Oposiciones Inspección 2026: publicada la convocatoria. Solicitudes del 14 de enero al 2 de febrero.

En esta sección iremos informando de todas las novedades
Plazas convocadas
Se convocan en total 31 plazas (17 correspondientes a la Oferta de Empleo de 2024 y 14 correspondientes a la Oferta de Empleo de 2025), desglosadas en los siguientes turnos.
- Turno libre: 29
- Turno de personas con discapacidad: 2
Las plazas reservadas a personas con discapacidad que no se cubrieran por aspirantes de este turno, se acumularían a las plazas convocadas por el turno de acceso libre.
Órganos de selección
- Habrá una comisión de baremación encargada de la puntuación del baremo de méritos, compuesta por al menos 5 miembros que sean funcionarios/as de carrera docentes de grupo A1.
- Se conformará un único tribunal para el proceso de selección, compuesto por 5 miembros funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Inspección, realizándose un sorteo numérico para determinar los 4 vocales.
- Las dispensas de la participación en el tribunal solamente podrán ser determinadas en base a circunstancias administrativas o a causas de fuerza mayor, debidamente documentadas y consideradas como suficientemente justificativas por parte de la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos. Las solicitudes de dispensa basadas en causas médicas que afecten al propio solicitante, solamente serán aceptadas si son informadas favorablemente por el correspondiente Servicio de Inspección Médica de Educación.
- En caso de prever encontrarse en alguno de los siguientes supuestos, se puede solicitar la exención de la obligación de formar parte del tribunal de selección, mediante escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería, del 29 de diciembre al 13 de enero:
- Haber actuado como miembros del tribunal de selección en el proceso selectivo de 2021
- Que la jubilación (voluntaria o forzosa) se produzca en 2026
- Encontrarse en al menos el quinto mes de gestación.
- En el caso de familias con hijos menores de 3 años, podrá quedar exento el padre o la madre cuando se designe a ambos, o el progenitor en familias monoparentales
- Ser miembro electo de una Corporación Local sin dedicación exclusiva.
- Tener reducción de jornada por guarda legal hasta el 31 de julio de 2026
- Ser juez de paz titular.
- Son supuestos de exención automática
- Disfrutar de una licencia por estudios en su modalidad anual o parcial de febrero a junio.
- Asesores Técnicos Docentes y funcionarios/as docentes adscritos a puestos de la Relación de Puestos de Trabajo.
- Liberados sindicales
- La persona titular de la Inspección General de Educación
- Jefes/as de Inspección provinciales
- Son de aplicación las causas de Abstención y Recusación previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Sede
El tribunal tendrá su sede administrativa en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, situada en el Bulevar Río Alberche, s/n – 45071, Toledo.
Requisitos de las personas aspirantes
Los siguientes requisitos deben reunirse el último día de presentación de solicitudes:
- Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación (65 años en el régimen de Clases Pasivas, 66 años y 10 meses en el régimen general de Seguridad Social)
- No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- No ser funcionario/a de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario/a de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación.
- Estar en posesión del título de Doctor, Máster Universitario, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título equivalente (no se consideran diplomaturas)
- Pertenecer a algún cuerpo docente
- Antigüedad mínima de ocho años, como personal funcionario de carrera, en alguno de los cuerpos que integran la función pública docente y una experiencia docente de igual duración. A estos efectos se entiende como experiencia docente la prestación de servicios de docencia directa con el alumnado de un centro y las actividades desarrolladas por personal docente en servicios y programas educativos y en otras unidades de la Administración educativa.
- Sólo para el turno de personas con discapacidad: Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones propias de los funcionarios y funcionarias del Cuerpo de Inspectores de Educación.
Solicitudes
- El plazo de presentación de solicitudes de participación será desde el día 14 de enero de 2026 hasta el día 2 de febrero de 2026 (ambos incluidos).
- Se harán exclusivamente de forma telemática
- Quienes participen por el turno de acceso de personas con discapacidad podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios que requieran para la realización de los diferentes ejercicios. Se tomara para ello como referencia la Orden PJC/804/2025
- Los aspirantes deberán aportar copia del título alegado para participar en el proceso selectivo o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios conducentes a su obtención
- Se deberá adjuntar toda la documentación relativa a requisitos o méritos que no esté en poder de la administración o no pueda o no se autorice a comprobar de oficio
Tasas
- La tasa general (bonificada) es de 37,61 euros.
- Tasa para miembros de familias numerosas de categoría general: 16,72 euros.
- Exenciones de pago:
- Acreditar grado de discapacidad igual o superior al 33%
- Miembros de familias numerosas de categoría especial
- Procederá la devolución de la tasa para quienes resulten excluidos
- No abonar la tasa requerida es motivo de exclusión
Sistema selectivo
El sistema de selección será el de concurso-oposición, común para todos los aspirantes. Los candidatos seleccionados mediante el concurso-oposición deberán realizar un periodo de prácticas de carácter selectivo.
