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Próximos procesos: en 2026 y 2028, donde se convocarán el máximo número de plazas posibles, según legislación vigente, gracias al Acuerdo de Mejoras firmado por UGT y ANPE.

Listados de personas seleccionadas en 2024

 

PUBLICADOS LOS LISTADOS DEFINITIVOS DE PERSONAS ASPIRANTES SELECCIONADAS

Documento Adobe PDFResolución

  • Recurso que engloba varios ficherosListas definitivas de seleccionados. Turno libre

 

¿HAS SIDO SELECCIONADO/A?

En primer lugar, ¡¡enhorabuena!!. Has conseguido superar un proceso complicado y costoso. Pero el camino sigue, ahora como funcionario/a en prácticas, estado previo a tu nombramiento como funcionario/a de carrera. ¿Qué tengo que hacer ahora?. Te lo explicamos a continuación

Presentación de la documentación

Lo primero que debes hacer, es, una vez publicada la lista definitiva de aspirantes seleccionados, presentar por registro una serie de documentación requerida, en los 5 días hábiles siguientes a la publicación de los listados definitivos de personas seleccionadas (esto es, del 1 al 7 de agosto).

Aunque la convocatoria establece que ha de presentarse en la Delegación Provincial de la provincia que fue sede de la especialidad, en la práctica se puede hacer acudiendo al registro de cualquier Delegación Provincial de Educación (la cuál remitirá la documentación a la Delegación de la provincia de gestión de la especialidad, si es el caso). La documentación la puede aportar otra persona en nuestro nombre. En tal caso, se puede presentar un modelo de autorización de representación, y copia del DNI del interesado/a. (Modelo autorización).

La documentación a aportar es:

  • Original del título alegado (título, certificado académico, etc)
  • Una declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna administración pública, de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni ser funcionario de carrera o en prácticas del Cuerpo de Maestros o estar pendiente de nombramiento como funcionario de carrera en dicho cuerpo (se adjunta a continuación).
  • La convocatoria señala que la Administración podrá requerir originales de los méritos alegados, para cotejarlos, antes del nombramiento de prácticas. La resolución publicada junto con los listados de seleccionados definitivos, pide esta documentación. Por tanto, habrá que presentar los originales de cuanta documentación haya presentado a efectos de la fase de méritos (previsiblemente, excepto en el caso de méritos que figuraban ya en la relación de documentación en poder de la administración que se mostraba en la solicitud de oposición y el/la aspirante confirmó su validez).
  • Si no se autorizó en la solicitud de participación a recabar la Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, también hay que presentarla.
  • Junto a todo lo anterior, recomendamos adjuntar el siguiente modelo indicando la relación de documentos que se aportan.

Quienes ya sean funcionarios públicos de carrera, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar  certificación u hoja de servicios del Organismo del que dependan, para acreditar tal condición, en la que se consignen los siguientes datos: cuerpo, área o especialidad al que pertenecen, número de registro de personal y si se encuentran en servicio activo, Lugar y fecha de nacimiento, y Título académico que poseen y fecha de expedición.

Esto es muy importante, pues en caso de no presentar la documentación en plazo (salvo casos de fuerza mayor), no se podrá ser nombrados funcionario/a en prácticas.

En el caso de haber aprobado en más de una comunidad autónoma, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir de la publicación de las listas de seleccionados definitiva, optar por una de ellas mediante escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, renunciando a todos los derechos que pudieran corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta opción, la aceptación del primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia a los restantes.

 

LISTADOS PROVISIONALES DE PERSONAS ASPIRANTES SELECCIONADAS


Baremo definitivo de la fase de concurso

  • INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE LA EXPERIENCIA: Se tiene en cuenta un máximo de 5 cursos en este apartado, por lo que la puntuación del apartado 1 puede no coincidir con la suma de los subapartados 1.1 a 1.4. En caso de superar los 5 años de experiencia en varios apartados, se valoran los 60 meses que otorguen más puntuación.
  • Este baremo se aplica a las personas que han superado el proceso de oposición (exámenes), a efectos de determinar quién obtiene plaza.
  • Para el resto de personas que queden en bolsa ordinaria, se aplicará otro baremo distinto. No obstante, la suma de los apartados 2 y 3 de este baremo se tendrán en cuenta para el baremo de la bolsa ordinaria (con un máximo de 2 puntos). Es importante también revisarlo en estos casos.
  • Quienes no hayan aprobado la primera prueba y no estuvieran en bolsa ordinaria, entrarían en bolsa de reserva, y dado que la ordenación en esta bolsa es por nota, no afectaría este baremo.

Publicación de notas de la segunda parte y seleccionados

  • Calificación segunda parte:
    • Publicadas el 17 de julio: Inglés, Primaria, PT, Francés y Música. Reclamaciones 18 y 19 de julio.
    • Previstas para el 18 de julio: para E. Física. Reclamaciones del 19 al 22 de julio.
    • Previstas para el 19 de julio: Infantil y AL. Reclamaciones del 22 y 23 de julio.
    • Descarga nuestra guía sobre cómo consultar las notas en PITIA aquí
  • ¿Cómo se puede presentar la reclamación?
    • En oficinas de registro: a través de modelo de reclamación, dirigidas al tribunal correspondiente, podrán presentarse en las oficinas de registro de entidades públicas (recomendamos en cualquiera de las delegaciones provinciales de educación).
    • A través de registro electrónico: si dispones de certificado digital o DNIe, puedes tramitarla on-line siguiendo los pasos que podrás descargar haciendo click aquí. Si tienes clave PIN o permanente, dependerá del nivel de seguridad que tengas poder realizarla o no siguiendo estos pasos.
    • No son válidas reclamaciones enviadas por correo electrónico, ni aquellas presentadas en el centro sede del proceso.
    • ¿Pueden bajarme la nota si reclamo? La respuesta es NO. Según la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dice en su artículo 119.3 que “la resolución será congruente con las peticiones formuladas por el recurrente, sin que en ningún caso pueda agravarse su situación inicial”.  Es por ello por lo que, no se puede hacer una revisión a la baja de la calificación obtenida, por lo que la calificación se mantendría salvo que concurriera un error en la transcripción de la misma.
    • Si necesitas más información contacta con nosotros en ensenanza@fespugtclm.es

