Publicada en el DOCM la Resolución de 01/12/2023, de la Dirección General de Innovación Educativa y Centros, por la que se establece la convocatoria de grupos de trabajo, seminarios y cursos de formación en centro para el curso 2023-2024 en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, dentro del Plan de Formación Permanente del Profesorado en Castilla-La Mancha.

Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática, con firma electrónica, a través de los formularios (anexos I al IV), conforme a la modalidad que se solicite, que estarán disponibles en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es ). Las solicitudes incluyen la autorización para la consulta y comprobación de datos, e irán acompañadas de la documentación que proceda, en su caso, que deberá ser digitalizada y presentada como archivos adjuntos de las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes inicialmente era de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (12 de diciembre al 3 de enero), pero se amplió al 12 de enero por Resolución de 14/12/2023, de la Dirección General de Innovación Educativa y Centros, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria de grupos de trabajo, seminarios y cursos de formación en centro para el curso 2023-2024 en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, dentro del Plan de Formación Permanente del Profesorado en Castilla-La Mancha.  El centro educativo, y en su nombre la persona responsable de la dirección deberá presentar una solicitud por cada acción formativa que se quiera desarrollar en su centro. En el caso de grupos de trabajo intercentros, presentará la solicitud el centro que coordine la acción formativa, expresando y recogiendo en la solicitud los centros educativos participantes. Se podrá participar, como máximo, en tres acciones formativas.

En los próximos días, además, se realizará una formación online a los Coordinadores de Formación online.

En dicha convocatoria se establecen las siguientes modalidades de formación en centros:

  1. Seminarios
  2. Grupos de trabajo de centro
  3. Grupos de trabajo intercentros
  4. Cursos de formación en centros

Las acciones formativas objeto de esta convocatoria deben basar su proyecto en las líneas estratégicas de actuación establecidas por el Plan Bienal de Formación del CRFP, que son

  • Innovación e investigación educativa y la competencia digital
  • Actividad física, arte y creatividad
  • Comunicación lingüística y plurilingüismo
  • Inclusión, igualdad y convivencia
  • Desarrollo profesional docente
  • Formación profesional

Además, la Dirección General de Inclusión y Programas, en el desarrollo y aplicación del Plan Estratégico de Inteligencia Emocional y Bienestar Socioemocional de la comunidad educativa de Castilla La Mancha, propone diferentes ejes de actuación para desarrollar en los centros educativos en la modalidad de grupo de trabajo y en coordinación con el CRFP, a través de la línea de Inclusión, igualdad y convivencia:

  • Eje I: Bienestar emocional en toda la comunidad educativa.
  • Eje II: Prevención del suicidio.
  • Eje III: Adicciones con o sin sustancias.

📆 Calendario

  • Presentación de solicitudes: 12 de diciembre al 3 de enero
  • Publicación de resolución provisional de actividades concedidas: hasta el 3 de febrero (máximo 16 de febrero).
  • Diez días hábiles para reclamaciones a partir de la publicación de la resolución provisional. (máximo 16 de abril)
  • Dos meses máximo de plazo para la publicación definitiva tras el final del periodo de reclamaciones. Las acciones formativas podrán ser desarrolladas a partir del día siguiente de la publicación de la resolución definitiva, hasta el 17 de mayo de 2024.
  • Se debe incluir la acción formativa y sus participantes en la plataforma del CRFP (http://centroformacionprofesorado.castillalamancha.es), en un plazo máximo de diez días hábiles desde el día siguiente a la fecha de publicación de la resolución definitiva (máximo 30 de abril)
  • La fecha límite para adjuntar todos los documentos y evaluar a los participantes es veinte días hábiles a partir del día siguiente a la finalización de la actividad.

Seminarios

En esta modalidad un grupo de docentes del mismo centro profundizan en el estudio de determinadas cuestiones educativas, tanto referentes a la ciencia disciplinar como a las didácticas de las mismas, a partir de la reflexión conjunta, del debate interno y del intercambio de experiencias, de acuerdo con las líneas básicas establecidas en su proyecto educativo.