Temarios
- El temario de la fase de oposición será el establecido en las partes A y B (anexos I y II, respectivamente), de la Orden EDU/3429/2009, de 11 de diciembre, por la que se aprueba el temario de la fase de oposición del procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
- En la parte B, deben incluirse además los temas específicos de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, que se relacionan en el anexo de la Orden 202/2020, de 16 de diciembre de 2020, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban los temas que se incorporan al anexo II de la Orden EDU/3429/2009, de 11 de diciembre, por la que se aprueba el temario de la fase de oposición del procedimiento selectivo de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación.
Fase de oposición (66,67% de la nota final)
Consistirá en una prueba con tres partes eliminatorias, que se calificarán de 0 a 10, siendo necesario al menos un 5 para pasar a la siguiente parte de la prueba:
- Parte primera:
- Desarrollo por escrito de un tema referido a la parte A del temario, elegido por el aspirante de entre dos extraídos por sorteo por el tribunal.
- El tiempo para el desarrollo de este ejercicio escrito será de tres horas.
- El ejercicio será leído por el aspirante en sesión pública ante el tribunal.
- Parte segunda:
- Exposición oral de un tema referido a la parte B del temario, elegido por el aspirante de entre dos extraídos por sorteo por el tribunal.
- Se dispondrá de 30 minutos para la preparación de este ejercicio, y se podrá consultar la documentación impresa que estime oportuna y que será aportada por el mismo, no pudiendo usar en ningún caso dispositivos móviles, portátiles o similares.
- Se dispondrá de hasta 1 hora para la exposición oral del tema en sesión pública ante el tribunal. Se podrá disponer de un guión que no excederá de un folio por una cara, elaborado en los 30 minutos anteriores. Dicho guión será entregado al tribunal al término de la exposición.
- Concluida la exposición el tribunal podrá formularle las preguntas o solicitarle aclaraciones, durante un tiempo máximo 15 minutos.
- Parte tercera:
- Análisis por escrito de un caso práctico sobre las técnicas adecuadas para la actuación de la Inspección de Educación.
- Se dispondrá de 3 horas
- Se podrá consultar únicamente cualquier documentación impresa publicada en el DOCM, BOE, boletines oficiales de los distintos Ministerios o en los boletines oficiales de las instituciones europeas. Esta documentación será aportada por el aspirante y, en ningún caso, podrán utilizarse dispositivos móviles, ordenadores portátiles o similares. Esta documentación podrá contener índices, clasificaciones elementales y subrayados, pero no comentarios ni anotaciones.
- El ejercicio será leído por el aspirante en sesión pública ante el tribunal, que podrá formular preguntas o solicitar aclaraciones durante 15 minutos.
A efectos de las calificaciones de cara parte, se hará la media de las calificaciones de todos los miembros presentes del tribunal. Cuando exista una diferencia de al menos 3 puntos, se eliminarán la mayor y la menor, y se hará la media de las restantes. Las actas de calificaciones deberán recoger las notas otorgadas por cada uno de los integrantes del tribunal.
Para superar la fase, habrá que tener al menos un 5 en cada nota, y la calificación final se calculará de la siguiente forma:
Nota_parte_1 x 0,3 + Nota_parte_2 x 0,3 + Nota_parte_3 x 0,4
Contra las puntuaciones finales de la fase de oposición, los interesados podrán presentar reclamación dirigida al tribunal, en el plazo de dos días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación.
Fase de concurso (33,33% de la nota final)
En esta fase se valorarán los méritos aportados, de acuerdo con el baremo y las especificaciones que figuran en el anexo I.
Cuando se publiquen las puntuaciones provisionales se podrá reclamar en el plazo de cinco días hábiles, mediante escrito dirigido al Director General de Recursos Humanos para su traslado a la comisión de baremación nombrada al efecto.
Resultarán seleccionados para pasar a la fase de prácticas, los aspirantes que, habiendo superado todas y cada una de las partes de la prueba, y una vez ordenados según la puntuación global de las fases de oposición y concurso, tengan un número de orden igual o menor que el número total de plazas convocadas.
Fase de prácticas
Una vez publicadas las listas de aspirantes seleccionados, el órgano convocante procederá a nombrar funcionarios en prácticas a los integrantes de éstas. La duración de la fase de prácticas se fija en 6 meses.
En el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieran públicas las listas de aspirantes que han superado el concurso-oposición, las personas seleccionadas deberán presentar en la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los documentos siguientes:
- Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas (Anexo II de la convocatoria)
- Se podrá requerir al interesado que aporte los originales de cuanta documentación haya presentado a efectos de la fase de méritos del proceso selectivo,
- Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales si no se autoriza a la Consejería a recabar de oficio la mencionada certificación.
