Comisiones de servicio para puestos de inspección en las Delegaciones Provinciales (Código 2410)

Información general
Los puestos en los Servicios de Inspección de las Delegaciones Provinciales de Educación que sean de necesaria cobertura podrán ser solicitados en comisión de servicio para el curso 2026-2027, por los inspectores e inspectoras.
Según el apartado segundo del artículo 22 de la Orden de 08/04/2008, de la Consejería de Educación y Ciencia, que desarrolla el Decreto 34/2008, de 26 de febrero por el que se establece la ordenación de la Inspección de Educación de Castilla-La Mancha y en el que se determina su organización y funcionamiento, se establece la permanencia durante cuatro años en los equipos de zona. Para favorecer esta continuidad y aumentar el impacto de las actuaciones de la inspección de educación; tal y como refleja el objetivo a) de la intervención de la inspección de educación dispuesto en el apartado cuarto del Plan General de Actuación y Formación de la Inspección de Castilla-la Mancha, se dispone lo siguiente: Aquellos inspectores de educación con destino definitivo en otra Comunidad autónoma, que durante el curso escolar 2025-2026, han prestado servicio en Castilla-La Mancha: podrán solicitar comisión de servicio por esta modalidad, con la propuesta favorable de la persona responsable de la delegación provincial correspondiente.
Requisitos
Se puede optar a estas plazas si se cumplen los siguientes requisitos:
- Ser funcionario/a de carrera, o ser funcionario/a en prácticas durante el plazo de presentación de solicitudes, exigiéndose su nombramiento como funcionario/a de carrera el 1 de septiembre del curso siguiente, del cuerpo de Inspectores
- Tener destino, ya sea provisional o definitivo, en Castilla-La Mancha o en otra comunidad
Solicitudes
Se deben presentar durante el plazo de presentación general de solicitudes, que es del 8 al 20 de abril de 2026.
En general, se pueden solicitar varios tipos de comisiones de servicio distintas, haciendo una solicitud para cada una de ellas, pero sólo se concederá la que tenga mayor prioridad en el orden de adjudicación.
- Los servicios prestados por las personas destinadas en Castilla-La Mancha serán comprobados de oficio por la Administración. En el caso de servicios prestados en Administración diferente a la de Castilla-La Mancha, deberá aportarse hoja de servicios o documentos de nombramientos (con indicación de la fecha de toma de posesión) y ceses correspondientes.
La Administración podrá requerir cuanta documentación sea necesaria para la constatación de que se cumplen todos los requisitos y condiciones necesarios.
Se puede solicitar asistencia técnica a través del CAU de educación.
Adjudicación de vacantes
Dentro de las personas que han solicitado este tipo de comisiones, para la adjudicación de puestos vacantes, se priorizará a las personas atendiendo a los siguientes criterios:
- Tendrán prioridad para obtener destino en los Servicios de Inspección de Educación las inspectoras e inspectores de Educación que hubieran solicitado una comisión de servicios de carácter humanitario o de conciliación de la vida familiar y laboral
- En otro caso, se atenderá a:
- Mayor antigüedad como funcionario/a de carrera en el cuerpo de Inspección (años y meses completos)
- Mayor puntuación obtenida en el concurso-oposición de ingreso
La no aceptación en el acto de adjudicación de las plazas ofertadas implicará la renuncia a la comisión de servicio concedida, no pudiendo el interesado o la interesada reservarse para una adjudicación posterior.
En el caso de docentes que tengan reconocida alguna medida de adaptación de puesto, si resultaran adjudicatarios de una comisión de servicios, el destino obtenido en comisión de servicios deberá ser compatible con las medidas de adaptación establecidas.
Orden de adjudicación de este tipo de comisiones
La adjudicación se producirá en el mes de julio, en acto público a través de llamada telefónica, dependiendo de la provincia, siguiendo este orden.
- Comisiones de servicio en centros de nueva creación
- Comisiones de servicio en el CRIEC de Cuenca
- Comisiones de servicio en Ciclos Formativos y Cursos de Especialización
- Comisiones de servicio por Participación en proyectos de Formación Profesional Dual intensiva
- Comisiones de servicio en Residencias Escolares
- Comisiones de servicio en Centros con Convenio MEFPD- British Council-CLM y Programa Bachibac
- Comisiones de servicio para el Programa de formación específico en virtud de convenio entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Consejería de Educación, Cultura y Deportes
- Comisiones de servicio en Equipos de Atención Educativa y Aulas abiertas especializadas para alumnado con Trastorno del Espectro Autista
- Comisiones de servicio en Equipos de Atención Educativa para alumnado con discapacidad visual grave o ceguera
- Comisiones de servicio en Centros reconocidos como Comunidades de aprendizaje (sólo renovación)
- Comisiones de servicio en Equipos de Atención Educativa en Centros de Reforma de Menores.
