Publicada Orden que regula las actividades y pruebas extraordinarias para obtención del título de ESO
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El Real Decreto 217/2022 indica, en su artículo 17.5, que aquel alumnado que, una vez finalizado el proceso de evaluación del cuarto curso de ESO, no haya obtenido el título y exceda los límites de edad definidos, podrá obtenerlo durante los dos cursos siguientes, mediante la realización de actividades o pruebas personalizadas extraordinarias de las materias o ámbitos que no haya superado. El Decreto 82/2022 también recoge esta posibilidad.
Esta orden regula el procedimiento para que los centros de secundaria puedan organizar, anualmente, la realización de actividades o pruebas personalizadas extraordinarias para la obtención del Título de Graduado o Graduada en ESO.
El plazo para solicitar la realización de las actividades o pruebas personalizadas extraordinarias permanecerá abierto, con carácter general a partir del curso 25/26, del 1 al 30 de septiembre. Para el presente curso, el plazo será del 22 al 30 de octubre.
https://educacion.fespugtclm.es/orden-pruebas-extraordinarias-eso/https://educacion.fespugtclm.es/storage/NORMATIVApeque.jpghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/NORMATIVApeque-150x150.jpgÚLTIMAS NOTICIAS: E. PÚBLICAÚnete a nuestros canales informativos: Telegram Whatsapp Orden 174/2024, de 9 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la realización de las actividades o pruebas personalizadas extraordinarias para la obtención del título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria, en la comunidad...UGT Enseñanza ensenanza.albacete@fespugtclm.esAdministratorEnseñanza UGT Servicios Públicos CLM