Únete a nuestros canales informativos:    telegram" Icon - Download for free – Iconduck Telegram     Archivo:WhatsApp.svg - Wikipedia, la enciclopedia libreWhatsapp


Publicada la Orden 140/2024, de 28 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se dictan instrucciones sobre medidas educativas, organizativas y de gestión para el desarrollo del curso escolar 2024/2025 en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha

 


Se modifican las Órdenes de Organización y funcionamiento

  • Aspectos del contenido y gestión los documentos programáticos de centro (Proyecto Educativo, Programación General Anual y Programaciones Didácticas).
    • El PE y la PGA se realizarán a través de Educamos, y el resto de documentos y actas y partes mensuales de ausencia del profesorado se grabarán en el módulo de “Gestión de Documentos”.
    • Las programaciones didácticas de Infantil, Primaria, ESO y de Bachillerato se podrán realizar a través de EducamosCLM, no siendo preciso presentar la programación didáctica en tal caso.
    • Los orientadores y orientadoras grabarán las evaluaciones psicopedagógicas y dictámenes de escolarización a través de la plataforma EducamosCLM, en el módulo gestión educativa y mediante el apartado de inclusión educativa.
    • En los CEPAs se grabarán diariamente las ausencias del alumnado en EducamosCLM.
  • Reuniones de coordinación docente: se podrán celebrar de forma presencial o telemática siempre que así lo decida el claustro y, en su caso, el órgano convocante, excepto la sesión final de evaluación que será presencial, así como las sesiones de las las enseñanzas que tengan convocatoria ordinaria y extraordinaria, o primera y segunda convocatoria ordinaria. Esto es posible gracias al Acuerdo de Mejoras firmado por UGT y ANPE.

Se modifican cuestiones del Horario del profesorado

  • Gracias al Acuerdo de Mejoras firmado por UGT y ANPE, el profesorado de Enseñanzas Medias tendrá 19 horas lectivas, y quien excepcionalmente supere las 19, tendrá una reducción de 2 complementarias por cada hora excedida, como sucedía ya desde mucho antes de los recortes.
  • Gestión del banco de libros: la dirección podrá designar al profesorado que considere necesario sin que ello suponga ampliar el horario, ni los días de permanencia (del 1 de septiembre al 30 de junio). Se podrán asignar para estas tareas horas lectivas de la bolsa de horas para los planes establecidos en las respectivas órdenes de organización y funcionamiento. UGT se mostró en contra de esta medida, pues consideramos que se les deben dar horas adicionales, y no darles horas quitándoselas a otros coordinadores.
  • Proyectos Erasmus+ y e-Twinning:
    • La Coordinación de un proyecto Erasmus+ en un centro educativo que cuente con la acreditación Erasmus o en un centro educativo que cuente con la Carta ECHE, contará con las siguientes horas:
      • Hasta veinte movilidades: Una lectiva y dos complementarias.
      • De veintiuna a cuarenta movilidades: Una lectiva y tres complementarias.
      • De cuarenta y una a sesenta movilidades: Dos lectivas y tres complementarias.
      • De sesenta y una movilidades en adelante: Dos lectivas y cuatro complementarias.
      • Cuando en estos proyectos se gestionen movilidades de larga duración, se dotará al profesorado coordinador con una hora complementaria extra.
    • El profesorado coordinador de un proyecto Erasmus+ en un centro educativo no acreditado, así como el profesorado coordinador de una Acción Clave 2, contará con una lectiva y dos horas complementarias. Cuando en estos proyectos se gestionen movilidades de larga duración, se podrá dotar al profesorado coordinador con una hora complementaria extra.
    • El profesorado coordinador de un proyecto Erasmus+ en un centro participante en un Consorcio Erasmus+ coordinado por la Consejería o Delegaciones Provinciales, contará con una lectiva semanal y dos complementarias.
    • El profesorado coordinador de un proyecto eTwinning que vaya a tener una duración mínima de 4 meses contará con dos horas complementarias.
    • Los centros educativos participantes en proyectos Erasmus+ que contemplen el desarrollo de un proyecto eTwinning como herramienta de colaboración, desarrollo, implementación y/o difusión del proyecto Erasmus+ tendrán la asignación horaria que corresponda por el proyecto Erasmus.
    • El profesorado Embajador eTwinning contará con dos horas lectivas y dos horas complementarias
  • Horas de reducción en centros que imparten FP
    • Coordinador Skills: 3 horas complementarias
    • Tutor o tutora de WorldSkills y EuroSkills: 1 hora lectiva y 2 complementarias
    • Tutor o tutora de SpainSkills: 3 horas complementarias.
    • Tutor o tutora CLMSkills: 3 periodos lectivos cuando el profesorado libere horas de módulos profesionales de 2º curso, durante la realización de la Formación en Centros de Trabajo.
    • Tutoría desempeñada por el responsable del periodo de formación en empresa o, en su caso, del módulo de Formación en centros de trabajo:
      • Tutores y tutoras de primer curso: Un periodo lectivo y de dos a tres periodos complementarios.
      • Tutores y tutoras de segundo curso (y tercero en su caso):
        • Un periodo lectivo y de dos a tres periodos complementarios, en el caso de grupos con un número igual o inferior a 9 alumnos o alumnas.
        • Dos periodos lectivos y de dos a tres periodos complementarios, en el caso de grupos con un número de entre 10 y 20 alumnos o alumnas.
        • Tres periodos lectivos y de dos a tres periodos complementarios, en el caso de grupos con un número superior a 20 alumnos o alumnas.
        • Para el desarrollo de sus funciones los tutores y tutoras de dual del centro educativo podrá ser de aplicación la letra j) del artículo 17 de la Orden 118/2022, de 14 de junio (El profesorado de módulos profesionales, que interrumpa la actividad lectiva al iniciarse la formación en los centros de trabajo, podrá aplicar una distribución ponderada a lo largo del curso escolar. Además, en los periodos de desarrollo de formación en centros de trabajo dedicará su jornada lectiva disponible a las funciones que le encomiende la dirección del centro y/o a las recogidas en la normativa específica vigente)
        • UGT está en contra de esta distribución de horas, y ya en mayo pedimos 4 horas lectivas para todos los tutores de FP Dual.

