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La incorporación al centro será el primer día en el que se trabaje en esa localidad. En algunos casos, la fecha de inicio puede coincidir con fiesta local, por lo que la incorporación debería hacerse efectiva al día siguiente.

UGT reclama la conversión de los tercios de jornada (y jornadas inferiores a media jornada) a medias jornadas (330 plazas en esta adjudicación)

¿DUDAS SOBRE LA ADJUDICACIÓN?: Contacta en ensenanza@fespugtclm.es


Resultado de la adjudicación

 

  • 1966 personas adjudicadas, de las cuáles 878 personas han sido adjudicadas hasta 31 de agosto, y percibirán las retribuciones correspondientes a los meses de verano gracias al Acuerdo de Mejoras firmado por UGT (558 en secundaria, 25 Técnicos de FP, 8 de EOI, 2 Catedráticos de Música y Artes Escénicas, 38 de Música y Artes Escénicas, 9 de Artes Plásticas y Diseño, 1 Maestro Taller Artes Plásticas, 229 Maestros y 8 especialistas en sectores singulares). Además, es posible que entre las personas adjudicadas con fecha de finalización anterior pueda haber personas que prolonguen la sustitución hasta el 30 de junio, y también percibirían los meses de verano. Y también podrán percibirlo las personas adjudicadas en los siguientes procesos de adjudicación de septiembre y octubre hasta final de curso.
  • Desde UGT, además, seguimos trabajando para hacer extensible el cobro del verano a personal con 5 meses y medio trabajados, dado que el Acuerdo de Mejoras permite seguir negociando avances sobre las medidas acordadas.

Nuevo sistema de adjudicaciones en octubre

CONSULTA NUESTROS VIDEOS SOBRE EL NUEVO SISTEMA DE ADJUDICACIÓN DE SUSTITUCIONES, QUE COMENZARÁ EL 1 DE OCTUBRE, GRACIAS AL ACUERDO DE MEJORAS FIRMADO POR UGT aquí


Toma de posesión y documentación

Los aspirantes adjudicatarios de una plaza deberán incorporarse al centro adjudicado y tomar posesión en la fecha de inicio establecida en la relación de aspirantes adjudicados.

Descarga aquí la documentación necesaria para efectuar la toma de posesión (declaración jurada, modelo 145 y ficha de recogida de datos, siendo necesaria la presentación de estos dos últimos documentos solo si es la primera vez que se trabaja en la administración educativa de Castilla-La Mancha o si ha cambiado alguna información, y debiéndose presentar la declaración jurada en todos los casos):

Los aspirantes adjudicados tendrán que presentar en el centro de trabajo adjudicado, en el momento de la toma de posesión, además de los documentos anteriores, la siguiente documentación:

  • Documentación original o copia auténtica acreditativa del cumplimiento de los requisitos generales y específicos exigibles para el ingreso en el cuerpo correspondiente, así como de los demás requisitos de competencia profesional y capacidad funcional necesarios para el ejercicio del puesto adjudicado, salvo que ya obrara en poder de la administración.
  • Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativa de no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que deberá aportarse solo en los casos en los que el aspirante no hubiera autorizado a la administración para recabar de oficio dicha circunstancia (marcando la casilla correspondiente en el momento de la solicitud) y cuando dicha certificación sea expresamente requerida a los aspirantes por la administración, por no haberse podido obtener de oficio del Ministerio de Justicia por cualquier motivo.

La toma de posesión en dicha plaza conlleva el pase de oficio a la situación de no disponibilidad en las demás bolsas de trabajo en las que el personal funcionario nombrado esté integrado hasta la finalización de dicho nombramiento.


