UGT SOLICITA A LA CONSEJERÍA QUE ACLARE QUE EL DÍA 7 DE SEPTIEMBRE SE PUEDE CAMBIAR LA DISPONIBILIDAD Y QUE LAS SUSTITUCIONES COMIENCEN EL 11 DE SEPTIEMBRE AUNQUE COINCIDA CON UN FESTIVO LOCAL

 

UGT Servicios Públicos CLM ha realizado dos importantes peticiones a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, en relación a las adjudicaciones del próximo viernes 8 de septiembre, para que el proceso sea lo mejor posible para todo el colectivo interino.

En primer lugar, en la Resolución de 04/09/2023 de la Dirección General de Recursos, por la que se convoca el procedimiento para que las personas aspirantes a interinidades pertenecientes a las bolsas de trabajo definitivas para el curso 2023/2024 de los cuerpos docentes de enseñanzas públicas no universitarias puedan modificar los criterios de adjudicación de plazas durante el curso escolar, publicada ayer, se indica que: “Al objeto de la modificación del estado de disponibilidad en bolsa para la adjudicación indicada en el párrafo anterior, los aspirantes que formen parte de una o varias bolsas de trabajo podrán modificar telemáticamente en el Portal de Educación (https://www.educa.jccm.es) a través de su seguimiento personalizado, su estado de disponibilidad conjuntamente para todas las bolsas en las que estén incluidos, sin causa justificada, hasta el día 06/09/2023, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.2 de la Orden 32/2018, de 22 de febrero.»

Sin embargo, el artículo 10 de dicha Orden 32/2018, indica, en el artículo 10.2.3, que los aspirantes podrán modificar su estado de disponibilidad sin causa justificada desde el día siguiente a la publicación de la resolución de la adjudicación definitiva de plazas previa al inicio de curso (que fue en agosto), hasta el 31 de diciembre del curso escolar, no siendo posible la modificación del estado de disponibilidad el mismo día en el que se produzca una adjudicación de plazas. Además, en dicho apartado 2.3 del artículo 10, no se indica que las fechas en concretas en las que se puede modificar la disponibilidad deban ser establecidas por resolución o convocatoria, a diferencia de lo que se indica para los procesos de renovación de interinidades (artículo 10.2.1) o en el periodo entre adjudicaciones provisionales y definitivas de vacantes (artículo 10.2.2).

Es por ello por lo que, desde un primer momento, entendimos que, según la Orden, los aspirantes deberían poder modificar su estado de disponibilidad el día 7 de septiembre de 2023, aun quedando fuera del plazo establecido por la Resolución de 4 de septiembre. En este sentido, solicitamos que se publique, a la mayor brevedad posible, una aclaración en el portal de educación sobre la posibilidad de poder cambiar el estado de disponibilidad dicho día 7 de septiembre, tal y como se nos informó ayer día 4 de septiembre desde la propia Consejería, tras advertirle de esta situación, y tal y como se nos ha vuelto a confirmar desde la Consejería en la tarde de hoy 5 de septiembre,  para que todas las personas aspirantes puedan conocer dicha situación. Al parecer, desde la propia administración y desde otras organizaciones sindicales se está informando de que esto no será posible, por lo que creemos que la publicación de dicha aclaración, informando de que dicho estado de disponibilidad sí se podrá cambiar ese día 7, es lo más conveniente para el normal desarrollo del proceso.

En caso contrario, es decir, en caso de no poder cambiar la disponibilidad el mismo día 7 de septiembre, que es cuando está prevista la publicación de las plazas disponibles, entenderíamos que se estaría causando un perjuicio al personal interino que no estaría justificado por normativa. Además, el curso pasado la Resolución estableció un periodo para el cambio de criterios y disponibilidad hasta el día 5 de septiembre, siendo la adjudicación justo el día siguiente, el 6 de septiembre, por lo que sí se pudo cambiar la disponibilidad una vez publicadas las plazas, y no a ciegas como sería en caso de no poder cambiarla este año el 7 de septiembre.

Por otra parte, solicitamos que todas las plazas que se adjudiquen tengan como fecha de inicio el día 11 de septiembre, independientemente de si el día 11 es lectivo o festivo en la localidad. En la asignación del día 6 de septiembre del curso pasado, muchas plazas se establecieron con fecha de inicio 8 de septiembre y fecha de fin 30 de junio, pero en alguna localidad, como el caso de Albacete capital, donde en los días 8 y 9 se celebraron las fiestas locales, se estableció como fecha de inicio el 12 de septiembre y fecha de fin el 30 de junio. Esto hizo que, atendiendo a la duración de los contratos, hubiera gente en mejor posición en lista que obtuvo una plaza más lejos de su domicilio que gente que estaba por debajo, ya que la duración de la sustitución era, en este caso comentado, de 4 días menos, pero realmente los días en los que tuvieron que acudir al centro eran los mismos, pues en otras localidades esas festividades locales las disfrutaron en otros días distintos durante el curso. Entendemos que no se puede perjudicar a personal interino en mejor posición por el mero hecho de coincidir una fiesta local con el primer día en el que empezaría la adjudicación, que este año sería el día 11 de septiembre, por lo que, para evitar situaciones injustas como las del año pasado, solicitamos que todas las plazas tengan como fecha de inicio el día 11 aunque corresponda con una festividad en la localidad, como vuelve a ser el caso de Albacete en este curso escolar, o como podría ser el caso de otras localidades.

 

RESPUESTA DE LA CONSEJERÍA:

📌El día 7 se publicará la Resolución con las plazas disponibles, y en dicha resolución se informará de que sí se podrá cambiar la disponibilidad durante el día de mañana, tal y como os hemos informado en estos días anteriores, porque así lo refleja la Orden 32/2018

📌 Las plazas que se publiquen mañana son orientativas. Nos informan de que podría haber cambios si, durante el mismo día, se tramitan nuevas bajas, reducciones de jornada, excedencias, altas, etc

📌 Las plazas de las localidades en las que sea festivo local el día 11, se publicarán con fecha de inicio el mismo día 11, salvo aquellas que se generen para sustituir a un docente cuya baja, excedencia, etc comience otro día distinto (por ejemplo, el 12 o 13 de septiembre), las cuales, por razones obvias, tendrán como fecha de inicio el primer día en el que el o la docente a sustituir comience su baja, excedencia, etc

 

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