Convocatoria de ayudas del Plan de climatización en CEIPS: se amplía el plazo de la segunda convocatoria hasta 15 de abril
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Segunda Convocatoria 24/25
Publicada la Resolución de 03/03/2025, de la Secretaría General, por la que se modifica la Resolución de 03/12/2024, por la que se aprueba la convocatoria de expresiones de interés relativas al Plan de acción frente al cambio climático en los centros públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, en el marco del Programa Feder Castilla-La Mancha 2021-2027, que modifica el plazo de presentación de solicitudes original establecido en la convocatoria publicada en la Resolución de 03/12/2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de expresiones de interés relativas al Plan de acción frente al cambio climático en los centros públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, en el marco del Programa Feder Castilla-La Mancha 2021-2027
El nuevo plazo de presentación de solicitudes, que se iniciaba el 13 de diciembre, se prolongará hasta el 15 de abril, anulándose la fecha de fin establecida previamente el 12 de marzo.
Se modifica, con respecto a la documentación específica del proyecto a aportar, el siguiente punto:
- Redacción previa: Certificados iniciales de los registros en la Consejería competente en materia de Industria, de las instalaciones eléctrica y de climatización. Asimismo, se deberán aportar los informes favorables de las inspecciones periódicas correspondientes.
- Nueva redacción: Certificados iniciales de los registros de la Consejería competente en materia de Industria, de las instalaciones eléctricas y de climatización y de los informes favorables de las inspecciones periódicas correspondientes. En caso de no disponer de estos documentos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el proyecto de ejecución deberá incorporar las características de las instalaciones existentes, de acuerdo con lo establecido en la base segunda, apartado 2, de la Orden 165/2024, de 28 de septiembre, y su grado de definición se puntuará siguiendo los criterios establecidos en el apartado décimo, punto 2.b)1.3, de esta resolución. En todo caso, según el marco normativo aplicable en materia de instalaciones, así como lo establecido en la base sexta, apartado 1.g) de la citada Orden, es obligatoria la inscripción de las modificaciones de las instalaciones correspondientes, en los registros de la Consejería competente en materia de Industria, y que podrán ser requeridas
por esta administración a partir de la finalización de la ejecución de las actuaciones, hasta un plazo de 5 años a contar desde el 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario
También se modifica la composición técnica de valoración, eliminando una vocalía.
- Inicialmente, se establecía de la siguiente manera
- Presidencia: Coordinador/a de Fondos Europeos
- Vocalías:
- Coordinador/a de Infraestructuras y Obras
- Jefe/a de Servicio de Infraestructuras
- Jefe/a de Servicio de Obras y Mantenimiento
- Secretaría: Coordinador/a de Asuntos Jurídicos (con voz pero sin voto)
- Suplentes:
- Presidencia: Asesor/a de Fondos Europeos
- Secretaría: Jefe/a de Servicio de régimen jurídico
- Ahora pasa a estar formada por:
- Presidencia: Coordinador/a de Fondos Europeos
- Vocalías:
- Jefe de Servicio de Infraestructuras.
- Jefa de Servicio de Obras y Mantenimiento
- Secretaría: Coordinador de Asuntos Jurídicos (con voz pero sin voto)
- Suplentes:
- Presidencia: Asesor/a de Fondos Europeos
- Secretaría: Jefe/a de Servicio de Régimen Jurídico”
Primera Convocatoria 24/25
- Modificaciones:
- Orden 191/2024, de 14 de noviembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden 165/2024, de 28 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de expresiones de interés relativas al Plan de acción frente al cambio climático en los centros públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, en el marco del Programa Feder Castilla-La Mancha 2021-2027
- Resolución de 18/11/2024, de la Secretaría General, por la que se modifica la Resolución de 15/10/2024, por la que se aprueba la convocatoria de expresiones de interés relativas al Plan de acción frente al cambio climático en los centros públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, en el marco del Programa Feder Castilla-La Mancha 2021-2027.
