El personal funcionario de carrera, el personal estatutario fijo y el personal laboral con contrato de carácter fijo puede solicitar la excedencia voluntaria por agrupación familiar cuando su cónyuge o pareja de hecho resida en otra localidad por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de trabajo de carácter definitivo como personal funcionario de carrera o como personal laboral fijo en cualquier Administración pública, organismo público o entidad de derecho público dependiente o vinculado a ella, órgano constitucional, órgano del Poder Judicial y órgano similar de las Comunidades Autónomas, así como en la Unión Europea o en organizaciones internacionales.

Esta excedencia tendrá los efectos establecidos en la normativa que resulte aplicable en cada caso.

Documentos:

Normativa:

 

 

https://educacion.fespugtclm.es/storage/PERMISOSMINI.jpghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/PERMISOSMINI-150x150.jpgUGT EnseñanzaPermisos, licencias y excedenciasEl personal funcionario de carrera, el personal estatutario fijo y el personal laboral con contrato de carácter fijo puede solicitar la excedencia voluntaria por agrupación familiar cuando su cónyuge o pareja de hecho resida en otra localidad por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de trabajo de carácter...Sector Enseñanza de UGT Servicios Públicos Castilla-La Macha