  • La duración de los seminarios será de 10 o 20 horas
  • El número de participantes estará comprendido entre 5 y 20. En caso de estar debidamente justificada la superación de estos límites, deberá ser autorizada expresamente por la unidad provincial de formación. En la propuesta de la acción formativa deberá aparecer la relación nominal de solicitantes.
  • En la propuesta de seminario se establecerán los aspectos a trabajar en las reuniones, que deberán ser todas ellas presenciales, así como el tiempo de reunión previsto con una duración mínima de una hora que garantice su efectividad.
  • Las sesiones se realizarán teniendo en cuenta lo establecido en las órdenes que regulan la organización y funcionamiento de los centros.
  • La propuesta de personas expertas se realizará en el anexo I de solicitud. La aprobación de las ponencias quedará sujeta a su aceptación por parte de las unidades provinciales de formación de cada provincia.
  • El número de horas de ponencias por seminario será la de 2 horas máximo en seminarios de 10 horas y de 4 en seminarios de 20 horas.
  • g) Las personas expertas que realicen las ponencias, deberán pertenecer al propio centro y no figurarán como asistentes del seminario. Certificarán por un máximo de 1 crédito.
  • Deberá contar con la aprobación del equipo directivo y estar incluida en el plan de formación del centro y en la PGA.
  • La persona responsable de la coordinación del seminario será la persona designada como coordinadora de la formación y de la transformación digital en el centro educativo.
  • Se levantará acta de cada sesión, incluyendo la relación nominal y la firma de asistentes, los temas tratados y el horario de inicio y fin de la sesión.

 

Grupos de trabajo de centro

Es una modalidad formativa en la que un grupo de docentes pertenecientes a un mismo centro educativo interviene en un proceso formativo abierto y colaborativo con el fin de desarrollar el diseño de actividades, materiales y herramientas curriculares para su aplicación directa en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

  • La duración de los grupos de trabajo será de 10, 20 o 30 horas.
  • El número de asistentes será entre 4 y 10. En caso de estar debidamente justificada la superación de estos límites deberá ser autorizada expresamente por la unidad provincial de formación. En la propuesta de la acción formativa deberá aparecer la relación nominal de solicitantes.
  • El propio centro educativo establece el diseño según las directrices marcadas por el CRFP a través de las unidades provinciales de formación.
  • La propuesta debe estar incluida en el plan de formación del centro, así como en la PGA.
  • En la propuesta de grupo de trabajo se establecerá el calendario y temporalización con indicación de las sesiones presenciales que se vayan a celebrar para garantizar su correcto desarrollo y coordinación, así como el tiempo de reunión previsto que tendrá una duración mínima de una hora, con el fin de garantizar su efectividad. Se establece un mínimo de dos sesiones presenciales, una inicial y una final, además de aquellas necesarias para la correcta coordinación.
  • Las sesiones presenciales se realizarán teniendo en cuenta lo establecido en las órdenes que regulan la organización y funcionamiento de los centros.
  • El CRFP designará un asesor o asesora en cada una de las unidades provinciales de formación, responsable del seguimiento y evaluación del grupo de trabajo. La persona responsable de coordinación del grupo de trabajo será elegida por las personas participantes en el mismo.
  • Se levantará acta de cada sesión, incluyendo la relación nominal y la firma de los asistentes, los temas tratados y el número de horas de trabajo de la sesión.
  • La propuesta de grupos de trabajo que se pueden seleccionar desde cada uno de los ejes de actuación para el desarrollo del Plan Estratégico de Inteligencia Emocional y Bienestar Socioemocional de la comunidad educativa de Castilla La Mancha. La indemnización de estas ponencias externas al centro correrá a cargo del Programa de Bienestar Emocional en el ámbito educativo. Estos grupos de trabajo tendrán hasta seis horas de ponencias en modalidad online organizadas y gestionadas por la Dirección General de Inclusión y Programas Educativos y el Centro Regional de Formación del Profesorado. Los centros que realicen grupo de trabajo dentro del Plan Estratégico de Inteligencia Emocional y Bienestar Socioemocional mantendrán una reunión con el Servicio de Inclusión Educativa y Convivencia en el primer trimestre como guía y acompañamiento en esta formación. Los grupos son los siguientes:
    • Eje I: Bienestar emocional en toda la comunidad educativa. Grupo de trabajos:
      • Bienestar emocional del profesorado
      • Educación emocional
      • Bienestar emocional del alumnado vulnerable: Altas capacidades
      • Bienestar emocional del alumnado vulnerable: Dificultades específicas de aprendizaje
      • Bienestar emocional del alumnado vulnerable: Trastorno del espectro autista
      • Convivencia/Absentismo
    • Eje II: Prevención del suicidio. Grupo de trabajo:
      • Prevención del suicidio y conductas autolíticas
    • Eje III: Adicciones con o sin sustancias. grupo de trabajo:
      • Ayudantes TIC: prevención en las redes
  • Los grupos de trabajo relacionados con el Marco de Competencia Digital Docente (MCDD) podrán tener hasta 4 horas de ponencias. En estos grupos de trabajo, se desarrollarán indicadores de las siguientes áreas del MCDD: área 2 (contenidos digitales) y área 3 (enseñanza y aprendizaje) para la elaboración de los materiales educativos digitales del grupo de trabajo. La indemnización de estas ponencias externas al centro correrá a cargo del Programa de Cooperación Territorial para la mejora de la Competencia Digital Educativa #CompDigEdu, a través del instrumento financiero Next Generation EU, aprobado en 2020 por el Consejo Europeo, y dentro del marco del componente 19 “Plan Nacional de Competencias Digitales”, del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).