Renuncias y exclusión de la bolsa

Serán excluidas de la bolsa de trabajo correspondiente las personas que no acepten el puesto de trabajo adjudicado, no hagan efectiva la toma de posesión en la forma prevista en este apartado o incurran en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 11 de la Orden 32/2018 de 22 de febrero, salvo que concurra alguna de las causas justificadas previstas expresamente en dicho artículo, las cuales son:

  • Imposibilidad de incorporarse al puesto de trabajo adjudicado por motivos de enfermedad, que tendrá que ser justificada con informe médico.
  • Tener a su cargo, para su cuidado, a un hijo menor de tres años, acreditada con libro de familia o certificado de nacimiento (sólo podrá alegarse una vez durante el curso escolar)
  • Tener a su cargo, para su cuidado, familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de enfermedad o proceso de incapacitación, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida alguna. Esta situación debe acreditarse mediante informe médico, copia del libro de familia y certificación del padrón municipal, salvo en aquellos casos en que dicha acreditación deba efectuarse de oficio por la Administración. La Administración podrá recabar cualquier otra documentación que considere necesaria (sólo podrá alegarse una vez durante el curso escolar)
  • Hallarse disfrutando de los períodos de descanso relacionados con la maternidad, la paternidad, la adopción o el acogimiento, incluyendo el periodo de lactancia.
  • Las situaciones derivadas de la violencia de género.
  • Cualquier causa de fuerza mayor, libremente apreciada por la Administración

Los aspirantes que se encuentren disfrutando de su descanso maternal o en procesos asociados a la maternidad, así como aquellos que no acepten la plaza adjudicada, no hagan efectiva la toma de posesión o incurran en alguno de los supuestos de exclusión, deberán informar y justificar documentalmente, en su caso, tales circunstancias a la mayor brevedad posible, ante la delegación provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes correspondiente al centro donde se ubique la plaza asignada, a las siguientes direcciones de correo, dependiendo del cuerpo al que se pertenece:

Provincia donde se ha obtenido destino Contacto para docentes del Cuerpo de Maestros (Cuerpo 597) Contacto para docentes de Enseñanzas Medias (Cuerpos 590, 591, 592, 593, 594, 595, 596 y 598)
Albacete primaria.edu.ab@jccm.es secundaria.edu.ab@jccm.es
Ciudad Real primaria.edu.cr@jccm.es secundaria.edu.cr@jccm.es
Cuenca primaria.edu.cu@jccm.es secundaria.edu.cu@jccm.es
Guadalajara primaria.edu.gu@jccm.es secundaria.edu.gu@jccm.es
Toledo primaria.edu.to@jccm.es secundaria.edu.to@jccm.es

 