La resolución incluirá los plazos y procedimientos siguientes relativos al desarrollo de la fase de prácticas:
- Publicación de vacantes ofertadas.
- Procedimiento de solicitud de destino para la realización de la fase de prácticas.
- Procedimiento de adjudicación de destino, que se efectuará según el orden obtenido en el concurso-oposición, de acuerdo con las peticiones de los interesados, entre las vacantes ofertadas a los mismos.
- Periodo de realización de la fase de prácticas, cuya duración se fija en 6 meses.
- Regulación general sobre las actuaciones del personal funcionario en prácticas durante la fase de prácticas.
- Evaluación y superación de la fase de prácticas.
Quedarán exentos de la realización de la fase de prácticas aquellos aspirantes que lo soliciten y acrediten haber prestado servicios como inspectores accidentales de educación, al menos, durante un curso escolar y hayan sido evaluados positivamente en este ejercicio profesional o cuenten con un informe favorable del área o servicio de Inspección educativa donde hayan prestado dichos servicios. Los aspirantes exentos permanecerán en sus Cuerpos de origen hasta que se proceda a la aprobación del expediente del proceso selectivo y a su nombramiento como funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación, junto con el resto de seleccionados de su promoción. No obstante, si optasen por incorporarse a la fase de prácticas quedarán eximidos de la evaluación de las mismas, permaneciendo en esta situación hasta la aprobación del expediente. Estas opciones deberán realizarse mediante escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de la lista de aspirantes seleccionados, aportando en su caso la documentación justificativa de la evaluación positiva de su desempeño como inspectores accidentales de educación o el informe favorable mencionados anteriormente
La incorporación a los destinos adjudicados para la realización de la fase de prácticas se producirá el 1 de septiembre de 2026.
Bolsas de Inspectores accidentales
Se regula también en la convocatoria la conformación de bolsas ordinaria y de reserva de inspectores accidentales, con la finalidad de poder cubrir las vacantes o sustituciones que se vayan produciendo en los Servicios de Inspección de Educación.
Esta bolsa de trabajo ordinaria integrará tanto a los aspirantes que, sin haber aprobado este proceso selectivo, hayan superado, al menos, el primer ejercicio de la prueba de la fase de oposición, como a aquellos que forman parte de la bolsa ordinaria derivada del concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación convocado por Resolución de 15/11/2021, actualizada conforme a la Resolución de 13/10/2025 de la Dirección General de Recursos Humanos (ver).
Por resolución de la Dirección General de Recursos Humanos se publicará la relación ordenada de integrantes de la bolsa de trabajo ordinaria de inspectores accidentales. Una vez publicada, quedarán sin efectos las bolsas de trabajo de inspectores accidentales que pudieran estar vigentes hasta esa fecha.
Los aspirantes que habiendo participado por el turno de personas con discapacidad formen parte de la correspondiente bolsa de trabajo, tendrán prioridad para cubrir como accidentales un número de plazas igual a las no cubiertas en dicho turno en el proceso selectivo.
Bolsa ordinaria
Finalizado el proceso selectivo, se confeccionará una bolsa de trabajo ordinaria, dividida en tres apartados:
- Apartado A: personas que hayan superado la prueba de la fase de oposición y no hayan sido seleccionadas. Se ordenarán por la calificación global obtenida en el presente proceso selectivo, resultante de la agregación de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. En caso de igualdad en la puntuación se atenderá a los siguientes criterios de desempate:
- Mayor puntuación en la fase de oposición
- Mayor puntuación en cada uno de los ejercicios que constituyen la prueba de la fase de oposición en el orden en que aquellos se hayan realizado
- Mayor puntuación en la fase de concurso
- Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos por el orden en que estos aparecen en la convocatoria
- Mayor puntuación en los subapartados del baremo de méritos por el orden en que estos aparecen en la convocatoria
- Por apellidos, a partir de la letra N (letra inicial del primer apellido resultante del sorteo realizado por la Dirección General de la Función Pública, para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos convocados en 2025)
- Apartado B: personas que superen sólo las 2 primeras partes de la prueba. Se ordenarán por la suma de las calificaciones obtenidas en las tres partes de la prueba del presente proceso selectivo (o el de 2021). En caso de igualdad se atenderá a los siguientes criterios de desempate:
- Mayor puntuación en cada uno de los ejercicios que constituyen la prueba de la fase de oposición en el orden en que aquellos se hayan realizado.