 

 Grupos de trabajo intercentros

Esta es una modalidad formativa en la que un grupo de docentes pertenecientes a distintos centros educativos interviene en un proceso formativo abierto, virtual y colaborativo con el fin de desarrollar programaciones, materiales y herramientas curriculares para su aplicación directa en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

  • La duración será de 10, 20 o 30 horas.
  • El número de asistentes será de 4 como mínimo y 10 como máximo. En la propuesta de la acción formativa deberá aparecer la relación nominal de solicitantes. En caso de estar debidamente justificada la superación de estos límites deberá ser autorizada expresamente por la unidad provincial de formación.
  • El centro educativo que coordina la acción formativa establecerá el diseño según las directrices marcadas por el CRFP a través de las unidades provinciales de formación.
  • En este caso, la persona que asuma la coordinación del grupo de trabajo será un miembro del centro educativo coordinador de la acción formativa. Esta persona coordinará el grupo con el apoyo y orientación del asesor o asesora de la unidad provincial de formación.
  • La propuesta debe estar incluida en el plan de formación del centro, así como en la PGA del centro que coordine la acción formativa.
  • En la propuesta de grupo de trabajo intercentros se establecerá el calendario y temporalización con indicación de las sesiones que se vayan a celebrar para garantizar su correcto desarrollo y coordinación, así como el tiempo de reunión previsto con una duración mínima de una hora con el fin de garantizar su efectividad. Las sesiones presenciales o virtuales se realizarán teniendo en cuenta lo establecido en las órdenes que regulan la organización y funcionamiento de los centros, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Se establece un mínimo de una sesión presencial o virtual inicial y una final, además de aquellas necesarias para la correcta coordinación. Se levantará acta de cada sesión, incluyendo la relación nominal y la firma de asistentes, los temas tratados y el número de horas de trabajo de la sesión. En el caso de sesiones virtuales, será la persona que coordine la que llevará el control de asistencia.

Características y titularidad de los materiales producidos

Los materiales elaborados en el grupo de trabajo pasarán a ser propiedad del CRFP y podrán ser compartidos bajo la licencia: (Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual). Los requisitos y limitaciones de esta licencia se pueden consultar en la página web oficial de Creative Commons: https://creativecommons.org/licenses/?lang=es_ES .

  • Los materiales generados en el grupo de trabajo deben ser inéditos. No se puede publicar, modificar, distribuir ni reproducir materiales protegidos por la Ley de Propiedad Intelectual, marcas registradas o cualquier otro material que pertenezca a otras personas, incluidas las obras en coautoría, sin obtener el consentimiento previo de las y los titulares de dichos derechos. Las personas que integran el grupo de trabajo son responsables de obtener esta autorización, sin que pueda derivarse a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes esta obtención de permisos ni podrán derivarse responsabilidades por esta causa.
  • Cada material elaborado quedará claramente identificado por el/la docente que lo haya realizado.
  • Los materiales elaborados que sean de especial relevancia, podrán ser seleccionados por una comisión de trabajo y se podrían exponer en jornadas y/o acciones formativas convocadas por el CRFP al respecto.
  • La modificación no autorizada en los elementos del diseño o la convocatoria, y el incumplimiento de las obligaciones establecidas dará lugar a la no certificación ni registro de la actividad.

Curso de formación en centro

Un curso de formación en centro pretende contribuir a la actualización científica, técnica, didáctica y profesional del profesorado, por medio de las aportaciones de especialistas. Una formación impartida en el propio centro para atender sus necesidades y favorecer la planificación y el desarrollo de las actividades formativas como elementos de cambio y mejora educativa.