 Centros con proyectos bilingües y plurilingües

  • Los centros que en el curso 2023/2024 hayan requerido adaptación o modificación de su proyecto bilingüe o plurilingüe por no cumplir con los requisitos derivados de la modificación de la Ley de Educación llevarán a cabo la propuesta de adaptación o modificación aprobada por el Servicio de Plurilingüismo.
  • Los centros a los que se les haya autorizado el abandono de sus proyectos garantizarán la impartición de las áreas autorizadas en L2 y, en su caso, L3, respetando el calendario de abandono del proyecto.
  • Las adaptaciones o modificaciones mencionadas anteriormente serán incluidas en la PGA
  • En Primaria, los centros que vayan a continuar impartiendo en L2 el área de Ciencias de la Naturaleza o de Ciencias Sociales mantendrán los libros de texto que hayan usado durante el curso 2023/2024, salvo que hayan sido descatalogados o exista absoluta imposibilidad de suministro

Dispositivos móviles

  • En Infantil y Primaria, como regla general, el alumnado no asistirá con teléfonos móviles al centro.
  • En ESO, como regla general, el uso de teléfonos móviles no estará permitido durante la jornada escolar, salvo si es con fines pedagógicos y bajo la supervisión del profesorado.
  • En Bachillerato, FP y Enseñanzas de Régimen Especial, como regla general, el uso de teléfonos móviles no estará permitido dentro del aula, excepto si es con fines pedagógicos y bajo la supervisión del profesorado.
  • Los centros regularán en las Normas de Organización, Funcionamiento y Convivencia el uso de móviles y otros dispositivos teniendo en cuenta lo establecido en este artículo.

Acceso a centros educativos públicos

  • Podrán acceder las personas que forman parte de la comunidad educativa según lo establecido por el propio centro, representantes de organizaciones sindicales, y personas que, no formando parte de la comunidad educativa, realizan funciones educativas asignadas de dirección, inspección, asesoramiento y/o evaluación, o aquellos que participan en actividades educativas aprobadas en la Programación General Anual, además del personal de servicios bajo la autorización de la dirección del centro.
  • Toda otra persona que quiera acceder a un centro, deberá presentar una solicitud dirigida a la persona titular de la Delegación Provincial de Educación, indicando el motivo de la visita, los días y el horario en que sería realizada.