- Por apellidos, a partir de la letra N
- Apartado C: personas que sólo superan la primera parte de la prueba (en 2026 o 2021). Se ordenarán por la suma de las calificaciones obtenidas en las dos primeras partes de la prueba (de 2026 o 2021). En caso de igualdad se atenderá a los siguientes criterios de desempate:
- Mayor puntuación en cada uno de los ejercicios que constituyen la prueba de la fase de oposición en el orden en que aquellos se hayan realizado.
- Por apellidos, a partir de la letra N
Los integrantes del apartado A tendrán prioridad sobre los del apartado B en cuanto a la adjudicación de puestos de inspector accidental. Asimismo, los del apartado B tendrán prioridad sobre los del apartado C.
Bolsa de reserva
Aquellos aspirantes en el presente proceso selectivo que hayan obtenido una calificación igual o superior a cuatro puntos e inferior a cinco puntos en el primer ejercicio de la prueba, se ordenarán a continuación de los integrantes de la bolsa ordinaria conformando una bolsa de reserva. Los integrantes de la bolsa de trabajo ordinaria tendrán prioridad sobre los integrantes de la bolsa de reserva. Se ordenarán según la nota de la primera prueba.
Características de las bolsas
Durante el tiempo de vigencia de las bolsas, se mantendrá su composición, ordenación y puntuación iniciales, salvo que exista renuncia expresa de los interesados, y con las excepciones previstas en la base 25.8 para los casos de renuncia o no aceptación de los puestos ofertados.
Los participantes de ambas bolsas deberán consignar en su solicitud la provincia o provincias por las que optan a efectos de desempeñar puesto como inspector o inspectora accidental. La no aceptación de una plaza ofertada que corresponda a alguna de las provincias consignadas conllevará la exclusión del aspirante de la bolsa, salvo que se acredite de forma justificada la causa de la no aceptación.
El aspirante que, habiéndose incorporado a un puesto de trabajo, renuncie al mismo o, habiendo sido nombrado, no se incorpore, será excluido de la bolsa, salvo que la renuncia o la no incorporación se deban a alguna causa justificada.
Con la procedente apreciación y valoración de la Dirección General de Recursos Humanos se podrán admitir como causas justificadas, las siguientes:
- Enfermedad grave debidamente justificada
- Las relacionadas con la maternidad, paternidad, adopción o acogimiento
- Por cuidado de hijo menor de doce años o de familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, siempre que se mantenga una reducción de jornada por este motivo
- Por encontrarse trabajando en el extranjero en algún programa docente convocado por la Administración educativa estatal o autonómica.
- Por encontrarse disfrutando una licencia por estudios.
- Por la prestación de servicios durante un periodo mínimo de seis meses, continuado o interrumpido, en organismos públicos o empresas privadas, siempre que esta actividad implique que no se realizan funciones docentes en el cuerpo al que pertenece.
- Por el ejercicio de cargo público o electivo incompatible con el ejercicio de la función inspectora.
- Por razón de violencia de género.
El personal funcionario en quienes concurra alguna de las causas señaladas anteriormente, mantendrán el lugar que les corresponde por su puntuación en la bolsa de inspectores accidentales, mientras ésta permanezca vigente.
La no aceptación, renuncia o no incorporación al puesto ofertado por otras causas distintas de las señaladas anteriormente, debidamente justificadas en tiempo y forma y apreciadas por la Dirección General de Recursos Humanos, conllevará el pase del aspirante al final del apartado que ocupa en la bolsa.
Bolsas extraordinarias
En previsión de que se agoten la bolsa ordinaria y la bolsa de reserva de inspectores accidentales derivadas del presente proceso selectivo, la Consejería competente en materia de educación podrá realizar convocatoria regional para la constitución de una bolsa extraordinaria de trabajo de aspirantes a inspectores accidentales.
La convocatoria para la conformación de esta bolsa extraordinaria se ajustará a los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y celeridad.
Normativa aplicable
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la LOE
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla- La Mancha
- Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
- Orden de 07/05/2010, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, por la que se regula el funcionamiento y actuación de los órganos de selección
- Las demás disposiciones de carácter general que sean de aplicación, así como las bases contenidas en la presente convocatoria.
https://educacion.fespugtclm.es/opos-26-inspeccion/https://educacion.fespugtclm.es/storage/Captura-de-pantalla-2025-11-19-162347.pnghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/Captura-de-pantalla-2025-11-19-162347-150x150.pngCastilla-La ManchaInspección EducativaOposiciones CLM [histórico]SlideÚLTIMAS NOTICIAS: E. PÚBLICAEn esta sección iremos informando de todas las novedades Publicada la Resolución de 19/12/2025, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación, en plazas vacantes del ámbito de gestión de la comunidad autónoma de Castilla-La...UGT Enseñanza ensenanza.albacete@fespugtclm.esAdministratorEnseñanza UGT Servicios Públicos CLM











