Convocatoria de plazas para constituir un Consorcio Erasmus+ coordinado por la Consejería de Educación (Acción Clave 1)
Publicada la Resolución de 15/12/2023, de la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas, por la que se convocan plazas para la selección de centros educativos no universitarios de titularidad pública de Castilla-La Mancha para constituir un Consorcio Erasmus+ coordinado por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes dentro de la Acción Clave 1 en el sector de Educación Escolar en la convocatoria de propuestas Erasmus+ 2024 de la Comisión Europea, que tiene por objeto la selección de centros educativos públicos interesados en participar en la constitución de un Consorcio Erasmus+ coordinado por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, dentro de la Acción Clave 1 en el sector de Educación Escolar, con el fin de facilitar la participación en el Programa Erasmus+, en la Convocatoria 2024, de centros educativos públicos de Infantil, Primaria y Educación Secundaria
Características del Consorcio
- El Consorcio estará formado por un máximo de cinco centros educativos en los que habrá, al menos, un centro de cada una de las provincias de Castilla-La Mancha.
- En la presentación de solicitudes para obtener financiación en la convocatoria Erasmus+ 2024 se solicitarán un mínimo de dos movilidades por centro participante para su profesorado que tendrán las siguientes características:
- Movilidades para realizar periodos de observación en instituciones educativas de países europeos.
- Movilidades para realizar periodos de docencia en instituciones educativas de países europeos.
- Movilidades para realizar cursos de formación estructurados en países europeos.
- El objetivo de las actividades de movilidad que podrá llevar a cabo el profesorado participante responderá al Plan Erasmus de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha, cuyos objetivos son los siguientes:
- Objetivo 1. Mejorar la competencia lingüística del profesorado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria en lenguas extranjeras y, en consecuencia, la competencia lingüística del alumnado.
- Objetivo 2. Mejorar la competencia digital del profesorado y, como consecuencia, la competencia digital del alumnado, con el fin de crear escenarios de enseñanza-aprendizaje con un creciente componente virtual.
- Objetivo 3. Mejorar la internacionalización de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y de los centros educativos participantes con el fin de que puedan desarrollar proyectos internacionales de forma autónoma.
- Objetivo 4. Incorporar en los procesos de enseñanza-aprendizaje técnicas y metodologías de trabajo activo e innovadoras con el fin de fomentar la autonomía del alumnado.
- Objetivo 5. Incorporar en los procesos de enseñanza-aprendizaje técnicas psicológicas avaladas científicamente con el objetivo de trabajar el bienestar psicológico y la salud mental del alumnado.
- Objetivo 6. Dar respuesta a todo tipo de alumnado a través de procesos de enseñanza- aprendizaje inclusivos con el fin de no dejar atrás al alumnado con necesidades educativas diferentes.
- Objetivo 7. Mantener en el alumnado y sus familias y en toda la comunidad educativa la confianza en la educación y en los colegios de Educación Infantil y Primaria y centros de Educación Secundaria Obligatoria.
Órgano coordinador del Consorcio, personal coordinador en los centros educativos, profesorado y alumnado participantes
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El órgano instructor del Consorcio será el Servicio de Plurilingüismo de la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas (en adelante órgano instructor del Consorcio).
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La dirección de cada uno de los centros educativos seleccionados nombrará un coordinador o coordinadora del Programa Erasmus+ que, en colaboración con el órgano instructor del Consorcio, será la persona encargada de coordinar las actuaciones descritas en el apartado undécimo, referido a las obligaciones de los centros seleccionados. Este nombramiento recaerá en un profesor o profesora del centro educativo, con un nivel de competencia lingüística que, como mínimo, deberá ser de B1 en inglés y/o francés. La persona coordinadora del Programa Erasmus+ en el centro educativo contará para el desarrollo de sus funciones con las horas lectivas y complementarias semanales que se establezcan en la normativa correspondiente.
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El profesorado participante en las actividades de movilidad deberá ser seleccionado por una comisión de selección creada a tal efecto en los centros educativos teniendo en cuenta los criterios que estos establezcan para cada actividad de movilidad. El órgano instructor del Consorcio definirá unas pautas a seguir por los centros a la hora de establecer los criterios de selección de los docentes participantes y que serán comunicadas a los centros una vez constituido el Consorcio.
Requisitos para la participación
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No haber sido seleccionado para la realización de un proyecto Erasmus+ en las convocatorias 2021, 2022 o 2023.
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No estar acreditado para la realización de proyectos Erasmus+.
- La iniciativa de presentar la solicitud debe ser aprobada por el Claustro de Profesores y por el Consejo Escolar.
Criterios de baremación
Los criterios de baremación son los siguientes:
El desempate entre los centros solicitantes que alcancen la misma puntuación se realizará teniendo en cuenta las puntuaciones los criterios de baremación con el siguiente orden de prelación:
1º. Criterio 6. Tamaño de la localidad.
2º. Criterios 4 y 5. Tipo de centro.
3º. Criterio 1. Participación en proyectos bilingües o plurilingües.
4º. Suma de los criterios 2 y 3. Participación activa en proyectos eTwinning.
Si tras la aplicación del procedimiento de desempate indicado en el punto anterior hubiese centros con las mismas puntuaciones, se llevará a cabo un sorteo público cuya celebración se anunciará en el Portal de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.educa.jccm.es).
Solicitudes y plazo de presentación
Los centros interesados en participar en la presente convocatoria deberán presentar la solicitud de forma exclusivamente telemática, con firma electrónica, a través del formulario disponible en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (https://www.jccm.es ).
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (22 de diciembre de 2023 al 22 de enero de 2024)