver Ver Ver
    591 – Técnicos de FP Ver Ver Ver Ver Ver
    592 – EOI Ver Ver Ver Ver
    593 – Catedráticos Música y Artes Escénicas Ver Ver Ver
    594 – Música y Artes Escénicas Ver Ver Ver Ver Ver
    595 – Artes Plásticas y Diseño Ver Ver Ver Ver
    596 – Maestros Taller Artes Plásticas y Diseño Ver Ver Ver Ver
    598 – Especialistas en Sectores Singulares de FP Ver Ver Ver Ver

    Información sobre adjudicación

    • Personas adjudicadas: sólo se adjudican vacantes a personas de bolsas ordinarias. Las personas en otras bolsas estarán disponibles para las sustituciones durante el curso. La primera adjudicación de sustituciones a la carta será el viernes 4 de septiembre, y en los primeros días de curso se podrán modificar criterios.
    • Reclamación a la adjudicación provisional (del 31 de julio al 3 de agosto): Se podrán presentar, dirigidas a la Dirección General de Recursos Humanos, mediante el envío de correo electrónico a registropersonal.edu@jccm.es.
    • Opción de participación en una bolsa de trabajo (del 31 de julio al 3 de agosto): las personas que figuren en más de una bolsa de trabajo ordinaria definitiva de distintos cuerpos o especialidades docentes (Maestros, incluidas las especialidades anteriores a la LOGSE o Enseñanzas Medias), podrán ejercitar la opción de participación en la adjudicación definitiva por una única bolsa de trabajo. Dicha opción de participación estará habilitada en el portal docente. Aunque hayan sido adjudicatarias de alguna/s plaza/s en la adjudicación provisional, en la asignación definitiva sólo participarán por la bolsa de trabajo elegida, pudiéndose obtener un justificante de la elección realizada (ver manual). En caso de no ejercitar dicha opción, la adjudicación definitiva asignará una única plaza por persona, teniendo en cuenta el siguiente orden de adjudicación por cuerpos, y, dentro de cada cuerpo, el código de especialidad, por orden creciente, en el caso de EEMM:
      • 0590 – Secundaria
      • 0592 – Escuelas Oficiales de Idiomas
      • 0593 – Catedráticos de Música y Artes Escénicas
      • 0594 – Música y Artes Escénicas
      • 0595 – Artes Plásticas y Diseño
      • 0591 – Profesores Técnicos de FP (a extinguir)
      • 0596 – Maestros de Taller de Artes Plásticas y diseño
      • 0598 – Especialistas en sectores singulares de FP y dentro de cada
      • 0597 – Maestros. en el siguiente orden: primero, la especialidad por la que se presentó la persona en el último proceso selectivo, y después, por orden, Inglés, AL, PT, Música, Educación Física, Infantil, Primaria, Francés, Filología Lengua Castellana, Ciencias Sociales y Matemáticas y Ciencias de la Naturaleza.
    • Renuncias a través del cambio del estado de disponibilidad (del 31 de julio al 3 de agosto): se podrá modificar telemáticamente el estado de disponibilidad conjuntamente para todas las bolsas en las que estén incluidas, pudiéndose obtener un justificante de las modificaciones realizadas. En caso de ponerse no disponible, se entiende que se renuncia a ser asignado en este proceso de adjudicación de vacantes, para todas las bolsas. Recuerda que la disponibilidad afecta a todas las bolsas, no se puede estar disponible en unas sí y en otras no.
    • Recurso de alzada contra las bolsas de trabajo ordinarias, de reserva y extraordinarias definitivas: Contra la publicación de las bolsas de trabajo ordinarias, de reserva y extraordinarias definitivas podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes (del 31 de julio al 30 de agosto).

