Publicada la Resolución de 01/10/2026, de la Dirección General de Innovación Educativa y Centros, por la que convoca a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha para participar en el diseño, implantación, organización, desarrollo y evaluación de proyectos de innovación educativa de Castilla-La Mancha en los cursos 2026/2027 y 2027/2028.

El objeto de esta resolución es convocar a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha para participar en el diseño, implantación, organización, desarrollo y evaluación de proyectos de innovación educativa de Castilla-La Mancha entre los cursos 2026/2027 y 2027/2028.

Modalidad

Proyectos de Innovación Educativa en Centros, promovidos por iniciativa del propio centro educativo.

Solicitudes: forma, lugar y plazo de presentación

  • Cada centro docente podrá participar únicamente en un proyecto de innovación regulado por la presente resolución.
  • Los centros que deseen participar en la presente convocatoria, a través de la persona responsable de la dirección, deberán presentar la solicitud de participación dirigida a la Dirección General de Innovación Educativa y Centros de Castilla-La Mancha, de forma telemática.
  • Tomando como referencia los resultados de la evaluación interna del centro y las actuaciones contempladas en su Plan de Mejora, deberán definir el objetivo y/o reto que pretenden abordar, justificando su selección y describiendo el proceso de participación seguido para la toma de decisiones que haya conducido a dicha elección. Esta justificación tendrá una extensión máxima de 250 palabras.
  • Además, se indicará el área principal al que está asociado dicho objetivo o reto. Asimismo, el centro educativo podrá seleccionar, de forma opcional, hasta un máximo de dos áreas secundarias relacionadas con el mismo. Las áreas serán:
    • a. Steam (Science, Technology, Engineering, Art & Maths).
    • b. Radio escolar y cine.
    • c. Aula del futuro.
    • d. Comunicación lingüística: oral o escrita.
    • e. Alfabetización mediatiza e informacional.
    • f. Competencias digitales.
    • g. Expresión cultural: DeRaíz.
    • h. Convivencia.
    • i. Igualdad.
    • j. Inclusión.
    • k. ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible).
    • l. Organización y funcionamiento del centro.
    • m. Relación del centro con el entorno.
    • n. Otras posible a determinar por el centro.
  • No podrán presentarse proyectos de innovación educativa con un objetivo coincidente al abordado por el mismo centro educativo en el proyecto aprobado al amparo de la Resolución de 03/01/2024.
  • Junto con la solicitud, deberá aportarse el Anexo I, que contendrá la relación de los agentes implicados en el proyecto y estará firmado por la persona titular de la dirección del centro. Dicho anexo únicamente podrá modificarse en el supuesto de incorporación de nuevo profesorado al centro que preste servicios el menos durante 5 meses en el centro y, en todo caso, hasta el mes de febrero de cada curso escolar.
  • Se podrá presentar un proyecto de innovación entre varios centros (máximo de tres). Para ello, se presentará una sola solicitud, especificando los centros participantes. El centro que presente la solicitud será centro coordinador del proyecto y el encargado de entregar la documentación solicitada. Cada centro que participa deberá cumplir con los requisitos mínimos establecidos.
  • El plazo para la presentación de solicitudes será del 6 de octubre al 5 de noviembre. 
  • Las personas interesadas que deseen obtener más información sobre la presente convocatoria podrán contactar con el correo innovacion.edu@jccm.es

Requisitos de participación

  • En los centros educativos de hasta 40 docentes, la participación será de, al menos, un 20% del profesorado, con un mínimo 3.
  • En los centros educativos de más de 40 docentes, la participación será de, al menos, 9 docentes.
  • En el caso de los centros en los que se imparta Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o Formación Profesional, será necesaria, además de lo recogido en los puntos anteriores, la implicación de, al menos, tres departamentos diferentes. Quedarán exentos de la aplicación de este apartado los Institutos de Educación Secundaria Obligatoria (IESO).