Recursos de alzada a las respuestas de los tribunales o al baremo definitivo

  • ¿Qué plazo hay?
    • Un mes a partir del día siguiente a la recepción por correo postal de la resolución de la reclamación contra las calificaciones de las pruebas, emitida por el tribunal.
    • Un mes a partir de la publicación del baremo definitivo (a partir del 23 de julio).
  • ¿Cuál es el plazo legal para responder al recurso de alzada?
    • 3 meses
    • No obstante, la respuesta podría llegar más allá de esos 3 meses
  • ¿Qué pasa si me desestiman el recurso?
    • Se puede interponer un recurso contencioso-administrativo.
    • Los afiliados y afiliadas con más de 1 año de antigüedad tienen cobertura jurídica para estos casos.
  • ¿En qué casos me interesa reclamar el baremo definitivo?
    • Si se obtiene plaza: en procesos posteriores, cuando se es funcionario/a de carrera, es posible que se desempate por nota del proceso selectivo. Si hay un error es aconsejable reclamarlo para que, aunque no nos afecte ahora, no nos afecte en el futuro.
    • Si se podría obtener plaza: si no se está entre los seleccionados, pero podría estarse si se atendiera la reclamación, es necesario reclamar.
    • Si se va a estar en bolsa ordinaria de personal interino: en este caso, siempre que la suma de los apartados 2 y 3 no sumen 2 puntos, y se pueda subir en alguno de estos apartados, es interesante reclamar para no perder puntos en bolsa.
  • ¿Cómo se puede presentar el recurso de alzada?
    • En oficinas de registro: a través de modelo de recurso (descargar modelo oficial).
      • Para recursos de alzada contra respuestas de los tribunales a reclamaciones de las calificaciones de las pruebas del Concurso-oposición, será la Dirección General de Recursos Humanos.
      • Para recursos de alzada contra la publicación del baremo, y contra las listas definitivas de aspirantes seleccionados, hay que seleccionar la Consejería de Educación, Cultura y Deportes
    • A través de trámite online: si dispones de certificado digital o DNIe, puedes tramitarla on-line siguiendo los pasos que podrás descargar haciendo click aquí. Si tienes clave PIN o permanente, dependerá del nivel de seguridad que tengas poder realizarla o no siguiendo estos pasos.

  • Si necesitas más información contacta con nosotros en ensenanza@fespugtclm.es
  • Exclusivo para afiliados y afiliadas: os asesoramos y ayudamos con la gestión y tramitación de estos recursos. Contacta con nosotros en las distintas sedes o a través del correo electrónico ensenanza@fespugtclm.es.

Cálculo de la nota final

La nota de corte de los seleccionados dependerá de muchos factores. Aquí te dejamos información sobre las notas de corte hace dos años (en especialidades donde se convocaron menos plazas) y la que obtuvo el aspirante en la posición exacta que coincide con el número de plazas a repartir en el caso de AL e Inglés (especialidades en las que este año se convocan menos plazas)

ESPECIALIDAD PLAZAS NOTA DEL ASPIRANTE SELECCIONADO EN 2022 EN LA POSICIÓN QUE COINCIDE CON EL NÚMERO DE PLAZAS (especialidades en las que se convocan este año menos plazas) NOTA DEL ÚLTIMO ASPIRANTE SELECCIONADO EN 2022 Y POSICIÓN (especialidades en las que se convocan este año más plazas)
Infantil 242 8,4796 (posición 174)
Primaria 219 8,1307 (posición 190)
Música 81 8,0172 (posición 62)
E. Física 121 7,9181 (posición 98)
Francés 13 6,2361 (posición 11)
PT 130 7,4093 (posición 99)
AL 59 7,3373
Inglés 219 6,8993

Publicación de notas de la primera parte

  • 3 de julio: Primaria, Inglés, Francés, Música, PT, AL y Educación Física.
    • El plazo de reclamaciones en estas especialidades es de 2 días hábiles (jueves 4 y viernes 5).
  • 4 de julio: Educación Infantil
    • El plazo de reclamaciones es de 2 días hábiles (viernes 5 y lunes 8)
  • Se podrán consultar en PITIA individualmente, y en los centros que han sido sede, así como las delegaciones provinciales.

