Titulaciones y certificaciones para habilitaciones lingüísticas del profesorado en CLM
NIVEL EXIGIDO
15/02/2018
Artículo 23. Competencia lingüística de los docentes. Formación metodológica.
1. Las áreas, materias o módulos no lingüísticos vinculados a los proyectos bilingües o plurilingües serán impartidos por docentes que acrediten un nivel de competencia lingüístico de B2 o superior de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas
2. A partir del curso 2022/2023 el requisito lingüístico para estos docentes será de C1 o superior en las etapas de Educación Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional.
TITULACIONES Y CERTIFICACIONES VÁLIDAS
Orden de 14/10/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se relacionan las titulaciones y certificaciones que, con referencia a los niveles que establece el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, acreditan el conocimiento de idiomas en el ámbito de competencia de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
2016-10-21 Orden 14-10-2016 Titulaciones habilita bilingueCorrección de errores (28/11/2017)
2017-11-08 Corrección errores Orden 14-12-2016https://educacion.fespugtclm.es/titulaciones-y-certificaciones-para-habilitaciones-linguisticas-del-profesorado-en-clm/Habilitación lingüísticaINTERINOSLEGISLACIÓNPlurilingüismoSistema de interinidadesTitulaciones interinidadNIVEL EXIGIDO 15/02/2018 Orden 27/2018, de 8 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regulan los proyectos bilingües y plurilingües en las enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil y Primaria, Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional de los centros educativos sostenidos con fondos públicos...EnseñanzaEnseñanza ensenanza.toledo@fespugtclm.esAdministratorEnseñanza FeSP-UGT CLM
