Publicada la Relación definitiva de personas solicitantes admitidas y excluidas.

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Relación provisional de personas solicitantes admitidas y excluidas en el proceso de selección

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Valoración estadística 

El número de centros en los que no hay candidaturas es muy elevado, como consecuencia sin duda de que la función directiva cada vez es menos atractiva debido a la sobrecarga de trabajo y al escaso reconocimiento a esta labor. Nos encontramos con que en un 31,76% de los centros donde hay que seleccionar director no hay candidato alguno. El desglose por provincias es el siguiente:

  • En Albacete, 7 centros de 35 (el 20% de los centros)
  • En Ciudad Real, 11 de 44 (el 25% de los centros)
  • En Cuenca, 5 de 15 (33,33% de los centros)
  • En Guadalajara, 7 de 19 (36,84% de los centros)
  • En Toledo, 17 de 35 (48,57% de los centros)

Pero, además, en la mayoría de los que hay candidatura, hay una única candidatura. Solo hay más de una candidatura en 4 de los 148 centros (1 en la provincia de Ciudad Real y 3 en la provincia de Albacete), lo que supone únicamente un 2,7% de los centros. Esto evidencia que, además del escaso interés en el acceso a la dirección del centro por parte del colectivo docente, por causas justificadas, no hay tampoco un sistema que permita elegir entre varias opciones.

 

 

Información previa

Publicada la Resolución de 29/11/2023, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca concurso de méritos para la selección y nombramiento de directoras y de directores de los centros docentes públicos no universitarios de Castilla-La Mancha.

Para este curso, se procede únicamente a la selección en los centros docentes públicos cuyas directoras o directores cesan durante este curso. No existe posible renovación en ningún centro.


Participantes y requisitos

Las personas participantes en el concurso de méritos solo podrán optar a la dirección de un único centro docente. Podrán participar funcionarios/as de carrera de los diferentes cuerpos docentes que ejerzan la docencia en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el centro a que se opta y que reúnan los siguientes requisitos:

  • Tener una antigüedad de al menos cinco años como personal funcionario de carrera en la función pública docente.
  • Haber ejercido funciones docentes como personal funcionario de carrera, durante un período de al menos cinco años, en alguna de las enseñanzas que ofrece el centro a que se opta.
  • Estar en posesión de la certificación acreditativa de haber superado un curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva, impartido por el Ministerio de Educación, y Formación Profesional o por las Administraciones educativas de las comunidades autónomas, con validez en todo el territorio nacional o estar realizando el citado curso cuya finalización y superación debe ser antes del nombramiento. Las habilitaciones y acreditaciones de directoras y directores de centros públicos expedidas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, se considerarán equivalentes a la certificación acreditativa de haber superado el curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva.
  • Presentar un proyecto de dirección que incluya, entre otros elementos, los objetivos, las líneas de actuación y la evaluación del mismo.

En los centros específicos de Educación Infantil, en los incompletos de Educación Primaria, en los de Educación Secundaria con menos de ocho unidades, en los que impartan enseñanzas artísticas profesionales, deportivas, de idiomas o las dirigidas a personas adultas con menos de ocho docentes, las candidaturas quedarán eximidas del cumplimiento de los requisitos establecidos en los subapartados a) y b) del apartado 1 anterior, en caso de que ninguna candidatura los cumpliera.

El cumplimiento de los requisitos debe referirse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como director o directora, con la excepción de la formación sobre la función directiva.


Centros

 

  •  Relación provisional de vacantes publicadas en la resolución en las provincias en las que aún no se han publicado las definitivas

 

 

 

 

 

 


Presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será del del 17/01/2024 al 24/01/2024. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Delegación Provincial de Educación que corresponda al centro solicitado. Las solicitudes se presentarán de forma telemática, con firma electrónica, a través del formulario accesible desde la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). En el formulario se incluyen la declaración responsable y las correspondientes autorizaciones para la comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos. Los documentos que se precisen incluir con la solicitud deberán ser digitalizados y presentados como archivos adjuntos a la misma.

 

ACCESO AL TRAMITE AQUÍ

 

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

  • Un ejemplar del proyecto de dirección, de acuerdo con las especificaciones recogidas en el anexo I de la Orden 170/2021 que se muestran a continuación.
  • La documentación acreditativa de los méritos académicos, formativos y profesionales, conforme a lo establecido en el baremo que figura en el anexo II de la Orden 170/2021, que se muestra a continuación. No se admitirá para su valoración ningún mérito que no haya sido invocado durante el plazo de presentación de solicitudes.

  • Las personas solicitantes no tendrán obligación de presentar los documentos acreditativos que ya obren en poder de la Administración relativos a los requisitos de participación y a los méritos, que se comprobarán de oficio salvo que conste expresamente la oposición expresa de los interesados a dicha comprobación de oficio, en cuyo caso estos deberán aportar, junto con la solicitud, la documentación correspondiente

Calendario

  • Presentación de solicitudes: del 17 al 24 de enero de 2024
  • Publicación en el portal de educación de la relación provisional de la personas solicitantes admitidas y excluidas: 6 de febrero de 2024
  • Reclamaciones por exclusiones; 7 al 9 de febrero
  • Publicación de las resoluciones que aprueben las listas definitivas de las personas admitidas y excluidas en el procedimiento de Selección: 19 de febrero de 2024. Contra dicha resolución podrá interponerse, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente recurso de alzada.
  • Remisión de los proyectos de dirección a los centros: cinco días a partir del 19 de febrero.
  • La fecha límite para constituir las comisiones de selección, en los centros donde corresponda, será el 12 de abril de 2024. En casos excepcionales, esta fecha podrá ampliarse con la autorización del Servicio de Inspección de Educación Provincial correspondiente.
  • El día 24 de mayo es el límite para publicar por parte de las comisiones la lista de calificaciones con las puntuaciones de cada apartado del procedimiento.
  • Del 27 de mayo al 3 de junio se podrán presentar alegaciones y subsanar en su caso la documentación de los méritos alegados.
  • Del 4 al 5 de junio, la presidencia de la comisión de selección propondrá el nombre de la persona seleccionada.
  • El proceso debe concluir como máximo el 10 de junio de 2024.

