En UGT hemos detectado que a los docentes de la especialidad de Orientación Educativa la posibilidad de participar por la especialidad de Ámbito de Conocimiento Social para formación de personas adultas, como se puede ver en la siguiente captura.

Dicha especialidad también aparece a los docentes de la especialidad de Geografía e Historia, como se muestra en la siguiente captura también:

Desde UGT hemos informado de esta situación a la Consejería, dado que entendíamos que se trataba de un error, ya que, si tenemos en cuenta la Resolución de 07/11/2023, que rige el Concurso de Traslados de Enseñanzas Medias, podemos encontrar las siguientes aclaraciones:

  • En la base Tercera, se indica que «los Catedráticos de Enseñanza Secundaria y los Profesores de Enseñanza Secundaria de la especialidad de Orientación Educativa podrán solicitar plazas en los colegios públicos de Educación Infantil y Primaria que figuran en el anexo II b.1), en los centros de Educación Especial que figuran en el anexo II d), así como las plazas de los centros de Educación de Personas Adultas que figuran en el anexo II c), en los que desempeñarán las funciones específicas de la orientación en la educación de personas adultas, pudiendo ser estas plazas en centros de Educación de Personas Adultas de carácter itinerante (no obstante, estas plazas en centros de Adultos se ofertan como ordinarias y deben solicitarse como ordinarias, es decir, en ningún caso al solicitarlas debe rellenarse la marca de itinerancia que figura en la solicitud) y el ámbito de itinerancia de estas plazas se corresponderá con el ámbito territorial que constituye cada zona de Educación de Personas Adultas, …»
  • También en la base Tercera,  se definen las plazas de Ámbito de Conocimiento Social (código 814), donde se determina que «Podrán solicitar estas plazas aquellos funcionarios y funcionarias que sean titulares de la especialidad de Geografía e Historia.»

Además, según el Anexo IV de la Orden 136/2023, de 19 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regulan en Castilla-La Mancha las enseñanzas de Educación Secundaria para personas adultas, conducentes a la obtención del título de Graduado en ESO, la atribución docente del Ámbito Social es exclusiva para los docentes de la especialidad de Geografía e Historia.

Es por ello por lo que estas plazas de Ámbito Social en Educación de Adultos solo podrían ser adjudicadas a docentes de la especialidad de Geografía e Historia.

Según nos han informado desde la Consejería a las 12.30 de hoy viernes 24 de noviembre, van a tratar de cambiar esto en el sistema a la mayor brevedad, para que no aparezca una especialidad que es imposible adjudicar por normativa, y que así los orientadores no realicen peticiones en balde. En aquellos casos en los que se haya realizado la solicitud, se recuerda que puede enviarse una nueva solicitud si interesara, y que la que se tendría en cuenta siempre sería la última registrada. Si se ha registrado pero no se quisieran hacer cambios, aun habiendo realizado peticiones de la especialidad de ámbito social, simplemente habrá que tener en cuenta que esas peticiones no se podrán adjudicar, por lo que a efectos prácticos es como si no hubieran sido consignadas.

Esta especialidad sí es elegible en otras CCAA por docentes de orientadores, por lo que en los concursos de traslados de ámbito nacional sí sería elegible en otras CCAA.

 

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