La Abogada General del Tribunal de Justicia europeo responde sobre el caso de posible abuso de duración de temporalidad en empleo público

La Abogada General del Tribunal de Justicia europeo responde sobre el caso de posible abuso de duración de temporalidad en empleo público

El Informe de la Abogada General de la Unión Europea en el Tribunal de Justicia europeo concluye que los sucesivos nombramientos de interinos no se sancionan automáticamente con la transformación del puesto temporal en fijo.

Hay que aclarar que el documento que se publica hoy NO es la sentencia del Tribunal, que se publicará semanas después. En la mayoría de los casos la sentencia final suele ir alineada con este informe de la Abogada General, pero no siempre es así y en todo caso lo vinculante es la sentencia del Tribunal.

Dicho Informe recoge conclusiones sobre los asuntos acumulados referidos a la posible sanción con la fijeza en el puesto por el abuso en la duración de la temporalidad en el empleo público y la posible indemnización.

En su argumentación, esta abogada considera que la norma española se adecúa al Acuerdo Marco que regula estas situaciones en Europa porque la ley en España puede reconocer al personal afectado un derecho a continuar en el puesto de trabajo hasta que el empleador haya estudiado las necesidades de personal. Y, por otro lado, esta misma regulación española también reconoce un derecho a una indemnización completa de los perjuicios que haya causado el abuso.

Además, la Abogada General deja en manos del juez nacional apreciar, según la normativa española, si las medidas como las consideradas en estos asuntos son adecuadas para sancionar el uso abusivo de sucesivos nombramientos o relaciones de servicio temporales.

Queremos aclarar que el Tribunal Europeo da exclusivamente en su sentencia respuesta a las preguntas planteadas por el juez nacional, y no la sentencia final de los casos.

Por lo que se conoce hasta el momento, parece que no se podrá convertir de forma inmediata a los trabajadores interinos en fijos.


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