    Retirada de credencial (cuando se publique la adjudicación definitiva)

    Todas las personas adjudicadas deben retirar, de manera telemática, la credencial que acredita que se acepta el puesto adjudicado. No retirar la credencial supone la no aceptación del puesto, y si no concurre una causa justificada, supondría la exclusión de bolsa. Se consideran causas justificadas:

    • Imposibilidad de incorporarse al puesto de trabajo adjudicado por motivos de enfermedad, que tendrá que ser justificada con informe médico.
    • Tener a su cargo, para su cuidado, a un hijo menor de tres años. Este supuesto sólo podrá alegarse una vez durante el curso escolar.
    • Tener a su cargo, para su cuidado, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de enfermedad o proceso de incapacitación, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida alguna. Esta situación debe acreditarse mediante informe médico, copia del libro de familia y certificación del padrón municipal, salvo en aquellos casos en que dicha acreditación deba efectuarse de oficio por la Administración. La Administración podrá recabar cualquier otra documentación que considere necesaria. Este supuesto sólo podrá alegarse una vez durante el curso escolar.
    • Hallarse disfrutando de los períodos de descanso relacionados con la maternidad, la paternidad, la adopción o el acogimiento.
    • Las situaciones derivadas de la violencia de género.
    • Cualquier causa de fuerza mayor, libremente apreciada por la Administración

    Si se da alguna de estas causas, se debe informar enviando un correo, con la documentación justificativa en su caso, a la dirección de correo de la  Delegación Provincial de la provincia en la que se ha obtenido el destino y también a la dirección de correo electrónico del Registro de personal.

    • Delegación Provincial de Albacete: secundaria.edu.ab@jccm.es
    • Delegación Provincial de Ciudad Real: secundaria.edu.cr@jccm.es
    • Delegación Provincial de Cuenca: secundaria.edu.cu@jccm.es
    • Delegación Provincial de Guadalajara: secundaria.edu.gu@jccm.es
    • Delegación Provincial de Toledo: secundaria.edu.to@jccm.es
    • Registro de personal: registropersonal.edu@jccm.es

    Plazo estimado para retirar la credencial: del 5 al 28 de agosto


    Presentación de documentación (cuando se publique la adjudicación definitiva)

    Además, hay que presentar telemáticamente determinada documentación, que incluye:

    • Documentación a presentar sólo si no se ha trabajado nunca en la administración educativa de Castilla-La Mancha, o s se ha modificado algún dato:
    • Documentación a presentar en todos los casos:
      • Declaración jurada, afirmando:
        • Que no se ha incurrido en separación del servicio de alguna administración pública ni en inhabilitación para la función pública
        • Que no se realiza otra actividad remunerada incompatible, ni se percibe pensión incompatible.
        • Que se cumplirá con las obligaciones del puesto
        • Que no se está en situación de incapacidad temporal
        • Que no se padece enfermedad o limitación incompatible con el puesto
        • Que se tiene la competencia adecuada para el puesto
        • Que no se ha sido condenado/a por delitos contra la libertad e indemnidad sexual (agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos

    Plazo estimado para presentar la documentación: del 5 al 28 de agosto


    Toma de posesión

    La toma de posesión de las personas aspirantes adjudicatarias en los centros asignados se realizará el próximo día 01/09/2026, salvo festividad en la localidad del centro, en cuyo caso la toma de posesión se realizará el siguiente día laborable de la localidad, con efectos del 01/09/2026.

    El día de la toma de posesión hay que presentar en el centro de trabajo asignado el día de la toma de posesión, la siguiente documentación:

    • Credencial impresa (copia para la persona interesada y copia para la Administración), para ser cumplimentadas por la persona que ostenta la dirección del centro.
    • Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales solo en los casos en los que la persona aspirante no hubiera autorizado a la
      Administración para recabar de oficio dicha circunstancia y cuando dicha certificación sea expresamente requerida

    Aquellas personas aspirantes que se encuentren disfrutando de su descanso maternal o en procesos asociados a la maternidad, en caso de resultar adjudicatarias de una plaza, podrán continuar disfrutando del período de descanso correspondiente a la maternidad o al proceso mencionado, debiendo incorporarse al destino adjudicado a la finalización de este. Durante el disfrute de dicho período de descanso, se efectuará la provisión de una persona sustituta en la plaza que le haya resultado asignada.