Descarga nuestra guía sobre cómo consultar las notas y los llamamientos en PITIA aquí

 

VER RATIOS DE ASPIRANTES POR PLAZAS ACTUALIZADAS Y ESTADÍSTICAS DETALLADAS DE CALIFICACIONES POR TRIBUNAL AQUÍ


 

Reclamaciones a las calificaciones

  • ¿Pueden bajarme la nota si reclamo? La respuesta es NO. Según la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dice en su artículo 119.3 que “la resolución será congruente con las peticiones formuladas por el recurrente, sin que en ningún caso pueda agravarse su situación inicial”.  Es por ello por lo que, no se puede hacer una revisión a la baja de la calificación obtenida, por lo que la calificación se mantendría salvo que concurriera un error en la transcripción de la misma.
  • ¿Cómo debe ser la respuesta? Debe ser motivada y justificada, según marca la Ley de Procedimiento Administrativo, la convocatoria y algunas sentencias (p.e. STS 2861/2014).  Las reclamaciones serán examinadas por el tribunal y contestadas por escrito mediante resolución motivada que se notificará al aspirante, y contra esta resolución los aspirantes podrán presentar recurso de alzada ante el Director General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación. Las respuestas llegarán por correo postal durante las semanas siguientes. En caso de reclamación recomendamos ir mirando en PITIA los días sucesivos por si hubiera modificación de calificación y llamamiento.

  • ¿Cómo se puede presentar la reclamación?
    • En oficinas de registro: a través de modelo de reclamación, dirigidas al tribunal correspondiente, podrán presentarse en las oficinas de registro de entidades públicas (recomendamos en cualquiera de las delegaciones provinciales de educación).
    • A través de registro electrónico: si dispones de certificado digital o DNIe, puedes tramitarla on-line siguiendo los pasos que podrás descargar haciendo click aquí. Si tienes clave PIN o permanente, dependerá del nivel de seguridad que tengas poder realizarla o no siguiendo estos pasos.

    • No son válidas reclamaciones enviadas por correo electrónico, ni aquellas presentadas en el centro sede del proceso.
  • Si necesitas más información contacta con nosotros en ensenanza@fespugtclm.es
  • Exclusivo para afiliados y afiliadas: os asesoramos y ayudamos con la gestión y tramitación de las mismas. Contacta con nosotros en las distintas sedes o a través del correo electrónico ensenanza@fespugtclm.es.

 


    Incidencia especialidad Educación infantil turno discapacidad

    Durante el desarrollo de la primera prueba del proceso selectivo en la especialidad de Educación Infantil por el turno de discapacidad, se produjo un error al comunicar los temas en algunas aulas, de forma que aspirantes del turno de discapacidad realizaron los temas correspondientes al turno libre. Este error se advirtió cuando ya era tarde y no podía subsanarse durante el desarrollo de la prueba.

    Desde UGT consideramos que cualquier solución que se pretenda dar a esta situación causaría un perjuicio a un porcentaje de las personas aspirantes. Por ejemplo, la repetición del examen sería perjudicial para todas las personas aspirantes que tuvieran que desplazarse de nuevo a Albacete. También podría perjudicar a personas que, realizando los temas que correspondían al turno de discapacidad, hubieran hecho un buen desarrollo del mismo. Y, al mismo tiempo, no repetirlo podría perjudicar a quienes hicieron los turnos del turno libre que podrían haber hecho una mejor prueba de haber elegido entre los temas del turno de discapacidad.

    Por ello, ante cualquier solución que se adopte (podría optarse por puntuar a cada aspirante el tema que haya hecho, con independencia de si correspondía a los sorteados para el turno libre o para el turno de personas con discapacidad), ponemos nuestros servicios jurídicos a disposición de nuestros afiliados y afiliadas para el estudio de reclamaciones por vía administrativa y judicial, si así lo consideran oportuno.


    Publicación del baremo provisional

    • ¿En qué casos no se está valorando el título de Técnico Superior? Según se nos informa desde la Consejería, no se valora en aquellos casos en los que supone el acceso a los estudios universitarios alegados para el acceso al cuerpo, lo que se está comprobando a través de la certificación académica del expediente.

    • Si necesitas el justificante de la solicitud para comprobarla de cara a las reclamaciones, escribe a procesos.edu@jccm.es solicitando copia.
    • Revisa el baremo: una reclamación a tiempo puede ser definitiva en la obtención de plaza o el orden en bolsa de interinidades. Si reclamas el baremo definitivo, la resolución puede tardar hasta 3 meses al ser vía recurso de alzada, por lo que es recomendable reclamar esta publicación provisional.
    • No aparecen ahora quienes se hayan presentado en otra Comunidad (deben enviar un email hasta el 5 de julio a justificante.oposicion@jccm.es, con justificante del tribunal donde se presentaron).
    • ¿Tienes dudas de la baremación? Contacta con nosotros en el email ensenanza@fespugtclm.es
    • Exclusivo afiliados/as: ayudamos con las posibles reclamaciones  y recursos de alzada del baremo y el resto del proceso


    Datos de la primera parte

    TEMAS DE LA PRIMERA PRUEBA

    • Infantil
      • Turno libre: 14 y 17
      • Turno de personas con discapacidad: 21 y 23
    • Primaria
      • Turno libre: 1 y 7
      • Turno de personas con discapacidad: 4 y 6
    • Inglés
      • Turno libre: 7 y 15
      • Turno de personas con discapacidad: 9 y 18
    • Francés
      • Turno libre: 12 y 19
      • Turno de personas con discapacidad: 3 y 13
    • Educación Física
      • Turno libre: 12 y 23
      • Turno de personas con discapacidad: 6 y 24
    • Música
      • Turno libre: 3 y 20¡
      • Turno de personas con discapacidad: 5 y 20
    • Pedagogía Terapéutica
      • Turno libre: 7 y 22
      • Turno de personas con discapacidad: 1 y 12
    • Audición y Lenguaje
      • Turno libre: 14 y 19
      • Turno de personas con discapacidad: 8 y 14

     