Objetivo
Proponer medidas de actuación contra los efectos del cambio climático y los episodios de altas temperaturas en los centros educativos, mediante la refrigeración de las aulas, para garantizar el confort térmico y el bienestar de las personas usuarias, apostando por climatización de energía limpia y renovable, a través de sistemas de aerotermia, por su alta eficiencia energética y bajo impacto ambiental, que podrán complementarse con instalación de paneles fotovoltáicos.
Esta resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para conseguir estos objetivos en CEIPs.
Cuantías de la convocatoria
- Los recursos disponibles para esta convocatoria ascienden a 16.600.000 €.
- El importe máximo total de la ayuda será de 216.700 euros.
Plazo de presentación de solicitudes: ampliado hasta el 3 de diciembre
Resolución ampliación plazo presentación solicitudes
Presentación telemática pulsando aquí.
Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las Entidades Locales de Castilla-La Mancha: los ayuntamientos, las entidades de ámbito territorial inferior al municipio, las mancomunidades de municipios de Castilla-La Mancha y las Diputaciones. Por tanto, son estas entidades las que deben solicitar estas subvenciones de cara a realizar las actuaciones en los centros.
Espacios a climatizar e importes máximos
- Aula de grupo (tomando el número de unidades del curso actual): 3.500 €/aula
- Despachos de dirección, despacho de la jefatura de estudios, secretaría: 1.800 €/despacho
- Sala de profesores: 3.000 €
- Comedor: 90 €/m2 hasta un máximo de 18.000 €
- Opcional Sala de Usos Múltiples: 90 €/m2 hasta un máximo de 18.000 €
En todo caso, la ayuda correspondiente a la instalación de climatización tendrá como límite un importe de 175.700 euros (costes indirectos incluidos).
- Si la actuación contempla además instalación fotovoltaica, el importe máximo de la ayuda por este concepto será de 0,8 €/Wp, con un límite de 36.000 euros (costes indirectos incluidos).
- Adicionalmente, se podrán instalar sistemas de información a usuarios sobre el proyecto por las innovaciones en relación a consumos energéticos, generación de energía renovable, condiciones climáticas del interior del edificio, sistemas de telegestión, o equivalentes. El importe máximo de la ayuda por este concepto será de 5.000 euros (costes indirectos incluidos).
- Por tanto, el importe máximo total de la ayuda (costes indirectos incluidos), para las actuaciones que prevean actuar tanto en la instalación de climatización como en la instalación fotovoltaica, y la implantación de sistemas de información a usuarios sobre el proyecto, será de 216.700 euros.
Bases reguladoras
Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, de expresiones de interés dirigidas a actuaciones que promuevan la mitigación y adaptación al cambio climático y una transición energética limpia en los centros de segundo ciclo de educación infantil y educación primaria, cuya titularidad corresponda a las entidades locales beneficiarias mencionadas en la base cuarta. De este modo, podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las entidades locales de Castilla-La Mancha los ayuntamientos, las entidades de ámbito territorial inferior al municipio, las mancomunidades de municipios de Castilla-La Mancha y las Diputaciones.
Se apuesta por un sistema de climatización de energía limpia y renovable, la aerotermia, por su alta eficiencia energética y bajo impacto ambiental. Así, las actuaciones objeto de esta Orden serán inversiones en instalaciones de sistemas de refrigeración mediante energías renovables (equipos aerotérmicos de bombas de frío/calor) que se podrán complementar, en su caso, con instalaciones fotovoltaicas para autoconsumo, con el objetivo de mejorar las condiciones de confort térmico y bienestar de los usuarios de los centros educativos.
Las distintas convocatorias que se dicten en desarrollo de esta orden se ajustarán al siguiente cronograma y asignaciones presupuestarias:
Plazos máximos de ejecución y puesta en marcha |
Fondos estimativos previstos |
Ayuda UE 85% |
|
1º |
30/04/2025 |
16.600.000 |
14.110.000 |
2º |
30/04/2026 |
16.600.000 |
14.110.000 |
3º |
30/04/2027 |
16.600.000 |
14.110.000 |
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