Renovación de proyectos de FP Dual que se extienden al curso 2025-2026


Publicada la Resolución de 09/05/2025, de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, por la que se autoriza la renovación de los proyectos de Formación Profesional Dual en el curso académico 2024/2025, al objeto de  autorizar la renovación de los proyectos de Formación Profesional Dual para el curso académico 2024-2025, que se extienden al curso 2025-2026, y para los segundos cursos, establecidos en el Anexo I de la resolución.

El alumnado que se proponga para su participación en los proyectos de Formación Profesional Dual deberá estar matriculado en alguna de las siguientes enseñanzas: Formación Profesional de grado medio, Formación Profesional de grado superior y Cursos de Especialización.

Los proyectos de Formación Profesional Dual autorizados se desarrollarán a través de alguna de las siguientes modalidades:

  • Modalidad A: alterna la formación establecida en el currículo de las enseñanzas de FP en periodos formativos en la empresa y en el centro educativo. La participación de la empresa puede consistir en facilitar a los centros educativos los espacios, las instalaciones o las personas expertas para impartir total o parcialmente determinados módulos profesionales.
  • Modalidad B: contempla una formación complementaria a la establecida en el currículo. Por un lado se desarrolla la jornada lectiva y en un turno diferente (vespertino) la formación adicional en la empresa.
  • Modalidad C: Consiste en una combinación de las modalidades anteriores.

Los programas formativos comprenderán el conjunto de actividades formativo/productivas que debe realizar el alumnado durante su estancia en las empresas o entidades colaboradoras en el proyecto. Las actividades a desarrollar dependerán de las características de las empresas o entidades colaboradoras, y de la modalidad elegida para dicho proyecto.

Las personas responsables de la tutoría, en colaboración con las personas responsables de la coordinación/tutoría de las empresas, entidades u organismos que participan, definirán los programas formativos, que deberán garantizar al alumnado la consecución de los objetivos, resultados de aprendizaje o las capacidades terminales definidas en los mismos. Asimismo, planificarán de forma coordinada, el calendario y el horario de las actividades.

Dichos programas contarán con los siguientes apartados:

  • Proyectos de modalidad B:
    • Introducción. Características generales del proyecto de Formación Profesional Dual.
    • Objetivos. Objetivos generales que se pretenden impulsar o alcanzar con el proyecto.
    • Actividades formativas a desarrollar en la empresa/organismo público o privado.
    • Metodología a seguir para llevar a cabo el proyecto.
    • Secuencia de las actividades formativas y temporalización de las mismas. Debe indicarse el calendario y el horario completo del alumnado en la empresa.
    • Procedimiento e instrumentos para la evaluación y seguimiento (observación sistemática del trabajo, pruebas, etc.).
    • Empresas, entidades u organismos públicos o privados participantes en el proyecto.
    • Plan de coordinación entre el centro educativo y la empresa.
    • Otros datos relevantes en la definición del programa formativo. Se indicarán otros datos significativos a considerar en la definición del programa formativo.
  • Proyectos de modalidad A o C:
    • Introducción. Características generales del proyecto de Formación Profesional Dual.
    • Relación de módulos profesionales asociados al proyecto.
    • Objetivos. Capacidades terminales o resultados de aprendizaje establecidos en el Currículo del Ciclo formativo, que se pretenden impulsar o alcanzar con el proyecto, y otros objetivos para aquellos proyectos de modalidad C que incluyan formación adicional al currículo del ciclo formativo.
    • Descripción de los recursos no disponibles en el centro educativo y de su necesidad, como espacios, instalaciones, maquinaria o medios de los que sí disponen las empresas/organismos públicos o privados.
    • Actividades formativas a desarrollar en la empresa/organismo público o privado.
    • Metodología a seguir para llevar a cabo el proyecto.
    • Distribución de los contenidos. Determinar que contenidos se imparten en la empresa y en el centro educativo.
    • Secuencia de las actividades formativas y temporalización de las mismas. Debe indicarse el calendario y el horario completo del alumnado en la empresa.
    • Criterios y procedimientos de evaluación. Instrumentos de evaluación (observación sistemática del trabajo, pruebas, etc.) y criterios de calificación (porcentaje asignado a cada uno de los diferentes apartados).
    • Actividades de recuperación.
    • Empresas, entidades u organismos públicos o privados participantes en el proyecto.
    • Plan de coordinación entre el centro educativo y la empresa.
    • Disponibilidad de recursos didácticos.
    • Adaptación al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
    • Otros datos relevantes en la definición del programa formativo. Se indicarán otros datos significativos a considerar en la definición del programa formativo.

Se autoriza a los siguientes centros educativos indicados en el anexo I, a la firma de convenios/acuerdos de colaboración con las entidades, organismos y empresas relacionadas en cada caso, para el desarrollo y ejecución de los proyectos de Formación Profesional Dual.

https://educacion.fespugtclm.es/storage/FPDUALMINI.jpghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/FPDUALMINI-150x150.jpgUGT EnseñanzaFORMACIÓN PROFESIONALSlideÚLTIMAS NOTICIAS: E. PÚBLICAPublicada la Resolución de 09/05/2025, de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, por la que se autoriza la renovación de los proyectos de Formación Profesional Dual en el curso académico 2024/2025, al objeto de  autorizar la renovación de los proyectos de Formación Profesional Dual para el curso académico 2024-2025,...Sector Enseñanza de UGT Servicios Públicos Castilla-La Macha

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