    Criterios de actuación y evaluación


      Fechas de presentación y llamamientos

      • Fecha de presentación y primer examen: 22 de junio. La hora del acto de presentación es de 8h a 9h, de asistencia obligatoria y personal (no puede ir nadie en representación). Hay que llevar DNI, pasaporte o carnet de conducir en vigor.
      • Para todas las especialidades, el desarrollo de tema se realizará a partir de las 09:00 horas del día 22.
        • Para las especialidades de AL, PT, E. Física, Infantil, Primaria, Inglés y Francés, el desarrollo de tema se realizará a partir de las 09:00 horas del día 22 y, a continuación, se realizará la prueba práctica.
        • En Música, para la prueba práctica, los aspirantes, por su orden de actuación, serán citados por los correspondientes tribunales en los días sucesivos.
      • Para la segunda prueba  (defensa de la programación didáctica y preparación y exposición de una unidad didáctica), los aspirantes que superen la primera serán citados, por su orden de actuación, por su tribunal quien, fijará fecha y hora para su desarrollo. La programación se entregará al tribunal el mismo día en que sean citados para su defensa.
      • Consulta aquí el centro y aula al que debes dirigirte

      Tribunales

      • En el procedimiento de adquisición de nuevas especialidades todos los aspirantes se asignan al tribunal número 1 de la especialidad. Serán citados por el tribunal, pudiendo ser citados el mismo día 22 de junio.
      • Aquellos miembros de los tribunales que se hallen incursos en alguna o algunas de las causas de abstención deberán alegar por escrito y acreditar, en el acto de constitución del tribunal, la causa de su abstención que será resuelta por su presidente. Asimismo, los aspirantes de estos procedimientos podrán recusar a dichos miembros. Son causas de abstención y recusación:
        • Tener interés personal
        • Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquier persona aspirante.
        • Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con cualquier persona aspirante.
        • Tener relación de servicio con cualquier aspirante, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.
        • Haber realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el mismo cuerpo y especialidad en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
      • Turno discapacidad: las personas aspirantes por el turno de discapacidad quedan asignadas al tribunal 1 de cada especialidad.

       

      Opositores por tribunal (descargar)

      opositores por tribunal

       

      Miembros de tribunales (descargar)

      miembros tribunales

       

      Centros sede (descargar)

      centros sede

       

      Comisiones de selección (descargar)

      comisiones de selección_watermark

       

      Resoluciones


       

      • Exclusivo para afiliados/as: te ayudamos a realizar todas las reclamaciones y recursos del proceso, y gestionamos su registro si es necesario.
      • Email para consulta de dudas: ensenanza@fespugtclm.es

      CONVOCATORIA DEL PROCESO


      PLAZAS CONVOCADAS

      Según la OEP 2023 aprobada el 5 de diciembre en la Mesa General de Negociación del Personal Empleado Público (con el voto a favor de UGT y FSES (ANPE), la abstención de CSIF y la votación en contra de la Intersindical-STE y CCOO),  se convocarán 1133 plazas del Cuerpo de Maestr@s, distribuidas de la siguiente forma:

      • En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023, la tasa de reposición de efectivos se calculó tomando el máximo permitido, que era el 120%. Esto es consecuencia del Acuerdo de Mejora firmado en 2023 por UGT y ANPE (rechazado por CCOO, CSIF y STE), el cual recoge la convocatoria de oposiciones durante los próximos años al máximo de lo establecido en la normativa legal en vigor. 
      • Desde UGT valoramos muy positivamente que la oferta contemple la tasa máxima de reposición permitida de un 120%, más cuando esto supone el cumplimiento de otro aspecto más recogido en el acuerdo firmado por ANPE y UGT, de igual modo que otras medidas que ya se han implementado durante estos últimos meses. (Según recoge el acuerdo, La Consejería con competencias en materia de educación no universitaria se compromete a proponer, anualmente la aprobación de ofertas de empleo público docente, de conformidad al máximo establecido en la normativa vigente estatal, al objeto de dotar de mayor estabilidad a las plantillas de los centros docentes. A tal efecto, las ofertas de empleo público quedarán así establecidas por Cuerpos Docentes para las cinco próximas convocatorias, en coordinación con las comunidades autónomas limítrofes, previa negociación en la Mesa Sectorial de Personal del Ministerio de Educación y Formación Profesional).  Consideramos necesarias ofertas de empleo de máximos para poder para reducir la interinidad y mantenerla por debajo del 8%.
      • Por poner en contexto la oferta, en conjunto, las plazas ofertadas en 2024 supondrán la mayor oferta del cuerpo de maestros desde 2009, suponiendo un 9,5% más que las plazas convocadas en 2022 y casi un 8% más que las convocadas en 2019, un incremento de más del 51% con respecto a la oferta de 2016 (750 plazas), y una cantidad casi 6 veces mayor al número de plazas que se convocaron en toda la legislatura de los recortes (unas escasas 200 plazas de 2011 a 2015), por lo que consideramos que las cifras finales son muy positivas, ya que además se produce en un momento en el que se está acusando el enorme descenso de la natalidad en los centros. El poder mantener esta oferta de máximos es también consecuencia de la bajada progresiva de ratios y horas lectivas firmadas en el acuerdo.

      La oferta actual es la mayor en 15 años, y se acerca mucho a las ofertas de los años previos a la crisis, en un contexto social marcado por el descenso de natalidad.