    Con posterioridad a la toma de posesión de las personas aspirantes asignadas, las secretarías de los centros deberán enviar cumplimentada la copia para la Administración de la credencial de cada persona aspirante adjudicataria y, en su caso, la certificación negativa del Registro Central de
    Delincuentes Sexuales, a las unidades de gestión de personal correspondientes de cada una de las Delegaciones Provinciales.

    La aceptación del puesto adjudicado y la toma de posesión en dicha plaza conlleva el pase de oficio al estado “ocupado” en todas las bolsas hasta la finalización de dicho nombramiento.

    Serán excluidas de la bolsa de trabajo correspondiente las personas que no hagan efectiva la toma de posesión, salvo que concurra alguna de las mismas causas justificadas, que son:

    • Imposibilidad de incorporarse al puesto de trabajo adjudicado por motivos de enfermedad, que tendrá que ser justificada con informe médico.
    • Tener a su cargo, para su cuidado, a un hijo menor de tres años. Este supuesto sólo podrá alegarse una vez durante el curso escolar.
    • Tener a su cargo, para su cuidado, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de enfermedad o proceso de incapacitación, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida alguna. Esta situación debe acreditarse mediante informe médico, copia del libro de familia y certificación del padrón municipal, salvo en aquellos casos en que dicha acreditación deba efectuarse de oficio por la Administración. La Administración podrá recabar cualquier otra documentación que considere necesaria. Este supuesto sólo podrá alegarse una vez durante el curso escolar.
    • Hallarse disfrutando de los períodos de descanso relacionados con la maternidad, la paternidad, la adopción o el acogimiento.
    • Las situaciones derivadas de la violencia de género.
    • Cualquier causa de fuerza mayor, libremente apreciada por la Administración

    Si se da alguna de estas causas, se debe informar enviando un correo, con la documentación justificativa en su caso, a la dirección de correo de la  Delegación Provincial de la provincia en la que se ha obtenido el destino y también a la dirección de correo electrónico del Registro de personal.

    • Delegación Provincial de Albacete: secundaria.edu.ab@jccm.es
    • Delegación Provincial de Ciudad Real: secundaria.edu.cr@jccm.es
    • Delegación Provincial de Cuenca: secundaria.edu.cu@jccm.es
    • Delegación Provincial de Guadalajara: secundaria.edu.gu@jccm.es
    • Delegación Provincial de Toledo: secundaria.edu.to@jccm.es
    • Registro de personal: registropersonal.edu@jccm.es

    Aclaraciones a la adjudicación

    Reserva para personas que se presentaron por los turnos de personas con discapacidad (acceso 2 y acceso 6)

    La Orden 32/2018 establece que el orden de adjudicación de las plazas disponibles será el siguiente:

    • 1) En primer lugar, se adjudicará a los aspirantes que participaron en el proceso selectivo correspondiente, por el turno de discapacitados, según el número de plazas ofertadas en el concurso-oposición, y no cubiertas en dicho turno.
    • 2) A continuación, se adjudicarán las plazas a los aspirantes a interinidades de la bolsa ordinaria, reservando al menos, una de cada catorce plazas de cada especialidad a los aspirantes que participaron en el proceso selectivo correspondiente, por el turno de personas con discapacidad.
      • Según la Orden 32/2018, esto se hace así:
        • Se asignará plaza a los primeros 13 aspirantes disponibles de la bolsa, asignando a continuación plaza al primer aspirante, que participó en el proceso selectivo correspondiente por el turno de personas con discapacidad, y así sucesivamente.
        • No obstante, si dentro de los primeros 13 aspirantes disponibles se adjudicara plaza a al menos una persona que participó por el turno de personas con discapacidad, a partir de esta persona comenzaría la reserva de plazas.
      • A efectos prácticos, se adjudica a una persona del turno de personas con discapacidad, mediante reserva de plaza, sólo cuando se produzca la adjudicación consecutiva de 13 personas que accedieron a bolsa por el turno libre. En el resto de casos, la adjudicación de personas con discapacidad se haría según su posición en bolsa, en las mismas condiciones que el resto de aspirantes.

