Se reactiva el procedimiento de constitución de la comisión de elaboración de pruebas de certificación durante los primeros diez días hábiles del mes de septiembre (del jueves, 1 de septiembre, al miércoles 14), para los idiomas español como lengua extranjera, francés, italiano y portugués.

Acceso al trámite en la sede electrónica: https://www.jccm.es/tramites/1008297Este enlace se abrirá en una ventana nueva

Junto a la solicitud se deberá adjuntar la documentación justificativa de los méritos declarados que no puedan ser comprobados de oficio por la Administración, que son los relativos a haber desarrollado las funciones de coordinación general, coordinación, redacción y validación. Estos documentos que se aporten deberán ser digitalizados y presentados como archivos adjuntos a la solicitud.


La constitución de la comisión está regulada por la 
Resolución de 23/06/2023, de la Viceconsejería de Educación, por la que se regula el procedimiento para la constitución y actuación de las comisiones de elaboración de pruebas de certificación de nivel de competencia lingüística de enseñanzas de idiomas de régimen especial en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

La elaboración de las pruebas de certificación recaerá en las comisiones de elaboración, formadas por profesorado de EOI elegido mediante el procedimiento establecido en la resolución. Se designará por parte de la administración una persona encargada de la coordinación general de la elaboración de las pruebas de las distintas comisiones, así como un coordinador o coordinadora en cada comisión, que junto con dos representantes del Servicio de Plurilingüismo de la Dirección General competente en materia de enseñanza de
idiomas constituirán la Comisión de Garantías y Seguimiento, que se encargará de supervisar todo el procedimiento y que se reunirá, al menos, en tres ocasiones a lo largo del periodo de preparación de las pruebas para informar de las cuestiones inherentes al proceso.

Se constituirá una comisión por cada uno de los siguientes idiomas: alemán, español como lengua extranjera, francés, inglés, italiano y portugués, y, excepto la de portugués, estarán formadas por entre cuatro y cinco integrantes, de los cuales uno ejercerá funciones de coordinación y el resto de redacción. La comisión de portugués estará integrada por el profesorado implicado en la docencia de este idioma durante el curso escolar 2023-2024, con las mismas condiciones individuales que las personas integrantes del resto de comisiones.

También formará parte de las comisiones profesorado de escuelas oficiales de idiomas que efectuará labores de validación de las pruebas. Este profesorado asesor especialista será nombrado por la persona titular de la Dirección General competente en materia de enseñanza de idiomas.

Las comisiones serán responsables de las siguientes actuaciones:
a) Elaboración de las tareas de las que consten las pruebas de certificación de las convocatorias ordinaria y extraordinaria de los niveles B1, B2, C1 y C2

b) Elaboración de las tareas de las que consten las pruebas de certificación que sean de aplicación para el alumnado matriculado en proyectos bilingües o plurilingües en 4º de ESO o 2º curso de un ciclo formativo de grado medio según se establezca en la correspondiente convocatoria.

c) Elaboración de las especificaciones donde se concretará la estructura, formato y duración de las pruebas de todos los idiomas y niveles, incluido el A2.

d) Elaboración de la correspondiente guía del candidato, guía del coordinador y del redactor y guía del aplicador/ evaluador.


Procedimiento de constitución de las comisiones.
1. En el procedimiento de constitución de las comisiones se priorizará como profesorado integrante de las mismas, respetando la antigüedad en el cuerpo, a aquél que pertenezca a una escuela oficial de idiomas en la que haya profesorado con insuficiencia horaria y no haya tenido informe desfavorable por participaciones anteriores. En caso de igualdad, se aplicarán los criterios establecidos a continuación para el resto del profesorado integrante de las comisiones.