      Para 2024 se convocan oposiciones del Cuerpo de Maestr@s en Castilla-La Mancha por el sistema de reposición (RD 276/2007), no convocándose por tanto por el sistema de estabilización (RD 270/2022). La oferta de empleo de 2022 se aprobó con el voto en contra de UGT y con el voto a favor de ANPE, CSIF y CCOO. UGT se mostró en contra de esta oferta porque, pese a estar de acuerdo en el número de plazas, el Cuerpo de Maestr@s en nuestra región no va a tener ninguna opción a procesos de estabilización, ni a través de concurso de méritos ni a través de concurso-oposición de estabilización, lo cual ha provocado que numerosos docentes de nuestra comunidad hayan emigrado a otras comunidades. Desde UGT siempre hemos defendido que tendrían que convocarse procesos tanto de estabilización como de reposición, en función de las plazas que correspondían a uno y otro proceso según la Ley 20/2021.

       


      FECHA DE LA PRIMERA PRUEBA

      • FECHA OFICIAL: sábado 22 de junio de 2024

      SEDES

      No se conocen por el momento los centros concretos, pero sí las provincias donde serán las pruebas por especialidades.


      LISTADOS DE PERSONAS ADMITIDAS Y EXCLUÍDAS

      Información previa:

      • Publicados LISTADOS PROVISIONALES DE PERSONAS ADMITIDAS Y EXCLUIDAS AL PROCESO, Y PERSONAS QUE DEBERÁN HACER PRUEBA DE CASTELLANO.
        • Existían inicialmente 420 solicitudes excluidas en turno libre y 65 en el turno de personas con discapacidad
      • Causas de exclusión:
        • 01 No estar en posesión de la titulación exigida en la convocatoria
        • 02 No presentar fotocopia del documento acreditativo de identidad, en caso de aspirantes de nacionalidad no española
        • 03 Solicitud presentada fuera de plazo o sin registrar
        • 04 No abonar derechos de examen según convocatoria
        • 05 No firmar la instancia de participación (registro presencial)
        • 06 Solicitud sin nombre, apellidos o DNI
        • 09 No pertenecer al ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes-JCCM o no ser funcionario de carrera
        • 11 Pertenecer (como funcionario de carrera o en prácticas) al mismo cuerpo al que se desea ingresar
        • 12 Presentarse a la misma especialidad simultáneamente en las convocatorias de distintos turnos de acceso. Será admitido en la última participación presentada.
        • 13 No justificar requisitos para participar en la convocatoria de personas con discapacidad
        • 16 Por cumplir la edad reglamentaria de jubilación
        • 17 No acreditar suficientemente los requisitos relacionados con la nacionalidad exigidos en la convocatoria
        • 27 Abonar derechos de examen fuera de plazo
        • 29 No acreditar la titulación requerida
        • 30 No cumplir los requisitos para participar en el acceso consignado por la persona participante
        • 37 No cumplir los requisitos para estar exento del pago de tasas
        • 38 No abonar la tasa por derechos de examen en la cantidad correcta
        • 40 Por presentar solicitudes por más de una especialidad (Base 9.3). Está admitido en última solicitud presentada.
        • 44 No acreditar el cumplimiento del requisito necesario para tener derecho a bonificación o exención de la tasa por derechos de examen, no habiendo pagado la tasa en la cuantía correcta.

      PRUEBA DE CASTELLANO

       


      INFORMACIÓN GENERAL Y GUÍAS DEL PROCESO

      Puedes echar un vistazo al video resumen de lo que explicamos en la charla sobre el Concurso-Oposición del Cuerpo de Maestros 2024 en Castilla-La Mancha, con los detalles de las convocatoria.

       

      Guía detallada del proceso

      oposiciones 2024 guía NE

      Descargar guía en PDF


      BAREMO DE MÉRITOS

      Calculadora on-line del baremo

      Aquí

      Calculadora Excel del baremo

      Descárgala: Calculadora-baremo-oposicion-2024-UGT-ENSENANZA-CLM

       


      INFORMACIÓN DEL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN (reposición)

      El sistema de concurso-oposición en 2024 será, en esencia, igual al de 2022, ya que ambos se rigen por el RD 276/2007. Este RD ha sufrido modificaciones desde 2022, en concreto, las que afectan a especialidades de Formación Profesional con motivo de su integración en el cuerpo de Secundaria (y que, por tanto, no afectan al Cuerpo de Maestr@s), las que afectan al cumplimiento de la Ley 20/2021 para los procesos de estabilización (que no se van a aplicar aquí), y también se añadió un nuevo apartado al Anexo I que establece el baremo de méritos, por el cuál se puntuarán certificados de idiomas de nivel C1 o C2 de otras entidades acreditadas distintas a las Escuelas Oficiales de Idiomas (ver información detallada un poco más adelante en este mismo artículo).

        El sistema por tanto constará de dos fases:

