UGT pide a la Consejería la negociación y elaboración de unas instrucciones claras para las próximas adjudicaciones del funcionariado de carrera
Desde UGT Servicios Públicos, hemos transmitido a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes la necesidad de la publicación, a la mayor brevedad posible, y previa negociación, de instrucciones claras relativas a los actos públicos de adjudicación de verano, ante la enorme incertidumbre que se ha extendido entre el profesorado afectado.
Entendemos que se hace necesario, para asegurar la transparencia de estos procesos, que en dichas instrucciones se aclaren todas las cuestiones que se han puesto sobre la mesa y que no están claramente recogidas en normativa, así como las dudas que están surgiendo entre las personas afectadas, como son, por ejemplo, y entre otras cuestiones, las siguientes:
- Si se van a conceder todos los cambios de provincia solicitados, como se comentó en mesa sectorial, o sólo un número asumible por las provincias a las que se solicita el cambio en función de las vacantes disponibles
- Cómo se va a regular la adjudicación de aquellas personas que, acudiendo a un acto público tras un cambio de provincia, no obtengan vacante, y qué orden se seguirá, y cómo podrán acceder a la información de las vacantes disponibles en el momento de su adjudicación. En caso de realizarse telefónicamente, como se comentó en mesa, qué pasaría en caso de no poder contactar con dicha persona (si, por ejemplo, se dejaría su adjudicación en espera y se pasaría a llamar al resto de personas que estén por detrás, o si se bloquearía el proceso de adjudicación temporalmente, si se realizarían varios intentos de adjudicación, etc)
- Si se van a conceder todos los cambios de provincia sólo a personas en expectativa de destino, o también a otros afectados (desplazados, suprimidos, reingresados, etc), y en tal caso, en qué situación se tendría preferencia para concederse el cambio
- Cómo se va a ordenar a todos los docentes que participen en estos actos de adjudicación
- Si se va a permitir asumir vacantes a jornada parcial en los actos públicos de adjudicación o no, así como en las comisiones de servicio (circunstancia esta que, en el caso de las comisiones de servicio, sí se consideró como posible en mesa sectorial, sin juntar vacantes por cuestiones de compatibilidad, pero que no está recogida en las instrucciones de dichas comisiones).
- Si se va a obligar, a las personas que cambien de provincia, a asumir una vacante si quedan disponibles, aunque no sean del interés del docente, y si se va a obligar a asumirlas por todas las especialidades que tengan habilitadas
- Si se van a poder utilizar las habilitaciones para los actos públicos en el caso de los actuales funcionarios/as en prácticas
- Qué pasaría si, habiéndose concedido el cambio a otra provincia, no se obtiene destino en ella ante la falta de vacantes en el acto público, pero tampoco se le puede adjudicar en su provincia de origen, por haberse agotado también las vacantes disponibles. ¿En qué provincia se le adjudicaría?
- A qué delegación se solicita el cambio de provincia (a la de origen, a la de destino, a ambas…)
- Qué petición se va a tener en cuenta en el caso de aquellas personas que hayan solicitado el cambio de provincia a más de una provincia
- Hasta cuándo se puede renunciar a un cambio solicitado
- Hasta cuándo se puede solicitar el cambio de provincia
- Si la adjudicación en acto público supone la exclusión de las adjudicaciones posteriores (comisiones de servicio, concursillo) en caso de haberse solicitado
