UGT INFORMA: A partir del 1 de enero se recupera el 100% de retribuciones por Incapacidad Temporal (baja) y se eliminan los griposos.
EN CASO DE INCAPACIDAD TEMPORAL (BAJA)
A partir del 1 de enero de 2020 se percibirá el 100% de las retribuciones fijas correspondientes al mes de inicio de la incapacidad temporal, cualquiera que sea la causa de la enfermedad o del accidente que dé lugar a la situación de incapacidad
temporal.
EN CASO DE AUSENCIAS SIN BAJA (IT)
A su vez, a partir del 1 de enero de 2020 dejarán de ser aplicables los descuentos en la NÓMINA por ausencia al trabajo por enfermedad o accidente que no dé lugar a una situación de incapacidad temporal previstos en la normativa citada anteriormente ni podrán concederse los días de ausencia que no conllevan ninguna deducción de retribuciones (conocidos
como “griposos”).
Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2020 será necesario justificante médico en ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a Incapacidad Temporal.
Instrucción-Ley-112019-de-20-de-diciembre-de-Medidas-Administrativas-y-Tributarias-de-Castilla-La-Mancha-referente-a-Complemento-IT https://educacion.fespugtclm.es/ugt-informa-a-partir-del-1-de-enero-se-recupera-el-100-de-retribuciones-por-incapacidad-temporal-baja-y-se-eliminan-los-griposos/https://educacion.fespugtclm.es/storage/2019/09/UGT-INFORMA11-550.jpghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/2019/09/UGT-INFORMA11-550-150x150.jpgAusencias y bajasNORMATIVA DE INTERÉS PARA EL DOCENTEÚLTIMAS NOTICIAS: E. PÚBLICAEN CASO DE INCAPACIDAD TEMPORAL (BAJA) A partir del 1 de enero de 2020 se percibirá el 100% de las retribuciones fijas correspondientes al mes de inicio de la incapacidad temporal, cualquiera que sea la causa de la enfermedad o del accidente que dé lugar a la situación de incapacidad temporal. EN...EnseñanzaEnseñanza ensenanza.toledo@fespugtclm.esAdministratorEnseñanza UGT Servicios Públicos CLM