Atención del alumnado entre sesiones de evaluación

  • Los centros docentes, desarrollarán actividades para el alumnado que favorezcan la consolidación y profundización o recuperación, en su caso, de las distintas competencias
  • El alumnado de Ciclos de Grado Básico, Medio y Programas Específicos de FP que haya superado el curso en la primera evaluación ordinaria final, recibirá atención educativa por parte del profesorado de cada módulo profesional hasta la finalización del periodo lectivo.
  • El alumnado de Ciclos de Grado Superior y Cursos de Especialización que haya superado el curso en la primera evaluación ordinaria final podrá recibir atención educativa por parte del profesorado de cada módulo hasta la finalización del periodo lectivo.
  • El alumnado de FP que deba presentarse a la segunda evaluación ordinaria desarrollará las actividades de recuperación correspondientes conforme a lo establecido en la Programación didáctica.
  • En Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño la atención al alumnado se realizará en los términos siguientes:
    • El alumnado de Ciclos Formativos de Grado Medio que haya superado el curso en la primera sesión de evaluación final del primer o del segundo curso, recibirá atención educativa por parte del profesorado de cada módulo hasta la finalización del periodo lectivo.
    • El alumnado de Ciclos Formativos de Grado Superior que haya superado el curso en la primera evaluación ordinaria final podrá recibir atención educativa por parte del profesorado de cada módulo hasta la finalización del periodo lectivo
    • El alumnado de Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño que deba presentarse a la segunda sesión de evaluación final del primer o del segundo curso desarrollará las actividades de recuperación correspondientes conforme a lo establecido en la Orden 70/2019, de 30 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la ordenación y evaluación académica y los aspectos básicos del proceso de admisión de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
  • El alumnado de Enseñanzas de Música y Danza que haya superado el curso en la primera sesión de evaluación final podrá recibir atención educativa por parte del profesorado del centro hasta la finalización del periodo lectivo.
  • El alumnado de Enseñanzas de Música y Danza que deba presentarse a la convocatoria extraordinaria realizará el procedimiento de recuperación conforme a lo establecido en las programaciones didácticas. Durante el periodo comprendido entre la evaluación ordinaria y la finalización de la actividad lectiva, los centros, en ejercicio de su autonomía pedagógica y organizativa, podrán adecuar el horario del profesorado y del centro al cumplimiento de las actividades que deban desarrollarse en dicho periodo, sin perjuicio de garantizar la prestación de la actividad al alumnado que lo requiera en el horario ordinario del centro siempre que sea compatible con el resto de las actividades.
  • La planificación de los cambios metodológicos y organizativos necesarios para llevar a cabo las actividades que se desarrollen en este artículo será reflejada en la Programación General Anual del correspondiente curso escolar.

Actividades docentes durante el periodo comprendido entre la evaluación final u ordinaria y la finalización del curso escolar

  • En función de las enseñanzas que se impartan en los centros y de su organización específica, los docentes se dedicarán a las siguientes actividades:
    • Actividades de recuperación
    • Actividades de repaso y profundización.
    • Preparación y evaluación de pruebas extraordinarias, memorias, informes, programaciones o cualquier otra actividad o tarea administrativa incluida de manera específica en la normativa vigente.
    • Pruebas de acceso.
    • Cualesquiera otras actividades de gestión que puedan ser encomendadas por el equipo directivo y que puedan ser necesarias para finalizar adecuadamente el curso escolar.

Recursos didácticos y materiales curriculares

  • Los recursos didácticos y materiales curriculares empleados en el desarrollo de las materias optativas propias de centro respetarán los principios del Diseño Universal de Aprendizaje, así como los principios de equidad, diversidad e igualdad.

Protección de datos personales

 

  • Los tratamientos de datos personales del alumnado, del profesorado y del resto de las personas integrantes de la comunidad educativa se realizarán conforme a lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la disposición adicional vigesimotercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y demás normas e instrucciones aplicables en esta materia. En el Portal de Educación, a través del espacio destinado a la protección de datos en los centros educativos (https://www.educa.jccm.es/es/centros/organizacion-funcionamiento/proteccion-datos-centros-educativos), se recogen algunas instrucciones y guías que deberán ser tenidas en cuenta en los tratamientos de datos personales.
  • La creación y modificación en el Registro de Actividades de Tratamiento (RAT) de esta Administración de los tratamientos de grabación y difusión de imágenes con fines de promoción de las actividades de los centros o de la Administración educativa, así como los derivados de la instalación en los centros educativos de sistemas de videovigilancia, deberá realizarse a través del módulo denominado “LOPD” del espacio de seguimiento educativo de la plataforma EducamosCLM, en el que figura asimismo información sobre ambos tratamientos. La creación o modificación de otros tratamientos de datos personales realizados, en su caso, por los centros educativos podrá proponerse a través del área encargada de esta materia de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
  • La comunicación entre el centro y las familias para la función tutorial o de carácter administrativo que implique el tratamiento de datos personales, así como otras actuaciones previstas en la normativa de organización de los centros y otras normas específicas deberá efectuarse a través de la plataforma EducamosCLM y, en su caso, de los recursos digitales o sistemas de información proporcionados por la Administración educativa. En el proceso de enseñanza- aprendizaje se utilizará asimismo, con carácter preferente, EducamosCLM y otros recursos digitales facilitados a los centros por la Administración, aunque los centros docentes también podrán prever el uso de otros recursos digitales y plataformas distintos, siempre que estos sean aprobados por sus respectivos órganos de gobierno y cumplan las normas establecidas en materia de protección de datos personales y sobre seguridad de la información, así como los protocolos, instrucciones o procedimientos específicos aprobados, en su caso, por los correspondientes responsables.

