El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 23 de febrero de 2018, modificaciones al Real Decreto 276/2007 de Acceso a la Función Pública Docente. Se establece un sistema transitorio de Acceso a la Función Pública para los años 2018, 2019 y 2020.

 

UGT reivindicó en la Mesa Sectorial y se movilizó para implantar un sistema que pudiera estabilizar las plantillas docentes, reduciendo la precariedad laboral. ver artículo

El Ministerio en ningún momento quiso negociar sistemas de doble acceso o consolidación de empleo interino mediante concurso, solo accedió a negociar cambios transitorios al sistema que regulaba el Real Decreto 276/2007. En el marco de esa negociación, UGT lamenta que el Gobierno no haya aceptado varias de nuestras propuestas, como por ejemplo, eliminar el carácter eliminatorio de las diferentes partes de la fase de Oposición.

Los cambios al Real Decreto de Acceso a la Función Pública Docente son:

  1. En la prueba de la fase de la Oposición que haya que escoger un tema de entre varios se utilizará el siguiente sistema:
    • En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre tres temas. (Antes eran 2).
    • En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre cuatro temas. (Antes eran 3).
    • En aquellas especialidades que tengan número superior a 50 temas, deberá elegirse entre cinco temas. (Antes eran 4).
  2. En la fase de concurso los baremos que fijen las convocatorias se estructurarán en los tres bloques que se indican a continuación, siendo las puntuaciones máximas que pueden obtenerse en cada uno de ellos las siguientes:
    • Experiencia previa: Máximo siete puntos. (Antes eran 5).   El máximo de años para alcanzar el máximo de puntos en el apartado de experiencia previa, pasa de ser 5 años a 10.
    • Formación académica: Máximo cinco puntos. (Antes igualmente eran 5).
    • Otros méritos: Máximo dos puntos. (Antes igualmente eran 2).
  3. La puntuación global del concurso-oposición resultará de la ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso, siendo de un 60% para la fase de oposición y de un 40% para la fase de concurso. (Antes era un 66,66%, 33,33%).
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