Desde FeSP-UGT te recordamos que la cuota sindical es desgravable en la declaración de la renta.

Como sabéis, ya se encuentra abierto, desde el pasado día 2 de abril hasta próximo 1 de julio de 2019, el plazo para presentar la declaración de la Renta del ejercicio 2018. Os recordamos que las cuotas que nuestros afiliados han cotizado al sindicato son deducibles.

Os informamos de que en el borrador de la declaración elaborado por  Hacienda no se incluye esta desgravación, que puede suponer un ahorro en la cuota anual sindical de entre un 20-35% según los casos, por lo que será necesario modificarlo para incluirla.


La casilla donde debéis introducir dicho importe es la correspondiente a

> [Casilla 14]   >   [Rendimientos del trabajo]   >   [Cuotas satisfechas a sindicatos].


No es necesario disponer del certificado de cuotas pagadas en el momento de hacer la declaración, es suficiente con indicar la cantidad devengada al sindicato en el año 2018 a la hora de hacer la declaración, pero aún así, si necesitas el certificado detallado por parte de FeSP-UGT, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y lo enviaremos lo antes posible.

 





https://www.youtube.com/watch?v=X6WkDJ7Ka3M





 

https://educacion.fespugtclm.es/storage/2018/04/casilla-14-IRPF-Sindicatos.jpghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/2018/04/casilla-14-IRPF-Sindicatos-150x150.jpgEnseñanzaAfiliación. Cuotas.Servicios a AFILIAD@SÚLTIMAS NOTICIAS: E. PÚBLICADesde FeSP-UGT te recordamos que la cuota sindical es desgravable en la declaración de la renta. Como sabéis, ya se encuentra abierto, desde el pasado día 2 de abril hasta próximo 1 de julio de 2019, el plazo para presentar la declaración de la Renta del ejercicio 2018. Os recordamos...Sector Enseñanza de UGT Servicios Públicos Castilla-La Macha