Fases de desarrollo

a. Fase A. Diseño del proyecto de innovación se desarrollará en el curso 2026/2027.

b. Fase B. Formación se desarrollará en el curso 2026/2027.

c. Fase C. Desarrollo, evaluación y difusión se desarrollará en los cursos 2026/2027 y 2027/2028.

El proyecto propuesto deberá haber finalizado, en todo caso, antes de la terminación del curso escolar 2027/2028.

Agentes implicados

  • Responsable del proyecto de innovación. Cada centro designará una persona responsable del proyecto, que asumirá las funciones de coordinación, organización, seguimiento y gestión administrativa necesarias para su correcto desarrollo. Asimismo, formará parte del equipo de innovación del centro.
  • Docentes de apoyo. Profesorado que formará parte del equipo de innovación del centro y colaborará con la persona responsable en el diseño, desarrollo, seguimiento y evaluación del proyecto. El número máximo de docentes de apoyo será de dos.
  • Ponentes internos. Profesorado del propio centro encargado de impartir las acciones formativas internas vinculadas al desarrollo del proyecto de innovación, de acuerdo con las necesidades detectadas y la planificación establecida por el centro.
  • Docentes participantes. Profesorado que participe activamente en el proyecto de innovación, colaborando en el diseño, desarrollo, evaluación y difusión de las actuaciones previstas durante todas sus fases.
  • Equipo de innovación del centro. Se creará un equipo de innovación del centro formado por docentes de apoyo y la persona responsable del proyecto de innovación. Este equipo de innovación tendrá la función principal de liderar el desarrollo adecuado del proyecto de innovación. Deberá, entre otras funciones coordinar la definición, seguimiento y evaluación del proyecto, así como, todas las actuaciones necesarias para su desarrollo adecuado.

Se podrá asignar a las personas integrantes del equipo de innovación un periodo complementario destinado a facilitar las tareas de coordinación y desarrollo del proyecto. Esta medida deberá organizarse con los recursos propios disponibles en el centro y no supondrá la asignación de recursos adicionales.

Dotación

Una vez analizadas las necesidades, se tomarán las medidas oportunas siguiendo el procedimiento que corresponda para dotar de recursos materiales y/o económicos que faciliten el desarrollo del proyecto, de acuerdo con los criterios de la Administración. Dicha dotación, con un máximo de 1.000€ por centro deberá justificarse y será acorde a los objetivos y actividades previstas en el proyecto.

Certificación

A lo largo del curso 2026/2027. Modalidad “Proyecto”: Fase A de Diseño del proyecto de innovación y Fase B de Formación.

Responsable del proyecto

Hasta un máximo de 5 créditos de coordinador

Docentes de apoyo

Hasta un máximo de 4 créditos de formación como asistente a propuesta de la persona responsable del proyecto

Ponentes internos

Hasta un máximo de 2 créditos como ponente

Participantes

Hasta un máximo de 3 créditos de formación como asistente a propuesta de la persona responsable del proyecto

Al finalizar el curso 2026/2027. Modalidad “Proyecto de innovación”: Fase C.1 Desarrollo.

Responsable del proyecto

Hasta un máximo de 2 créditos de proyecto de innovación como coordinador

Docentes de apoyo

Hasta un máximo de 2 créditos de proyecto de innovación a propuesta del responsable del proyecto como participante

Participantes

Hasta un máximo de 1 créditos de proyecto de innovación a propuesta del responsable del proyecto como participante

Al finalizar 2027/2028. Modalidad “Proyecto de innovación”: Fase C.2 Ejecución, evaluación y difusión.

Responsable del proyecto

Hasta un máximo de 3 créditos de proyecto de innovación como coordinador

Docentes de apoyo

Hasta un máximo de 3 créditos de proyecto de innovación a propuesta del responsable del proyecto como participante

Participantes

Hasta un máximo de 2 créditos de proyecto de innovación a propuesta del responsable del proyecto como participante


Normativa:

Orden 92/2026, de 17 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que regula el marco de impulso, desarrollo y reconocimiento de los proyectos de innovación en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Castilla La-Mancha

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