Conciertos: publicadas convocatorias de suscripción y modificación
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Publicadas las siguientes resoluciones:
- Resolución de 03/12/2025, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca el procedimiento para la suscripción y modificación de los conciertos educativos para el período comprendido entre los cursos escolares 2026/2027 y 2028/2029 en Educación Primaria
- Resolución de 03/12/2025, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca el procedimiento para la suscripción y modificación de los conciertos educativos para el período comprendido entre los cursos escolares 2026/2027 y 2028/2029 en Educación Infantil, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional y Bachillerato en Castilla-La Mancha.
Se convocan los procesos para la suscripción y modificación de conciertos educativos para el período que va desde el curso escolar 2026/2027 al 2028/2029.
Serán destinatarios de la presente convocatoria los centros docentes privados de Castilla-La Mancha que reúnan los siguientes requisitos:
- Estar autorizados para impartir dichas enseñanzas, o haber presentado solicitud de autorización antes del 31 de diciembre y estar en condiciones de obtenerla antes del 15 de abril
- Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social, así como respecto del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Someterse a las normas establecidas en el título IV de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y asumir las obligaciones derivadas del concierto en los términos fijados por el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre.
- No estar incursos en alguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de una subvención establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionado por falta muy grave en materia de prevención en 2025.
- No estar incursa la persona física o los administradores que ostenten la representación legal de persona jurídica en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, así como la de no ser receptoras de la prestación de servicios o actividades por parte de personas que, habiendo desempeñado cargos públicos o asimilados en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha o en los organismos y entidades de su sector público, incumplieran lo dispuesto en el artículo 19.5 de la citada Ley 11/2003, de 25 de septiembre, durante el plazo de dos años desde el cese.
- No haber sido sancionados por haber llevado a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias, salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.
Los conciertos que se formalicen sin perjuicio de las situaciones de modificación, rescisión y extinción de los mismos que se produzcan, tendrán una duración de tres años.
Solicitudes: presentación y plazo
- Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática a través de la Sede Electrónica
- El plazo para la presentación de solicitudes será del 9 al 31 de enero de 2026
- En la solicitud se incluyen las declaraciones responsables acreditativas del cumplimiento de los requisitos
- El modelo de solicitud contiene las autorizaciones a la Consejería para la comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos.
- A la solicitud se acompañará copia digitalizada de la siguiente documentación, además, en su caso, de la documentación complementaria o específica establecida en el artículo 6, apartado 6 de las normas reguladoras.
- Memoria explicativa de las circunstancias que, conforme al artículo 4 de la Orden 231/2022, de 25 de noviembre, puedan dar lugar a la preferencia en la suscripción del concierto. A estos efectos la memoria debe incluir el contenido especificado en el artículo 21.2 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.
- Copia de los estatutos, cuando el titular del centro sea una cooperativa. No será necesario aportar este documento cuando obre en poder de la Administración, por haber estado el centro concertado anteriormente y los estatutos de la cooperativa no hubieran sufrido variación desde la última renovación de conciertos.
Calendario de instrucción y resolución del procedimiento
- Las Comisiones Provinciales de Concierto Educativo se constituirán antes del 31 de enero de 2026 y podrán reunirse cuantas veces resulten necesarias durante el mes de febrero de 2026.
- La propuesta priorizada de las Delegaciones Provinciales deberá ser remitida a la Viceconsejería con anterioridad al 1 de marzo de 2026.
- Resolución provisional: antes del 15 de marzo
- Resolución definitiva: antes del 15 de abril
- Los expedientes de suscripción y modificación de concierto deberán ser resueltos antes del 15 de abril de 2026
- La suscripción y modificación de conciertos educativos que se acuerden al amparo de esta resolución se formalizarán antes del 15 de mayo de 2026.
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Publicadas las siguientes resoluciones:
Resolución de 03/12/2025, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca el procedimiento para la suscripción y modificación de los conciertos educativos para el período comprendido entre los cursos escolares 2026/2027 y 2028/2029 en Educación Primaria
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