Personal interino: hasta final de curso habrá que justificar el paso a No Disponible

 

Tal y como viene regulado en la orden de interinos, se puede modificar el estado de disponibilidad de cara a las adjudicaciones sin causa justificada solo hasta final de año. A partir del 1 de enero, se puede pasar de NO DISPONIBLE a DISPONIBLE libremente, pero el paso de DISPONIBLE a NO DISPONIBLE ya solo es posible si se aporta documentación acerca de una de las causas que lo justifique, según las causa justificadas recogidas en la orden, que son las siguientes:

  • enfermedad que debe acreditarse con certificado médico
  • estar trabajando en otro puesto (que puede ser de la función pública o del sector privado)
  • cuidado de hijo menor de 3 años (solo se puede alegar una vez por curso)
  • cuidado de familiar enfermo que no pueda valerse y no desempeñe actividad retribuida (solo se puede alegar una vez por curso)
  • maternidad/paternidad/lactancia
  • otras causas justificadas apreciadas libremente por la administración

El estado de disponibilidad afecta a todas las especialidades habilitadas (en el caso de la bolsa de Maestr@s) y a todas las bolsas de todos los cuerpos en las que se esté. Desde UGT reclamamos a la Consejería que la disponibilidad pueda cambiarse sin tener que alegar causa justificada y que pueda hacerse por bolsa/especialidad, sin que afecte al conjunto de todas ellas.

 

Guía del personal interino de Enseñanzas Medias:

Archivo:PDF file icon.svg - Wikipedia, la enciclopedia libre  Descargar en PDF 

Guía del personal interino del cuerpo de Maestr@s:

Archivo:PDF file icon.svg - Wikipedia, la enciclopedia libre  Descargar en PDF

 

 

https://educacion.fespugtclm.es/storage/disponibilidadmini24.jpghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/disponibilidadmini24-150x150.jpgUGT EnseñanzaAdjudicaciones centralizadasBolsas de trabajo CLMINTERINOSSlideÚLTIMAS NOTICIAS: E. PÚBLICAUncategorized  Tal y como viene regulado en la orden de interinos, se puede modificar el estado de disponibilidad de cara a las adjudicaciones sin causa justificada solo hasta final de año. A partir del 1 de enero, se puede pasar de NO DISPONIBLE a DISPONIBLE libremente, pero el paso de...Sector Enseñanza de UGT Servicios Públicos Castilla-La Macha

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Comisiones de servicio para el cuidado de ascendientes que lo requieran por razón de edad y se encuentren a cargo (Código 0145)

Comisiones de servicio para el cuidado de familiares con discapacidad hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que se encuentren a cargo de la persona solicitante y tengan limitada gravemente su autonomía para hacer actividades de la vida cotidiana (Código 0143)