Publicado en el BOE el nuevo real decreto que regula la formación de directores y directoras
La norma desarrolla el artículo 135 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y fija un marco común para los programas de formación dirigidos a las personas que aspiren a ejercer la dirección de centros públicos.
Puntos clave:
- Esta formación podrá ser impartida por el Ministerio o por las administraciones educativas de las comunidades autónomas
- Validez nacional e indefinida: una vez superado el curso, la certificación te servirá para siempre y en cualquier rincón de España.
- La duración mínima será de 120 horas, con una estructura modular. Las comunidades autónomas podrán añadir módulos específicos.
- Habrá seis bloques obligatorios: el temario se centrará en liderazgo pedagógico, organización escolar, convivencia, inclusión, marco normativo y gestión estratégica.
- Proyecto de Dirección: Para aprobar, habrá que diseñar un proyecto propio que incluya de forma obligatoria medidas transversales de igualdad de género, no discriminación y prevención de violencias sexuales.
- Calendario de implantación: la norma entrará en vigor el 1 de julio de 2026 para empezar a aplicarse de cara al curso escolar 2026-2027.
- Validez de habilitaciones y acreditaciones anteriores: aquellas expedidas con anterioridad al curso escolar 2026-2027 con base en el Real Decreto 894/2014, de 17 de octubre, así como de los correspondientes cursos de actualización de competencias directivas, se considerarán equivalentes siempre y cuando se hayan expedido las certificaciones en los ocho años anteriores. Una vez transcurrido dicho plazo, deberá llevarse a cabo la actualización mediante la superación de los módulos de actualización en el desempeño de la función directiva.