- Comisiones de servicio en Equipos de Atención Educativa Hospitalaria y Domiciliaria.
- Comisiones de servicio en Centros reconocidos como Comunidades de Aprendizaje (provisión de plazas, únicamente para las Comunidades de aprendizaje La Paz y Entre Culturas)
- Comisiones de servicio para atender solicitudes basadas en supuestos de violencia de género
- Comisiones de servicio por cargo electo
- Comisiones de servicio por discapacidad o enfermedad grave (renovación de puesto si existe vacante): podría contactarse previamente o realizarse después del acto público, habiendo reservado la plaza.
- Actos públicos de suprimidos/as, amortizados/as, desplazados/as, expectativas de destino, reingresados/as, funcionarios/as en prácticas
- Comisiones de servicio por discapacidad o enfermedad grave (nueva adjudicación)
- Concursillo
- Comisiones de servicio Humanitarias por enfermedad del propio funcionario o funcionaria
- Comisiones de servicio Humanitarias por enfermedad de un familiar (primer grado de consanguinidad)
- Comisiones de servicio para facilitar el cumplimiento de medidas judiciales establecidas en relación con el ejercicio de la patria potestad, guardia y custodia y el régimen de visitas en los supuestos de separación y divorcio
- Comisiones de servicio para atender situaciones de embarazo de riesgo, así como para facilitar la realización de tratamientos médicos relacionados con la maternidad
- Comisiones de servicio para el cuidado de familiares con discapacidad.
- Comisiones de servicio por cuidado de hijos e hijas menores de 6 años, cuando ambos cónyuges o ambos miembros de la pareja de hecho trabajen fuera de la localidad de residencia familiar (75 km o más, entre lugar de trabajo y de residencia familiar), o en el caso de familias monoparentales, cuando en su caso el progenitor de que se trate trabaje al menos a 75km del lugar de residencia.
- Comisiones de servicio por cuidado de hijos e hijas menores de 6 años, cuando al menos uno de los cónyuges o uno de los miembros de la pareja de hecho trabaje fuera de la localidad de residencia familiar (200 km o más, entre lugar de trabajo y de residencia familiar)
- Comisiones de servicio para el cuidado de los ascendientes en primer grado por razón de edad
- Comisiones de servicio por enfermedad de familiares
- Comisiones de servicio por cuidado de hijos e hijas que requieran una especial atención
- Comisiones de servicio para puestos en los Servicios de Inspección de las Delegaciones Provinciales de Educación, Cultura y Deportes (únicamente para funcionarios de carrera del cuerpo de Inspectores de Educación, de Castilla-La Mancha)
- Adjudicación de vacantes de personal interino
Tras el inicio de curso, se podrían adjudicar, en caso de generarse alguna vacante durante el curso y hasta el final del mismo (por ejemplo, por fallecimientos o jubilaciones), con la misma preferencia anteriormente indicada, los siguientes tipos de comisiones:
- Por cargo electo y de conciliación, si fueron solicitadas en plazo y no se pudieron adjudicar por no existir vacante, hasta el 30 de noviembre
- Por violencia de género, durante todo el curso
- Por discapacidad igual o superior al 50% o enfermedad grave, y las de carácter humanitario, solicitadas en plazo o después de este plazo por razones sobrevenidas, durante todo el curso
Efectos de la adjudicación de comisión de servicio
- La comisión de servicio se hará efectiva desde el 1 de septiembre hasta el 31 de agosto.
- Una vez asignada plaza en virtud de esta modalidad de comisión de servicio, en ningún caso se modificará esta asignación por la circunstancia de que, con posterioridad surjan plazas de necesaria cobertura, en los Servicios de Inspección de Educación de las Delegaciones Provinciales.
- Bajo esta modalidad de comisión de servicio no podrá obtenerse plaza con posterioridad a la celebración del acto público de adjudicación de plazas para inspectores accidentales que se celebre inmediatamente antes del inicio de cada curso escolar
- Las comisiones de servicio pueden quedar revocadas y sin efecto si desaparecen las razones de urgencia o necesidad que motivaron su concesión, si se suprimen las plazas asignadas en comisión de servicio, si se incorpora a su puesto la persona titular de la plaza asignada en comisión y por cualquier otra causa debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Recursos Humanos.
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