2. A continuación, se priorizará, en su caso, al profesorado asesor especialista.

3. Para el resto del profesorado integrante de las comisiones, la selección se llevará a cabo atendiendo a los siguientes criterios:
a) Haber desempeñado las funciones de coordinación general: 2,5 puntos por año.
b) Haber desempeñado las funciones de coordinación: 2 puntos por año.
c) Haber desempeñado las funciones de redacción: 1,5 puntos por año.
d) Haber desempeñado las funciones de validación: 1 punto por año.
e) Haber ocupado cargos directivos: 0,5 puntos por año considerando las fracciones de forma proporcional.
f) Haber ocupado la jefatura de departamento: 0,5 puntos por año considerando las fracciones de forma proporcional.
g) Antigüedad en el cuerpo: 0,5 puntos por año.
h) Experiencia docente en el cuerpo de profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas: 0,5 puntos por año, considerando las fracciones de forma proporcional.
i) Experiencia docente en otros cuerpos, en centros públicos: 0,3 puntos por año considerando las fracciones de forma proporcional.

4. En caso de empate, la selección se hará atendiendo, por orden de prioridad correlativo, a la mayor puntuación obtenida en la valoración de los criterios a), b) c) y d). Si persistiera el empate, se considerará la mayor puntuación obtenida en los criterios previstos en las letras siguientes, por orden de prioridad correlativo.

5. Los criterios de selección mencionados anteriormente serán comprobados de oficio por la Administración a excepción de los recogidos en las letras a), b), c) y d), que deberán ser acreditados por el profesorado interesado.

Nombramientos y causas de exención.
1. El profesorado que forme parte de las distintas comisiones será nombrado desde el 01/09/2023 hasta el 30/06/2024. En el caso del profesorado que se incorpore con posterioridad, el nombramiento tendrá efectos desde el día de su incorporación.

2. Durante la administración de las pruebas, las comisiones de elaboración de pruebas estarán a disposición de la Administración para solventar cualquier incidencia que pudiera acontecer en relación con el procedimiento.

3. Una vez producido el nombramiento de todo el profesorado implicado, la participación en las comisiones tendrá carácter obligatorio. Esta Administración educativa podrá determinar las circunstancias en las que, por su situación administrativa o por causa de fuerza mayor, determinado profesorado pueda ser dispensado de esta participación, conforme a la valoración e informe del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes que corresponda.

4. Las solicitudes de dispensa basadas en causas médicas solamente serán aceptadas si son informadas favorablemente por el Servicio de Inspección Médica de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes que corresponda.

5. El profesorado que haya formado parte de las comisiones durante el curso 2022/2023 estará exento de participar en las mismas si así lo desea, siempre que lo permita el número necesario de integrantes de las comisiones y el profesorado existente de cada especialidad. No podrá acogerse a esta exención el profesorado que se encuentre en situación de desplazado por insuficiencia horaria en su centro si su participación en las comisiones fuera necesaria.


Calendario para la elaboración de las pruebas de certificación
Una vez constituida la Comisión de Garantías y Seguimiento y nombrado el profesorado que formará parte de las comisiones, el Servicio de Plurilingüismo fijará el procedimiento general a seguir y, en coordinación con la persona responsable de la coordinación general y demás integrantes de la Comisión de Garantías y Seguimiento, planificará las actuaciones que garanticen la coordinación entre niveles e idiomas en dos aspectos fundamentales: la programación del trabajo a realizar y el calendario de actuación en los idiomas y niveles correspondientes de las dos convocatorias, ordinaria y extraordinaria.


Reconocimiento de créditos de formación permanente
1. El profesorado responsable de la coordinación de cada idioma constituirá un grupo de trabajo con el profesorado que desempeñe las funciones de redacción de su comisión.
2. La persona responsable de la coordinación general y el profesorado responsable de la validación constituirá un grupo de trabajo.
3. La certificación del profesorado participante se realizará a propuesta del coordinador o coordinadora, hasta un máximo de 7 créditos, conforme a la normativa vigente de reconocimiento, registro y certificación de las actividades de formación permanente del profesorado no universitario.
4. La persona responsable de la coordinación general deberá presentar al Servicio de Plurilingüismo la correspondiente memoria final hasta el día 15/07/2024.


Asignación horaria
1. En cuanto al horario del profesorado integrante de las comisiones, se asignarán las siguientes horas lectivas  complementarias de dedicación a la elaboración de las pruebas:
a) Coordinador o coordinadora general: Doce horas lectivas y tres complementarias.
b) Coordinadores y coordinadoras: Ocho horas lectivas y tres complementarias.
c) Redactores y redactoras: Ocho horas lectivas y dos complementarias.

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