        • Fase de oposición (exámenes): 66,67% de la nota final
          • Primera prueba: se exige un mínimo de 5 puntos y puntúa el 50% de la fase de oposición
            • Parte A: Desarrollo de un tema entre 2 extraídos al azar. Nota mínima: 2,5 puntos. 40% de la nota de la primera prueba.
            • Parte B: Prueba práctica. Nota mínima: 2,5 puntos. 60% de la nota de la primera prueba.
          • Segunda prueba: se califica globalmente y se exige un mínimo de 5 puntos, y puntúa el 50% de la fase de oposición
            • Presentación de Programación Didáctica
            • Preparación y exposición de Unidad Didáctica
        • Fase de concurso (méritos): 33,33% de la nota final (máximo 10 puntos)
          • Experiencia docente previa (máximo 5 puntos)
            • Experiencia como maestr@ en centros públicos, todas las especialidades (1 punto/año, 0,0833 puntos/mes)
            • Experiencia en otros cuerpos en centros públicos (0,5 puntos/año, 0,0416 puntos/mes)
            • Experiencia en especialidades del mismo nivel o etapa, en otros centros (0,5 puntos/año, 0,0416 puntos/mes)
            • Experiencia en especialidades de distinto nivel o etapa, en otros centros (0,25 puntos/año, 0,0208 puntos/mes)
          • Formación académica (máximo 5 puntos)
            • Expediente del título alegado (de 0,5 a 1,5 puntos en función de la nota)
              • Escala de 0 a 10
                • 0,5 puntos si la nota media está entre 5,5 y 6,5
                • 1 punto si la nota media es mayor de 6,5 y menor de 8
                • 1,5 puntos si la nota media está entre 8 y 10
              • Escala de 0 a 4
                • 0,5 puntos si la nota media está entre 1 y 1,5
                • 1 punto si la nota media es mayor de 1,5 y no es mayor de 2,33
                • 1,5 puntos si la nota media es mayor de 2,33
            • DEA, Suficiencia investigadora, Máster Universitario oficial (1 punto)
            • Doctorado (1 punto)
            • Premio extraordinario de doctorado (0,5 puntos)
            • Otras titulaciones universitarias (1 punto cada una)
            • Títulos profesionales de Música o Danza (0,5 puntos)
            • Certificados C1, C2 de EOI y otras entidades acreditadas (0,5 puntos)
            • Títulos de Técnico Superior de Artes, Técnico Superior de FP o Técnico Deportivo Superior (0,2 puntos)
          • Otros méritos: Formación permanente (máximo 2 puntos)
            • Asistente en actividades formativas relacionadas con la especialidad o la docencia (0,075 puntos/crédito)
            • Ponencias, coordinación, tutorías… en actividades formativas relacionadas con la especialidad o la docencia (0,150 puntos/crédito)
            • Asistente en actividades formativas relacionadas con otras especialidades (0,037 puntos/crédito)
            • Ponencias, coordinación, tutorías… en actividades formativas relacionadas con otras especialidades (0,075 puntos/crédito)
            • Solo para Educación Física: Deportista de Alto Nivel (0,5 puntos)
            • Premio extraordinario del Título Alegado para el acceso (0,5 puntos)

      El peso de cada parte en la nota final del concurso-oposición es el siguiente:

      • Parte A de la Primera Prueba (tema): 1,333 puntos
      • Parte B de la Primera prueba (práctico): 2 puntos
      • Programación Didáctica y Unidad Didáctica: 3,333 puntos
      • Experiencia Docente Previa: máximo  1, 667 puntos
      • Formación Académica: máximo 1, 667 puntos
      • Formación permanente: máximo 0,667%
        • Experiencia Docente Previa, Formación Académica y Formación Permanente sumadas solo pueden valer 3,333 puntos máximo.

      TITULACIONES DE IDIOMAS PUNTUABLES PARA OPOSICIONES

      Como se ha comentado, el Anexo I del RD 276/2007 que rige las convocatorias de procesos selectivos, cambió en 2022, añadiéndose un apartado 2.5 que quedó redactado como sigue:

      2.5 Dominio de idiomas extranjeros.

      Por aquellos certificados de conocimiento de una lengua extranjera, expedidos por entidades acreditadas conforme a lo que se determine en las convocatorias, que acrediten la competencia lingüística en un idioma extranjero de nivel avanzado C1 o C2, según la clasificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: 0,500 puntos.

      Los certificados de nivel avanzado C1 o C2 de un mismo idioma, acreditados de acuerdo con el apartado 2.4 o bien 2.5, se valorarán por una sola vez en uno o en otro apartado.

      Asimismo, cuando se presenten en esos apartados para su valoración varios certificados de los diferentes niveles acreditativos de la competencia lingüística en un mismo idioma, se valorará solamente el de nivel superior.

      Esto significa que pueden puntuar certificados expedidos por otras entidades distintos de las Escuelas Oficiales de Idiomas en el baremo. En el caso de Castilla-La Mancha, la Orden 133/2021 recoge en su Anexo las titulaciones reconocidas. Puedes ver este anexo aquí.

      anexo titulaciones

      Descargar Anexo

      Con respecto al Certificado de nivel B2 de EOI, bien es cierto que el RD 276/2007 marcaba que se puntuarían, en el apartado 2.4, los certificados de nivel avanzado (que con las últimas modificaciones legislativas de los últimos años son los niveles C1 y C2), pero hasta 2022, la convocatoria de concurso-oposición del cuerpo de Maestr@s indicaba que “A efectos del apartado 2.4.b) del baremo, se considerará como certificado de nivel avanzado o equivalente de escuela oficial de idiomas, el certificado de escuela oficial de idiomas de nivel B2 o superior.” Sin embargo, en la convocatoria de Enseñanzas Medias de 2023, esto cambió y se redactó de la siguiente forma: “A efectos del apartado 2.4.b) del baremo, se considerará como certificado de nivel avanzado o equivalente de escuela oficial de idiomas, el certificado de escuela oficial de idiomas de nivel C1 o superior (niveles avanzados C1 y C2 establecidos en el Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre).” Por tanto, en la convocatoria de Maestr@s de 2024 ya no puntuará el B2 de EOI.


      CURSOS PUNTUABLES

      Son válidos todos aquellos cursos realizados después de obtener la primera titulación universitaria que permita el acceso al Cuerpo, independientemente de que esta sea la alegada o no, siempre que cumplan los demás requisitos establecidos.