  • La duración de los cursos de formación en centros será de 10 horas y se deberá temporalizar en dos meses.
  • Sólo se admitirá un curso por centro.
  • Se requiere una participación de un mínimo de 15 y un máximo de 35 personas del claustro. En el supuesto de no llegar al número máximo de participantes, se podrá completar con profesorado de centros de la misma localidad, previa solicitud por escrito a la persona coordinadora de formación del centro ofertante.
  • En la propuesta de la acción formativa deberá aparecer la relación nominal de solicitantes. El límite se reducirá a 10 cuando el número de docentes a los que se dirige la actividad sea reducido, bien por las características de la zona o del centro. En este supuesto, se podrán unificar en un mismo curso formativo dos o más centros con el fin de llegar al mínimo de participantes.
  • Deberá contar con la aprobación del equipo directivo y del claustro y estar incluido en el plan de formación del centro y en la PGA
  • En los cursos se deberán contemplar los aspectos contemplados en el apartado denominado “Descripción de la actividad” del anexo IV de solicitud de esta Resolución.
  • Las sesiones presenciales se realizarán teniendo en cuenta lo establecido en las órdenes que regulan la organización y funcionamiento de los centros.
  • La propuesta de ponentes se realizará en la solicitud. La aprobación de dichas ponencias quedará sujeta a su aceptación por parte de las unidades provinciales de formación de cada provincia.
  • El número de ponencias por curso será:
    • Hasta 8 horas para ponencias internas. Estas podrán ser impartidas por ponentes del propio centro o por los tutores/as del curso.
    • Hasta 6 horas para ponencias externas de cursos relacionados con el Marco de Competencia Digital Docente (MCDD). En estos cursos, se desarrollarán indicadores de las siguientes áreas del MCDD: área 2 (contenidos digitales) y área 3 (enseñanza y aprendizaje)
    • Hasta 4 horas para ponencias externas del resto de cursos.
  • La indemnización de las comunicaciones o ponencias externas al centro correspondientes al apartado 3 de la letra i), correrá a cargo del CRFP de Castilla-La Mancha.
  • La indemnización de las ponencias externas de cursos relacionados con el Marco de Competencia Digital Docente (MCDD), apartado 2 de la letra i), correrá a cargo del Programa de Cooperación Territorial para la mejora de la competencia digital educativa #CompDigEdu, a través del instrumento financiero Next Generation EU, aprobado en 2020 por el Consejo Europeo, y dentro del marco del componente 19 “Plan Nacional de Competencias Digitales”, del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).
  • Si el número de ponencias no cubre las 8 horas de formación, será necesaria la realización de un trabajo, taller o actividad relacionada con el contenido del curso y será desarrollada de forma conjunta por todos los asistentes. Las dos horas restantes hasta alcanzar las 10 previstas, en todos los casos, deberán ser programadas para la realización de tarea individual.
  • El tutor o tutora del curso será la persona que lo coordinará, planificando y organizando el curso, supervisando la acción formativa, la asistencia de los participantes, corrección de tareas y resolución de dudas relacionadas con el temario del curso.
  • La certificación se realizará una vez comprobada la presentación del trabajo previsto obligatorio y la asistencia de un 85% de las horas del curso, una vez comprobada la firma en las actas de cada sesión.
  • En la propuesta de curso de formación en centro se establecerán los aspectos a trabajar en las sesiones, que deberán ser todas presenciales, así como el tiempo de sesión previsto con una duración mínima de una hora que garantice su efectividad.
  • Se levantará acta de cada sesión, incluyendo la relación nominal y la firma de asistentes, los temas tratados y el horario de inicio y final de la sesión.

Certificación

  • No se podrán certificar más de 6 créditos en total como asistente, aunque se participe en más de una acción formativa de las recogidas en esta convocatoria
  • Sólo se podrá certificar por la coordinación/tutorización de una acción formativa.
  • En los seminarios, la persona responsable de formación será el coordinador o coordinadora de la acción formativa y no se le certificará al estar dentro de sus funciones. En cuanto a otras modalidades podrá ser certificado por su participación como coordinador/a, tutor/a o asistente.
  • Las acciones formativas se certificarán, con los límites indicados en esta Resolución, de acuerdo con la Orden de 08-10- 2008

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