    Adjudicación de jornadas parciales

    En ningún caso se ofertarán en la adjudicación de plazas previa al inicio de curso, tiempos parciales inferiores a media jornada. En caso de ser adjudicado/a una jornada parcial en una localidad o provincia por haberlas solicitado, se atenderá al código numérico por orden ascendiente de centro, de entre las plazas disponibles, no atendiéndose al % de jornada parcial. Es decir, se puede adjudicar una media jornada en un centro con un código numérico más bajo antes que 2/3 de jornada en otro centro con un código numérico más alto.

    Prioridad de peticiones

    Si se consigna en una petición ordinaria, itinerante y tiempos parciales, se optara a plazas ordinarias, itinerantes y tiempos parciales en este orden. Este tratamiento es idéntico para los diferentes tipos de códigos: centro, localidad o provincia.

    CEPAs y AEPAs

    Para poder optar a ellos, cuando el ámbito de actuación se extienda a varias localidades, será necesario consignar la marca itinerante.

    Plazas bilingües

    Si no se consignó preferencia por plazas bilingües, y se ha acreditado y solicitado alguna competencia lingüística, los aspirantes no participarán de forma preferente a plazas de tal carácter.

    En Enseñanzas Medidas, se considera que se tiene la competencia si se acredita alguno de los siguientes niveles:

    • C2
    • C1
    • B2 y una experiencia de al menos 10 meses en proyectos bilingües desde el 1 de septiembre de 2018.

    Si se consigna preferencia por plazas bilingües, habiendo acreditado y solicitado alguna competencia lingüística y se consigna ordinaria, itinerante y tiempos parciales, se optará a plazas bilingües, ordinarias, itinerantes y tiempos parciales en este orden.

    Si no se consigna preferencia por plazas bilingües, habiendo acreditado y solicitado alguna competencia lingüística y se consigna ordinaria, itinerante y tiempos parciales se optará a plazas ordinarias, bilingües, itinerantes y tiempos parciales en este orden.
    Este tratamiento es idéntico para los diferentes tipos de códigos: centro, localidad o provincia.

    Peticiones de localidad y provincia

    Si el código consignado es el correspondiente a una localidad o provincia, se opta a todas las plazas existentes en los centros pertenecientes a dicha localidad o provincia. Se entenderá que el aspirante no establece ninguna preferencia de centros en el caso de consignar código de localidad o de provincia, ni de localidades en el caso de consignar códigos de provincia.

    El proceso de asignación para este tipo de peticiones se ejecuta, comprobando la existencia de plazas en cada uno de los centros de dicha localidad. Si existiera más de una plaza entre ellos se procederá a reservar un puesto de trabajo en la localidad, adjudicándose posteriormente, por el orden que ocupan en la lista de aspirantes y por orden de código de centro, que se establece a partir de la prioridad que representa el código numérico, por el orden ascendente que los centros poseen en el Registro de Centros Docentes, a todas las personas que posean dicha reserva de plaza.

    Si el código representa una provincia se comprueba la existencia de plaza en cada uno de los e una plaza entre ellos se procederá a reservar un puesto de trabajo en la provincia, adjudicándose posteriormente, por el orden que ocupan en la lista de aspirantes y por orden de código de centro, según el criterio de prioridad indicado, que se establece a partir de la prioridad que representa el código numérico, por orden ascendente que los centros poseen en el Registro de Centros Docentes, a todas las personas que posean dicha reserva de plaza.

    El órgano directivo con competencias en materia de gestión del profesorado, podrá asignar, a los aspirantes que hayan realizado una petición por localidad o provincia, plaza en centros de nueva creación que vayan a iniciar su actividad docente con ocasión del inicio del curso escolar y que la Administración publique con posterioridad a la convocatoria de participación.

    No adjudicación por insuficiencia de peticiones

    En ningún caso se asigna un destino si no hay plazas disponibles -llegada la posición en bolsa que se tenga- que encajen con todas las peticiones (hasta 120), bien sean a centro, localidad y provincia. En caso de no poder ser asignado, se seguirá asignando a la gente que quede por detrás en bolsa, en su caso. No se tienen en cuenta para esta adjudicación los criterios para sustituciones (provincias, tipos de jornada, etc).


       

       

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