      Ejemplo:

      • Se obtiene Grado en Maestro de Primaria en 2016 con nota media de 6
      • Se realizan 3 cursos de 100 horas entre 2017 y 2018
      • Se obtiene Grado en Maestro de Infantil en 2019 con nota media de 9

      En este caso, se puede alegar como titulación para acceso al cuerpo y en cualquier especialidad (y de hecho conviene por la nota del expediente académico) el título de Infantil (de 2019), puesto que aportando el expediente académico de esta titulación se obtendría más puntuación al ser la nota media mayor. Los cursos, aunque se realizaron antes de esta titulación alegada, se valorarían al ser posteriores a otra titulación que permitiría también presentarse al concurso, la de Primaria, aunque es necesario presentar también esta otra titulación para ello. Se obtendrá la máxima puntuación posible con al menos 270 horas de cursos como asistente.

       


      MENCIONES

      Sobre las menciones, caben las siguientes aclaraciones:

      • No son necesarias para poder opositar para una determinada especialidad, pues el requisito es estar en disposición del título universitario correspondiente (por ejemplo, con el título de Grado en Maestro de Educación Infantil, o el de Primaria, se podría opositar a cualquier especialidad del cuerpo, aun no teniendo mención).
      • No dan puntos para oposición, pues lo que da puntos son titulaciones universitarias, no menciones
      • Las menciones en los títulos de Primaria (no las de los títulos de Infantil) pueden servir para habilitarse para otras especialidades a las que no se oposite en bolsa de interinos (por ejemplo, si se tiene Primaria con mención PT, se puede opositar por Infantil, y la titulación habilitaría para Primaria y para PT).
      • Las menciones también pueden servir para trabajar en centros privados/concertados.
      • Además, también para adquirir nuevas especialidades una vez que se es funcionario/a de carrera.  Cuando se aprueba el proceso selectivo, se es funcionario/a de carrera solo por la especialidad por la que se aprobó. Sin embargo, el Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del Cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la LOE, establece en el artículo 4 que, cuando se es funcionario/a de carrera por la especialidad por la que se aprobó la oposición, se pueden pedir nuevas habilitaciones, simplemente aportando nuevas titulaciones, y en el caso concreto de las menciones, estas son las que servirían:
        • Música: Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Música.
        • Educación Física: Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Educación Física.
        • Lengua extranjera (Francés, Inglés, Alemán): Título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria que incluya una mención en lengua extranjera en el idioma correspondiente y,además del mencionado título, la acreditación del nivel B2 del Marco común europeo de referencia para las lenguas.
        • Pedagogía Terapéutica: Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Pedagogía Terapéutica o aquellas otras menciones cuyo currículo esté específicamente relacionado con la atención al alumnado con necesidades educativas especiales.
        • Audición y Lenguaje: Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que incluya una mención en Audición y Lenguaje.

      TITULACIONES


      PUNTUACIÓN DE EXPERIENCIA EN CENTROS CONCERTADOS/PRIVADOS

      Para que cuente el trabajo en un centro concertado en el concurso-oposición, hay que solicitar un certificado del centro, con sello y firma del director. Debe constar en ese certificado que se ha trabajado como maestro o como profesor, con fecha de inicio y cese. Ese certificado hay que presentarlo posteriormente al servicio de inspección de la provincia donde esté el centro concertado, o pasarlo por registro, dirigido a inspección educativa de la provincia en la que esté ese centro para que le dé el visto bueno, de forma que el certificado quede visado con sello y firma de un inspector de educación.

      Para el visado, hay que presentar copia del DNI, contrato de trabajo, certificado del centro y vida laboral (deben coincidir fechas del certificado y la vida laboral, pues se comprueba en inspección). Si lo presenta otra persona distinta del interesado, lo suyo es realizar una autorización formal a esa otra persona, tanto para la presentación como para la recogida del certificado visado, dejando si procede un teléfono de contacto.


      PETICIÓN DE PLAZAS PARA LA ADJUDICACIÓN PREVIA AL INICIO DE CURSO Y PETICIÓN PARA SUSTITUCIONES


      FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE INTERINOS

      Adjuntamos información sobre la Orden de Interinos y guía informativa. Esta Orden será modificada durante este curso porque se va a cambiar el sistema de sustituciones durante el curso, con mejoras derivadas del Acuerdo que suscribió UGT. Iremos informando puntualmente de las novedades.

      ordeninterinosNE

      Guía del personal interino del cuerpo de Maestr@s

      GUIA MAESTROS INTERINOS

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      TRIBUNALES

      Siempre que las necesidades del proceso de conformación de los órganos de selección lo permitan, podrán quedar exentos de formar parte de dichos órganos los siguientes funcionarios y funcionarias:

      1. Quienes hubieran sido designados y hubieran actuado forzosamente como miembros de los órganos de selección en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado en 2022 en Castilla-La Mancha.
      2. Funcionarios y funcionarias cuya jubilación voluntaria o forzosa se produzca en el año en que se realiza la presente convocatoria (debe acreditarse que se ha solicitado)
      3. Directores/as.
      4. Embarazadas: Las funcionarias que a la fecha del nombramiento de los órganos de selección se encuentren al menos en su quinto mes de gestación.
      5. En el caso de familias con hijos menores de tres años, podrá quedar exento el padre o la madre cuando ambos hayan sido designados miembros de los órganos de selección, o el progenitor de que se trate en el caso de familias monoparentales.
      6. Miembros electos de una corporación local que no tengan dedicación exclusiva.
      7. Quienes tengan concedida una reducción de jornada por guarda legal hasta el 31 de julio
      8. Quienes acrediten la condición de juez de paz titular.

      Quienes encontrándose en alguno de estos supuestos deseen quedar exentos de formar parte de los órganos de selección en el presente proceso selectivo, deberán solicitarlo mediante escrito dirigido al Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aportando la documentación acreditativa de la situación en que fundamenten su solicitud de exención.

