#UGToposicionesEEMMclm2021 – Listados definitivos de seleccionados. Presentación de documentación (plazo10 días hábiles). Reclamaciones por recurso de alzada (plazo 1 mes)
LISTADOS DE SELECCIONADOS
RECLAMACIÓN POR RECURSO DE ALZADA (PLAZO DE UN MES)
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Listas definitivas de seleccionados. Concurso – oposición Enseñanzas Medias 2021 |
Actualizado el:30/07/2021
Publicadas las listas definitivas de seleccionados correspondientes a los procesos selectivos de los Cuerpos de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Música y Artes Escénicas, convocados por resoluciones de 12/02/2021. Fecha de publicación:30/07/2021
Pulse en la siguiente información relacionada para acceder a los listados: |
Listas definitivas de seleccionados. Concurso – oposición Enseñanzas Medias 2021. Turno Libre |
Actualizado el:30/07/2021
Publicadas las listas definitivas de seleccionados correspondientes a los procesos selectivos de los Cuerpos de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Música y Artes Escénicas, convocados por resoluciones de 12/02/2021. |
Listas definitivas de seleccionados. Concurso – oposición Enseñanzas Medias 2021. Turno Personas con Discapacidad |
Actualizado el:30/07/2021
Publicadas las listas definitivas de seleccionados correspondientes a los procesos selectivos de los Cuerpos de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Música y Artes Escénicas, convocados por resoluciones de 12/02/2021. |
Reclamaciones al listado provisional de aspirantes seleccionados
Extracto de la convocatoria de oposición
49. Las comisiones de selección expondrán en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en cuya sede hayan actuado, las listas de aspirantes seleccionados, dando un plazo de dos días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación para que los interesados puedan presentar reclamaciones ante la propia comisión de selección por los errores que pudieran existir. Estas listas se publicarán también en la página web del Portal de Educación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (www.educa.jccm.es).
Una vez examinadas las reclamaciones que, en su caso, se presenten, las comisiones de selección publicarán en los mismos lugares indicados anteriormente las listas definitivas de seleccionados en la fecha que se establezca mediante Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa. Un ejemplar de estas listas se elevará al órgano convocante quedando el resto de la documentación bajo custodia de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes correspondiente a la provincia de gestión de especialidad.
50. Contra estas listas definitivas de aspirantes seleccionados podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
51. En ningún caso podrá declararse que ha superado el concurso-oposición mayor número de aspirantes que el número de plazas convocadas, teniendo presente lo dispuesto en el número 31 de la base sexta de la presente convocatoria.
INFORMACIÓN RELACIONADA:
Reclamaciones mediante recurso de alzada. Plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la resolución.
Ponemos a disposición de nuestr@s afiliad@s un modelo de reclamación editable. Ponte en contacto con nosotros si quieres que te enviemos el modelo y que te orientemos y asesoremos en su elaboración.
- UGT INFORMA: Lugar de presentación y registro:
- Os recomendamos registrarlo personalmente en los registros de las Direcciones Provinciales de la provincia de gestión, o Consejería de Educación, Cultura y Deportes de JCCM (ver ubicaciones en Google Maps)
- También puedes registrar dicho recurso:
- En las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- A través de Correos, en sobre abierto.
- Más información: Contacto con Direcciones Provinciales de Educación y Consejería / Registro electrónico JCCM
- Os recomendamos registrarlo personalmente en los registros de las Direcciones Provinciales de la provincia de gestión, o Consejería de Educación, Cultura y Deportes de JCCM (ver ubicaciones en Google Maps)
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
(según Resolución de 30/07/2021 publicada)
3.- En el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de las listas definitivas de aspirantes que han superado el proceso selectivo de ingreso, los aspirantes seleccionados deberán presentar en la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes correspondiente a la provincia de gestión de especialidad, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la documentación requerida en las bases 54ª y siguientes de la resolución de convocatoria de 12/02/2021.
Asimismo, y en idéntico plazo (10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de las listas definitivas de aspirantes que han superado el proceso selectivo de ingreso), los aspirantes seleccionados deberán aportar los documentos originales de los méritos que hayan hecho valer en el proceso selectivo, a efectos de su cotejo con las copias aportadas en su día junto a la solicitud de participación. No tendrán que aportar documentación referida a méritos que la Administración le mostró al interesado y que éste validó o confirmó al presentar su instancia, ya que se trata de méritos que obran en poder de esta Administración.
- UGT INFORMA: Lugar de presentación y registro:
- Os recomendamos registrarlo personalmente en los registros de las Direcciones Provinciales de la provincia de gestión, o Consejería de Educación, Cultura y Deportes de JCCM (ver ubicaciones en Google Maps)
- También puedes registrar dicho recurso:
- En las oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- A través de Correos, en sobre abierto.
- Más información: Contacto con Direcciones Provinciales de Educación y Consejería / Registro electrónico JCCM
- Os recomendamos registrarlo personalmente en los registros de las Direcciones Provinciales de la provincia de gestión, o Consejería de Educación, Cultura y Deportes de JCCM (ver ubicaciones en Google Maps)
- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: (BASES 54 Y SIGUIENTES – Resolución de 12/02/2021 – CONVOCATORIA DE OPOSICIÓN)
a) Original del título alegado para participar o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título, cuya fotocopia o documento digitalizado fue presentado en plazo junto a la solicitud de participación.
En el caso de que la fecha del título o de la certificación académica sea posterior al día en que expiró el plazo de presentación de solicitudes fijado en la convocatoria, deberá hacerse constar la fecha de terminación de los estudios.
b) Declaración jurada o promesa, según el modelo que figura como anexo V a esta convocatoria, de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni ser funcionario de carrera o en prácticas o estar pendiente de nombramiento como funcionario de carrera del Cuerpo al que se opta.
c) Con carácter previo al nombramiento en prácticas, la Administración podrá requerir (REQUIERE, SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN DE 30/07/2021) al interesado que aporte los originales de cuanta documentación haya presentado a efectos de la fase de méritos del proceso selectivo, con la finalidad de cotejar dichos originales con la documentación aportada en dicha fase. En el caso de que, como consecuencia de la comprobación de los originales y su cotejo con las copias aportadas, se constate que el interesado ha aportado documentación relativa a méritos que no posee, o ha alegado méritos que no le corresponden, ello podrá suponer la exclusión del aspirante del proceso selectivo decayendo de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en dicho proceso.
d) Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales. Deberán aportar esta certificación aquellos aspirantes que no hayan autorizado a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes a recabar de oficio la mencionada certificación.
55. Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar en tal caso una certificación u hoja de servicios de la Consejería, Ministerio u Organismo del que dependan, para acreditar tal condición, en la que se consignen de modo expreso los siguientes datos:
a) Indicación del Cuerpo, área o especialidad al que pertenecen, número de registro de personal y si se encuentran en servicio activo.
b) Lugar y fecha de nacimiento.
c) Título académico que poseen y fecha de expedición.
Si en la certificación no puede hacerse constar alguno de los requisitos exigidos para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria o, en su caso, en el Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas por no obrar en los expedientes personales de los interesados, éstos deberán remitir separadamente la documentación que los acredite.
56. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación requerida, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base tercera de esta convocatoria no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir.
57. Los aspirantes que habiendo superado los procesos selectivos ya estén prestando servicios remunerados en la administración como funcionarios de carrera, interinos o como personal laboral, sin perjuicio de la situación administrativa o laboral que, de acuerdo con la normativa vigente, les corresponda, deberán formular opción por la percepción de remuneraciones durante su condición de funcionarios en prácticas de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero (BOE de 6 de marzo).
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