Calendario de aplicación de evaluaciones

  • Primaria y ESO:
    • Sesiones de evaluación ordinarias: entre los días 20 y 25 de junio de 2025.
    • Las actas deben estar cerradas el día 26 de junio de 2025.
  • Primero de Bachillerato:
    • Sesiones de evaluación ordinaria: a partir del 11 de junio de 2025.
    • Pruebas extraordinarias de las materias no superadas: a partir del día 18 de junio de 2025.
    • Sesiones de evaluación extraordinaria: 24 y 25 de junio de 2025.
    • Las actas deben estar cerradas el día 26 de junio de 2025.
  • Ciclos formativos, programas específicos y cursos de especialización de FP
    • Para el primer curso y cursos de especialización de formación profesional que no incorporen el módulo profesional de formación en centros de trabajo en su currículo, la sesión de la primera evaluación ordinaria final se realizará a partir del 28 de mayo de 2025, y la sesión de la segunda evaluación ordinaria final se realizará a partir del 18 de junio de 2025.
    • Para el segundo curso y cursos de especialización de formación profesional que incorporen el módulo profesional de formación en centros de trabajo en su currículo, la sesión de la primera evaluación ordinaria final de los módulos profesionales se celebrará antes del inicio del periodo previsto para la realización de los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y, en su caso, de proyectos para ciclos de grado superior. La sesión de la primera evaluación ordinaria final de los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y, en su caso, de proyectos para ciclos de grado superior, y la sesión de la segunda evaluación ordinaria final del resto de módulos profesionales se realizará a partir del 18 de junio de 2025.
  • Enseñanzas Elementales y Profesionales de Música y de Danza:
    • Sesión de evaluación ordinaria final: a partir del 28 de mayo de 2025.
    • Sesión de la segunda evaluación ordinaria final: a partir del 13 de junio de 2025.
    • El calendario de evaluaciones de sexto curso de Enseñanzas Profesionales deberá adecuarse al calendario de evaluaciones de segundo curso de Bachillerato.
  • Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño:
    • Para el primer curso de ciclos formativos de artes plásticas y diseño, la sesión de la primera evaluación ordinaria final se realizará a partir del 28 de mayo de 2025.
    • Para el segundo curso de ciclos formativos de artes plásticas y diseño, la sesión de la primera evaluación ordinaria final de los módulos de formación en el centro se celebrará a partir del 11 de abril de 2024, y la sesión de la primera evaluación ordinaria final de la fase de formación práctica y de los módulos de Proyecto integrado y de Obra se realizará a partir del 28 de mayo de 2025.
    • Para el primer y segundo cursos de ciclos formativos de artes plásticas y diseño, la sesión de la segunda evaluación ordinaria final se realizará a partir del 18 de junio de 2025.
  • Enseñanzas artísticas superiores:
    • Sesión de la evaluación ordinaria final: a partir del 28 de mayo de 2025.
    • Sesión de la segunda evaluación ordinaria final: a partir del 18 de junio de 2025.
    • El calendario de evaluaciones de cuarto curso deberá adecuarse al currículo para permitir la realización del Trabajo fin de estudios y, en su caso, las prácticas externas.
  • Otras enseñanzas no universitarias:
    • Se ajustará a lo establecido en su normativa específica sobre evaluación.
https://educacion.fespugtclm.es/storage/NORMATIVApeque.jpghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/NORMATIVApeque-150x150.jpgUGT EnseñanzaSlideÚLTIMAS NOTICIAS: E. PÚBLICAÚnete a nuestros canales informativos:     Telegram     Whatsapp Publicada la Orden 140/2024, de 28 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se dictan instrucciones sobre medidas educativas, organizativas y de gestión para el desarrollo del curso escolar 2024/2025 en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha   Se...Sector Enseñanza de UGT Servicios Públicos Castilla-La Macha