Los profesores de los centros docentes públicos no universitarios que hayan ejercido la dirección en Castilla-La Mancha, pueden percibir mensualmente, previa solicitud, y una vez que hayan cesado en el cargo, mientras permanezcan en activo en algún cuerpo docente, un porcentaje del complemento específico singular que se percibe por ejercer estas funciones.

Requisitos

  • Ser funcionario/a de carrera
  • Haber sido nombrado director o directora, desempeñando la función a partir del 1 de julio de 1996 en determinados mandatos.
    • El mandato también se completa con nombramientos temporales o con prórroga de nombramientos por haber ejercido la dirección tres o cuatro años consecutivos completos
    • Así mismo, se entenderá perfeccionado este requisito cuando el nombramiento para un mandato completo se efectuara, por algún motivo, con fecha posterior al uno de julio del primer año de mandato y no más tarde del mes de septiembre del mismo año.
  • Valoración positiva por parte de inspección de las tareas directivas durante el período o los periodos de los que solicita el reconocimiento a efectos de consolidación del incentivo
  • Haber cesado en el cargo
  • Estar en servicio activo en algún cuerpo docente en Castilla-La Mancha
  • En el caso de haberlo consolidado y posteriormente ejercer de nuevo la dirección, se suspenderá su percepción hasta nuevo cese y solicitud, en su caso, pasando a percibir durante ese nuevo mandato el complemento asociado al cargo.

Cuantías

  • Se calculará sobre la cuantía total del complemento de dirección que hayan percibido, aplicando los siguientes porcentajes:
    • Un mandato: 25%
    • Dos mandatos: 40%
    • Tres o más mandatos: 60%
  • Si cuando se completa el último año del último mandato, el centro tuviese una categoría superior que el resto de años, se tomará como referencia la cuantía percibida en el momento del cese. Si fuera al revés, el porcentaje se calculará sobre el complemento de las categorías en que ha ejercido la función directiva durante más tiempo (si hubiera varias categorías con el mismo tiempo, se tomará la más alta).
  • Se percibe mensualmente y en pagas extra
  • Las cuantías brutas actualizadas tras la última subida salarial de julio son las siguientes:

Solicitudes

Del 1 de julio al 15 de septiembre de cada año, utilizando anexo adjunto, en sedes de registro (oficinas o virtual).

Normativa

https://educacion.fespugtclm.es/storage/DIRECTORES24-1.jpghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/DIRECTORES24-1-150x150.jpgUGT EnseñanzaSlideÚLTIMAS NOTICIAS: E. PÚBLICAUncategorizedLos profesores de los centros docentes públicos no universitarios que hayan ejercido la dirección en Castilla-La Mancha, pueden percibir mensualmente, previa solicitud, y una vez que hayan cesado en el cargo, mientras permanezcan en activo en algún cuerpo docente, un porcentaje del complemento específico singular que se percibe por...Sector Enseñanza de UGT Servicios Públicos Castilla-La Macha