📌 Publicada en el DOCM Resolución de 02/08/2023 de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se publica la bolsa de trabajo ordinaria y de reserva provisionales de aspirantes a interinidades para el curso 2023/2024 del del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, en aquellas especialidades convocadas a proceso selectivo de ingreso por la administración educativa de Castilla-La Mancha

RECLAMACIONES: Del 02/08/2023 al 04/08/2023, mediante el envío de correo electrónico dirigido a registropersonal.edu@jccm.es

 

NOTA INFORMATIVA DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN EN EL PORTAL DE EDUCACIÓN:

(03/08/23) NOTA INFORMATIVA AL BAREMO DE LAS BOLSAS ORDINARIAS PROVISIONALES PARA EL CURSO 2023/2024 DE LOS CUERPOS DE ENSEÑANZAS MEDIAS, ESPECIALIDADES CONVOCADAS A OPOSICIÓN PUBLICADAS EL DÍA 02/08/2023.

Advertidas incidencias en el baremo de las bolsas ordinarias provisionales para el curso 2023/2024 de los cuerpos de enseñanzas medias, especialidades convocadas a oposición publicadas el día 02/08/2023, informamos que se procederá a la actualización de las bolsas de cara a la adjudicación provisional.

Según hemos podido comprobar, se han producido bastantes incidencias relativas a :

  • Nota de oposición: se ha valorado a aspirantes con un cero cuando tenían alguna nota mayor desde 2010.
  • Sumatorio erróneo de los apartados: hay bastantes casos en los que la suma de los 3 apartados no coincide con la puntuación total.

En relación a los docentes de las antiguas especialidades del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, al haber pasado estas especialidades bien al cuerpo de Secundaria, o bien al nuevo cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de FP, se les ha valorado hasta 0,225 puntos por curso completo (0,025 por mes), en lugar de 0,45 por curso completo (o 0,05 por mes), siendo que en la fase de concurso de oposición no se les contó la mitad de la máxima puntuación. 

Si bien la redacción de ambos baremos es distinta (‘Por cada año de experiencia docente en la especialidad del Cuerpo a la que opta el aspirante‘ en el caso de la oposición, y ‘por cada año escolar de experiencia docente en especialidades del cuerpo al que opta el aspirante’ en el caso de la Orden 32/2018), desde UGT entendemos que, en el caso de la redacción de la Orden 32/2018 que se ha de aplicar, si bien la especialidad por la que se presentó el aspirante, en su día, no era del cuerpo actual (porque han cambiado todas de cuerpo), cabe entender que sí que es experiencia docente en especialidad del cuerpo al que opta, porque aunque en el pasado esa especialidad era de otro cuerpo, en la actualidad sí es especialidad del cuerpo al que se opta, por lo que valorar con la máxima puntuación posible la experiencia en la misma especialidad en años pasados, aunque fuera de otros cuerpos entonces, sí encajaría con la redacción del baremo de la Orden. En otro caso, se podrían dar circunstancias tales como que la experiencia en otras especialidades que entonces ya eran de Secundaria, pudiera contar más que la experiencia en la propia especialidad por la que se está en bolsa. Habiendo consultado a la Consejería si esta es una de las incidencias detectadas que se van a subsanar, nos han respondido que se valorará ‘de igual forma a como se hizo en la oposición’, es decir, otorgando la máxima puntuación posible.

 

 

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