CASTILLA Y LÉON: Oposiciones 2018: Corrección de errores de la convocatoria

Advertido error en el texto remitido para su publicación de la Orden EDU/246/2018, de 2 de marzo, por la que se convocan procedimientos selectivos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas, profesores de artes plásticas y diseño y maestros de taller de artes plásticas y diseño, así como procedimiento de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en los mencionados cuerpos y acreditación de la competencia lingüística en lenguas extranjeras, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León, n.º 47, de 7 de marzo de 2018, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones: En la página 9072, apartado Cuadragésimo segundo.1.d). Donde dice: En el caso de aspirantes a interinidad que formen parte de los listados definitivos de baremación actualmente vigentes derivados del proceso convocado por las Órdenes EDU/561/2008, de 7 de abril, EDU/495/2010, de 15 de abril y EDU/169/2017 de 8 de marzo,…. Debe decir: En el caso de aspirantes a interinidad que formen parte de los listados definitivos de baremación actualmente vigentes derivados del proceso convocado por las Órdenes EDU/561/2008, de 7 de abril, EDU/495/2010, de 15 de abril , EDU/149/2015, de 26 de febrero y EDU/169/2017 de 8 de marzo,…. En la página 9075, el apartado Cuadragésimo quinto.5, queda redactado de la forma siguiente: 45.5. Tanto los listados de participantes como los listados de baremación y acreditación provisionales y los definitivos incluirán, al menos, los siguientes datos de los  solicitantes: Nombre, apellidos y cuatro últimas cifras del documento nacional de identidad de los participantes o análogo para los aspirantes de nacionalidad distinta a la española, especialidades, acreditación de la competencia lingüística para aquellos que la hubieran solicitado, así como, en el supuesto de exclusión, la causa de la misma. En la página 9080, Anexo I, en el cuadro MODALIDAD DE BAREMACIÓN, Donde dice: Por cada apartado deberá elegir una única modalidad de baremación, de conformidad con el apartado Trigésimo séptimo de la convocatoria. Debe decir: Por cada apartado deberá elegir una única modalidad de baremación, de conformidad con el apartado Cuadragésimo de la convocatoria. En la página 9130, Anexo XII, en el apartado Cuerpo de Enseñanza Secundaria (0590), se añade la siguiente especialidad……
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