Información de los tipos de bolsa

    • 0: Bolsa Ordinaria resultante de Oposición según el artículo 7.1 de la Orden 32/2018 de 22 de febrero
    • 1: Lista 1A: Aspirantes provenientes de listas constituidas tras proceso selectivo. Punto 2º, apartado 1.1 del Acuerdo
    • 2: Lista 1A: Aspirantes provenientes de otras especialidades o nuevas bolsas anteriores al curso 2004/05. Punto 2º apart. 1.1 del Acuerdo Marco
    • 2B: Lista 1A: Se incorporan por prestar servicios en el curso 2004/05 (punto 5º del Acuerdo Marco).
    • 2F: Lista 1A: Se incorporan por prestar servicios en el curso 2006/07 (punto 5º del Acuerdo Marco).
    • 2H: Lista 1A: Se incorporan por prestar servicios en el curso 2007/08 (punto 5º del Acuerdo Marco).
    • 2J: Lista 1A: Se incorporan por prestar servicios en el curso 2008/09 (punto 5º del Acuerdo Marco).
    • 2L: Lista 1A: Se incorporan por prestar servicios en el curso 2009/10 (punto 5º del Acuerdo Marco).
    • 2N: Lista 1A: Se incorporan por prestar servicios en el curso 2010/11 (punto 5º del Acuerdo Marco).
    • 2P: Lista 1A: Se incorporan por prestar servicios en el curso 2011/12. Punto 5º del Acuerdo Marco
    • 3: Lista 1B: Punto 2º, apartado 1.1 del Acuerdo Marco
    • 4: Lista 2ª: Punto 2º, apartado 1.2 del Acuerdo Marco
    • 4E: Lista 2ª: Renuncia justificada por la causa f) del punto 6º del Acuerdo Marco. Curso 2008/09
    • 4G: Lista 2ª: Renuncia justificada por la causa f) del punto 6º del Acuerdo Marco. Curso 2010/11
    • 6: Bolsa de especialidades no convocadas a anteriormente oposicion por JCCM.
    • 6F: Se incorporan a lista por prestar servicios en 2006/07 (punto 5º del Acuerdo Marco).
    • 6N: Se incorporan a lista por prestar servicios en 2010/11 (punto 5º del Acuerdo Marco).
    • 7P: Incorporación a la bolsa por haber trabajado durante el curso 2014/2015
    • 7R: Incorporación a la bolsa por haber trabajado durante el curso 2015/2016
    • 7S: Incorporación a la bolsa por haber trabajado durante el curso 2016/2017
    • 7T: Incorporación a la bolsa por haber trabajado durante el curso 2017/2018
    • 7U: Incorporación a la bolsa por haber trabajado durante el curso 2018/2019
    • 7V: Incorporación a la bolsa por haber trabajado durante el curso 2019/2020
    • 7W: Incorporación a la bolsa por haber trabajado durante el curso 2020/2021
    • 7X: Incorporación a la bolsa por haber trabajado durante el curso 2021/2022
    • 7Y: Incorporación a la bolsa por haber trabajado durante el curso 2022/2023
    • 7Z: Incorporación a la bolsa por haber trabajado durante el curso 2023/2024
    • 80: Bolsa extraordinaria – Bolsa de trabajo convocadas conforme al Acuerdo Marco. Convocatoria de 2013
    • 83: Bolsa extraordinaria –  Bolsa de trabajo convocadas conforme al Artículo 8 de la Orden 32/2018, de 22 de febrero. Convocatoria por Resolución de 10/05/2018
    • 84: Bolsa extraordinaria – Bolsa de trabajo convocadas conforme al Artículo 8 de la Orden 32/2018, de 22 de febrero. Convocatoria por Resolución de 31/10/2018
    • 91: Bolsa de reserva (Apartado 7.1.2, Orden 32/2018 de 22 de febrero)

Siguiente adjudicación y modificación del estado de disponibilidad

La fecha previsible de la próxima adjudicación, según el portal de educación, será el día 13/09/2024, publicándose las plazas el día anterior.  Mientras tanto, podrá haber adjudicaciones telefónicas. 

¡¡NOVEDAD CURSO 24-25!!: Gracias al Acuerdo de Mejoras firmado por UGT y ANPE, desde este curso el paso de Disponible a No Disponible, y viceversa, será posible sin tener que alegar causa justificada durante todo el curso, excepto los días en los que hay adjudicación, eliminándose la necesidad de justificar el cambio a No Disponible de enero a junio, como venía reclamando UGT.

El estado de disponibilidad afecta a todas las especialidades habilitadas (en el caso de la bolsa de Maestr@s) y a todas las bolsas de todos los cuerpos en las que se esté. Desde UGT reclamamos a la Consejería que la disponibilidad pueda hacerse por bolsa/especialidad, sin que afecte al conjunto de todas ellas.

Las personas aspirantes que deseen modificar su ESTADO DE DISPONIBILIDAD podrán gestionarlo hoy, pero no mañana, a través del siguiente acceso:

Para cambiar el estado, pulsa en el enlace Crear una nueva solicitud de cambio de disponibilidad.

Marca  o No en respuesta a la pregunta ¿Desea estar disponible en TODAS las bolsas?. La respuesta afectará a la disponibilidad en todas las bolsas y especialidades.


Consulta nuestras guías para personal interino

Consulta nuestras nuevas guías para el personal docente interino, con información muy completa, actualizada con la nueva normativa, sobre:

  • Nuevo sistema de adjudicación
  • Gestión de bolsas
  • Disponibilidad
  • Vacantes y sustituciones
  • Renovación de interinidades
  • Y muchas más cosas…

Guía del personal interino de Enseñanzas Medias:  Documento Adobe PDFDescargar en PDF

Guía del personal interino del cuerpo de Maestr@s:  Documento Adobe PDFDescargar en PDF

 


Texto completo de la Orden de Interinos

 


Normativa Orden de Interinos

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