      • El plazo general de presentación de las solicitudes de exención será, en principio y hasta que se confirme oficialmente con la convocatoria, desde el día 31/01/2024 hasta el día 19/02/2024 (ambos incluidos)
      • En el caso de embarazo o hijos menores de 3 años, el plazo de solicitud es el mismo, en previsión de que esta situación pueda darse.

      Las solicitudes de exención basadas en causas médicas que afecten al propio solicitante solamente serán aceptadas si son informadas favorablemente por la Inspección Médica de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, y deberán solicitarse cuando se produzca la causa médica.

      Estarán exentos de formar parte de los órganos de selección de manera automática, siempre que las necesidades del proceso de conformación de dichos órganos lo permitan, los siguientes funcionarios y funcionarias:

      • Quienes en el curso escolar en que se realiza la convocatoria estén disfrutando de una licencia por estudios, tanto en su modalidad anual como parcial correspondiente al periodo febrero-junio.
      • Quienes se encuentren prestando servicios en la administración educativa en el año en que se realiza la convocatoria (asesores técnicos docentes y funcionarios docentes adscritos a puestos de la relación de puestos de trabajo).
      • Quienes se encuentren liberados de la práctica docente por estar prestando servicios en una organización sindical.
      • Quienes estén en situación de excedencia, ya que el RD 276/2007 indica que los miembros de los tribunales serán funcionarios de carrera en activo.

      DISPONEMOS DE MODELOS PARA SOLICITAR LA EXENCIÓN PARA NUESTROS AFILIADOS/AS


      Causas de Abstención

      Los miembros de los órganos de selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo con carácter inmediato a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y al presidente del respectivo órgano de selección, con la debida justificación documental, en los siguientes supuestos:

      • Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
      • Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
      • Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.
      • Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
      • Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.
      • Haber realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el mismo cuerpo y especialidad en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

      La participación como aspirante en el proceso de adquisición de nuevas especialidades, es compatible con la designación como miembro de órgano de selección, al ser especialidades distintas por la que se es miembro de tribunal y aquella por la que se opta.

      Los presidentes de los tribunales, en el acto de constitución de los mismos, solicitarán declaración expresa de no hallarse incursos en ninguna de las causas de abstención previstas. La no abstención en los casos en los que proceda dará lugar a responsabilidad.


      Causas de Recusación

      En cualquier momento de la tramitación del procedimiento los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal o de la comisión de selección cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias o motivos de abstención a los que se alude anteriormente (los previstos en el artículo 23 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público).


      ¿Cómo se nombrará a los miembros de los tribunales?

      A mediados de abril, se efectuó un sorteo de apellidos entre todos los docentes de la región, siendo el resultado los apellidos ROLDÁN POVEDA. Anteriormente se sorteaba a través de letras, pero esto hacía que personas con determinados apellidos tuvieran muy complicado ser elegidos. Es por ello por lo que se publicarán los apellidos a partir de los cuales se conformarán los tribunales.

      A partir de esos apellidos, y por orden alfabético, se irá nombrando a los miembros de los tribunales, con las siguientes particularidades:

      • En cada tribunal, habrá 10 miembros: presidente, 4 vocales, presidente suplente y 4 vocales suplentes
      • Los presidentes titulares de cada tribunal son nombrados por la administración
      • A partir de los apellidos que salgan en sorteo, para cada especialidad, y teniendo en cuenta la provincia en la que está la sede, se va nombrando a docentes no exentos, que estén trabajando en el actual curso 23/24 en esa especialidad y en esa provincia, ya sea por destino definitivo, concursillo, comisión de servicios o destino provisional en situación de expectativa de destino. Los cuatro primeros serán los vocales del tribunal 1, los cinco siguientes los suplentes del tribunal 1, los cuatro siguientes los vocales del tribunal 2, los cinco siguientes los suplentes del tribunal 2, y así sucesivamente.
      • En caso de que no hubiese suficientes docentes disponibles de la misma especialidad en esa provincia, se comenzará a llamar, a partir de los apellidos sorteados, a docentes que estuvieran en esa especialidad en las otras cuatro provincias.
      • Si siguieran sin cubrirse los puestos, entran a nombrarse personas de esa especialidad pero que están en un tipo de plaza que no son en sí esa especialidad, dentro de la provincia que es sede.
      • A continuación, se nombra a personas de esa especialidad que estén en plazas de otra especialidad, de otras provincias.

       

       


      OPOSICIONES DEL CUERPO DE MAESTR@S EN 2024 EN OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

       

      Ver en https://educacion.fespugtclm.es/oposiciones-2024/

       


      BOLETÍN EXPLICATIVO DE LOS TIPOS DE OPOSICIONES EN 2024 EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL

       

      boletin-oposiciones-2024

       

      https://educacion.fespugtclm.es/storage/oposicionescorto.jpghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/oposicionescorto-150x150.jpgUGT EnseñanzaOPOSICIONESOposiciones Maestr@s 2024SlideÚLTIMAS NOTICIAS: E. PÚBLICAUncategorizedÚnete a nuestros canales informativos:    Telegram     Whatsapp Próximos procesos: en 2026 y 2028, donde se convocarán el máximo número de plazas posibles, según legislación vigente, gracias al Acuerdo de Mejoras firmado por UGT y ANPE. Listados de personas seleccionadas en 2024   PUBLICADOS LOS LISTADOS DEFINITIVOS DE PERSONAS ASPIRANTES...Sector Enseñanza de UGT Servicios Públicos Castilla-La Macha