Valoración de los proyectos

Las comisiones de selección utilizarán para la valoración de los proyectos de dirección los criterios establecidos en el anexo II de la Resolución, que se muestran a continuación:

1.- Presentación y justificación del Proyecto:

  • 1.1. El marco institucional: Fundamentación normativa:
    • Referencia adecuada a la normativa vigente.
  • 1.2. Presentación de los integrantes del equipo directivo; breve descripción de la trayectoria profesional y formativa de la persona solicitante y del resto del profesorado que compondrá su equipo directivo:
    • Adecuación de la trayectoria profesional para el desempeño del puesto del equipo directivo que ostentará.
    • Adecuación de la formación adquirido para el desempeño del puesto del equipo directivo que ostentará.

2. – Descripción del contexto general del centro:

    • Adecuación a la organización interna del centro.
    • Adecuación a las necesidades y expectativas de la comunidad educativa.
    • Adecuación a la naturaleza e incidencia del entorno social, económico, cultural y laboral en el centro educativo.

 

3. – Propuestas de actuación (objetivos y tareas) a desarrollar durante el ejercicio de la dirección en relación con los siguientes ámbitos:

  • 3.1. La coordinación y participación de los órganos colegiados y de coordinación docente, el desarrollo de enfoques inclusivos en los procesos de enseñanza y aprendizaje:
    • Coherencia con los documentos institucionales del centro.
    • Coherencia con las necesidades y expectativas de la comunidad educativa.
    • Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para mejorar la participación y el funcionamiento de los órganos colegiados y de coordinación docente.
    • Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para la mejora del rendimiento académico del alumnado.
    • Adecuación de las actuaciones y medidas de inclusión educativa dirigidas a identificar y superar las barreras para el aprendizaje y la participación de todo el alumnado y favorecer el progreso educativo de todo el alumnado.
    • Adecuación las actuaciones y medidas propuestas para la prevención del absentismo escolar y del abandono escolar temprano.
  • 3.2. La administración y gestión de la convivencia y la participación, promoviendo la mediación para la resolución de conflictos Las medidas coeducativas; la promoción de la igualdad, la tolerancia y la diversidad; la prevención de los comportamientos discriminatorios y de la violencia de género entre el alumnado:
    • Coherencia con los documentos institucionales del centro.
    • Coherencia con las necesidades y expectativas de la comunidad educativa.
    • Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para la mejora de la convivencia y la participación en el centro.
    • Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para la promoción de la mediación en la resolución de conflictos.
    • Adecuación de las actuaciones y medidas coeducativas propuestas.
  • 3.3. Las relaciones con el entorno, la colaboración con las familias, otras instituciones y organismos y la propia Administración educativa:
    • Coherencia con los documentos institucionales del centro.
    • Coherencia con las necesidades y expectativas de la comunidad educativa
    • Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para mejorar las relaciones, la implicación y el compromiso del alumnado.
    • Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para mejorar las relaciones, la implicación y el compromiso de las familias.
    • Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para mejorar las relaciones, la implicación y el compromiso de otras instituciones y organismos y de la propia Administración educativa.
  • 3.4. La administración y gestión de los recursos a través de la organización y funcionamiento adecuado del centro:
    • Coherencia con los documentos institucionales del centro.
    • Coherencia con las necesidades y expectativas de la comunidad educativa.
    • Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas para la mejora de la administración y gestión de los recursos materiales del centro.
    • Adecuación de las actuaciones y/o medidas económicas propuestas para la mejora de la administración y gestión de los recursos humanos del centro.
  • 3.5. El impulso de líneas prioritarias de formación e innovación educativa que mejoren la calidad y la eficacia del centro:
    • Coherencia con los documentos institucionales del centro.
    • Coherencia con las necesidades y expectativas de la comunidad educativa.
    • Adecuación de las líneas prioritarias de formación a las necesidades detectadas en el centro y a las prioridades establecidas en el Proyecto Educativo.
    • Adecuación de las actuaciones y medidas propuestas de innovación educativa, tanto de tipo organizativo como didáctico.

 

4.- El desarrollo de los procesos de evaluación interna y la evaluación del proyecto de dirección:

    • Coherencia con los documentos institucionales del centro.
    • Coherencia con las necesidades y expectativas de la comunidad educativa.
    • Adecuación de la planificación y la organización de la evaluación interna del centro, encaminada a la mejora en los ámbitos curricular y organizativo para optimizar la respuesta educativa del alumnado.
    • Adecuación de los indicadores establecidos para la evaluación del logro de los objetivos planteados en el proyecto de dirección.
    • Adecuación de la temporalización, de las actuaciones, de los responsables de la evaluación y de los recursos previstos en el proyecto de dirección

Formación durante el primer año

Durante el primer curso del ejercicio de la función directiva el objetivo será completar la formación de los responsables de la dirección mediante la puesta en práctica de sus funciones y competencias. Asimismo, para el adecuado desarrollo de sus funciones, las personas responsables de la dirección contarán durante este periodo con el apoyo
y asesoramiento específicos de la Inspección de Educación y la colaboración de los órganos pertinentes de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes.

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha convocará un curso de perfeccionamiento y profundización en el ejercicio de la función directiva, con el fin de actualizar los conocimientos técnicos y profesionales necesarios para el desempeño de su cargo.

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