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Resolución de 15/07/2024, de la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas, por la que se regula el procedimiento para la constitución y actuación de las comisiones de elaboración de pruebas de certificación de nivel de competencia lingüística de enseñanzas de idiomas de régimen especial en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha para el curso 2024-2025.

La elaboración de las pruebas de certificación recaerá en las comisiones de elaboración. La persona titular de la Dirección General competente en materia de enseñanza de idiomas designará una persona encargada de la coordinación general de la elaboración de las pruebas de las distintas comisiones, así como un coordinador o coordinadora en cada comisión.

Se constituirá una comisión por cada uno de los siguientes idiomas: alemán, español como lengua extranjera, francés, inglés, italiano y portugués. Las comisiones estarán formadas por entre cuatro y cinco integrantes, de los cuales uno ejercerá funciones de coordinación y el resto de redacción. También formará parte de las comisiones profesorado de escuelas oficiales de idiomas que efectuará labores de validación de las pruebas. Este profesorado asesor especialista será nombrado por la persona titular de la Dirección General competente en materia de enseñanza de idiomas, a la vista de la propuesta realizada por el Servicio de Plurilingüismo en coordinación con la persona encargada de la coordinación general. También podrá formar parte de las comisiones profesorado asesor especialista que podrá ejercer la función de coordinación o de redacción y que tendrá la misma asignación horaria que las personas integrantes del resto de comisiones.

El profesorado responsable de la coordinación de cada idioma constituirá un grupo de trabajo con el profesorado que desempeñe las funciones de redacción de su comisión, y la persona responsable de la coordinación general y el profesorado responsable de la validación constituirán también un grupo de trabajo. La coordinación de cada grupo de trabajo realizará una propuesta de certificación, hasta un máximo de 7 créditos.

En cuanto al horario del profesorado integrante de las comisiones, se asignarán las siguientes horas lectivas y complementarias de dedicación a la elaboración de las pruebas:

a) Coordinador o coordinadora general: Doce horas lectivas y tres complementarias.

b) Coordinadores y coordinadoras: Ocho horas lectivas y tres complementarias.

c) Redactores y redactoras: Ocho horas lectivas y dos complementarias.

https://educacion.fespugtclm.es/storage/eoicertificacionmini.jpghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/eoicertificacionmini-150x150.jpgUGT EnseñanzaEscuelas Oficiales de IdiomasÚLTIMAS NOTICIAS: E. PÚBLICAÚnete a nuestros canales informativos:    Telegram     Whatsapp Resolución de 15/07/2024, de la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas, por la que se regula el procedimiento para la constitución y actuación de las comisiones de elaboración de pruebas de certificación de nivel de competencia lingüística de...Sector Enseñanza de UGT Servicios Públicos Castilla-La Macha