Universidad: convocatoria extraordinaria de ampliación de bolsas de profesorado sustituto.

Se convoca proceso extraordinario de selección en régimen de concurrencia competitiva para la contratación del profesorado sustituto de la UCLM, en desarrollo del art. 80 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU). El objeto de la convocatoria es la ampliación de las bolsas de profesorado sustituto para las especialidades de conocimiento que se relacionan en el Anexo I. Las personas aspirantes podrán optar por formar parte de las bolsas de empleo en cualquier de los campus o localidades donde se imparta la docencia para esas especialidades. El profesorado sustituto será contratado para desarrollar la actividad docente lectiva y no lectiva prevista en el artículo 75 de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) y no podrá extenderse a actividades universitarias de otra naturaleza, como las de investigación, transferencia, gestión o coordinación. Las personas aspirantes que formen parte de la ampliación de bolsa para una especialidad serán llamadas después de los aspirantes de la bolsa inicial, y siempre en su orden de baremación.
La contratación de profesorado sustituto tiene como objetivo sustituir al personal docente e investigador con derecho a reserva de puesto de trabajo que suspenda temporalmente la prestación de sus servicios, total o parcialmente, por alguno o varios de los siguientes motivos:
- Por aplicación del régimen de permisos, licencias o situaciones administrativas suspensivas, incluidas las bajas médicas de larga duración, con derecho a reserva de puesto de trabajo del profesorado reconocido al amparo de lo establecido en la normativa vigente, siempre que sean superiores a 15 días.
- Por los reconocimientos recogidos en POA que supongan descarga docente cuando superen, individualmente, los 4,5 créditos, siempre y cuando exista necesidad docente.
- Para la impartición de la docencia vinculada a plazas ya convocadas pendientes de resolver.
Requisitos que deben cumplir las personas aspirantes
Podrán participar en estos concursos quienes sean mayores de edad, no superen la edad de jubilación legalmente establecida y reúnan, además, los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular, los específicamente establecidos por la legislación vigente y los Estatutos de la UCLM para la figura contractual laboral de profesorado sustituto.
Asimismo, podrán participar las personas aspirantes que ya estuvieran incluidas en las bolsas ordinarias iniciales y que deseen aportar nuevos méritos. En su caso, estas personas aspirantes pasarán a formar parte de la ampliación de bolsa con la baremación que resulte en la misma y dejarán de pertenecer a la bolsa inicial.
Para ser admitidos, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Nacionalidad: La selección y contratación del profesorado en régimen de derecho laboral temporal no estarán sujetas a condiciones o requisitos basados en la nacionalidad. Las personas aspirantes de Estados no miembros de la Unión Europea podrán participar en los concursos, y ser contratados siempre que se encuentren en España en situación de legalidad y sean titulares de un documento que los habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones correspondientes al profesorado universitario.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del Servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autonómica, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
d) Estar en posesión de la titulación universitaria oficial requerida, que se especifica en el Anexo I para cada especialidad, o tener experiencia profesional acreditada en la docencia universitaria de esa especialidad de conocimiento.
e) Cuando la docencia objeto de sustitución corresponda a plazas con perfil lingüístico bilingüe será necesario acreditar el nivel de competencia lingüística del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL) que se especifique en la convocatoria, en la lengua extranjera correspondiente.
Solicitudes y plazo de presentación
La presentación de la solicitud se realizará exclusivamente a través de la aplicación de convocatorias de la UCLM disponible en la siguiente dirección: https://convocatorias.rrhh.uclm.es/convocatorias.aspx?t=5_51
El plazo para realizar la solicitud es del 16 al 29 de julio.
Se debe presentar una única solicitud haciendo constar la especialidad o especialidades a las que se opta, y, seguidamente, indicándose el o los campus en los que desea participar para cada especialidad. Si se presentase en plazo más de una solicitud, será tramitada exclusivamente la presentada en último lugar, siendo anuladas de oficio las restantes.
Una vez cumplimentada la solicitud de participación a través de la aplicación de gestión de convocatorias, la persona aspirante podrá optar por realizar el pago de la tasa por derechos de formación de expediente, para cada especialidad a la que concurse, conforme al artículo 366 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias, a través de las siguientes vías:
a) Pago electrónico (30,09 € por cada especialidad a la que se concurse)
b) Pago presencial en entidad bancaria (33,43 € por cada especialidad a la que se concurse):.
Las personas aspirantes que figuren en situación de desempleo durante el plazo, al menos, de un mes ininterrumpido anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria, siempre que en el plazo de que se trate no hubiera rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiese negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, estarán exentas del pago de esta tasa.
Igualmente, las personas que presenten la solicitud de participación en este proceso selectivo y pertenezcan a familias numerosas de categoría general tendrán una bonificación del cincuenta por ciento sobre la cuantía correspondiente.
Estarán exentas del pago de esta tasa las personas aspirantes que acrediten tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el momento del devengo de la tasa y las personas aspirantes que pertenezcan a familias numerosas de categoría especial.














Madrid, 18 de diciembre de 2023
