En los últimos años, FeSP-UGT, junto a otras organizaciones sindicales, ha logrado que casi todas las comunidades autónomas dispongan ya de acuerdos para que el profesorado interino perciba los sueldos correspondientes a los meses de julio y agosto, que les fueron sustraídos con los recortes llevados a cabo por el Gobierno del Partido Popular.

No obstante, todavía existe alguna comunidad en la que el colectivo interino sigue estando discriminado respecto a los funcionarios de carrera.

Hasta 2011, la tónica general era que las profesoras y profesores contratados al inicio de curso para cubrir una plaza vacante en colegios e institutos estuvieran empleados hasta el 31 de agosto del año siguiente, o hasta el 14 de septiembre, en el caso de enseñanzas medias; es decir, por todo el curso escolar. Por tanto, durante los meses de julio y agosto seguían cobrando normalmente y completaban las tareas de septiembre con los exámenes de recuperación.

A partir del curso 2011-2012, y como consecuencia de la aplicación del RD 14/2012 de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, diversas comunidades revocaron ese derecho a cobrar el verano.

Desde entonces la situación cambió radicalmente y generó desigualdades importantes, tanto entre los interinos de los distintos territorios, como por el tipo de contrato-por vacante o por sustitución- que suscribían estos docentes o también diferencias respecto a sus compañeros funcionarios de carrera.

A día de hoy, sigue habiendo comunidades en las que las contrataciones si son por sustitución, aunque se trabaje todo el curso, no reconocen a estos trabajadores los derechos económicos y administrativos derivados de esta situación, como es el caso de Castilla-La Mancha o la Comunidad Valenciana, entre otras.

En sintonía con lo establecido en la reciente sentencia del Tribunal Supremo que da la razón a un grupo de interinos de Murcia, el Sector de Enseñanza de FeSP-UGT exige la homologación de las condiciones económico-laborales del profesorado interino con las del resto de docentes funcionarios de carrera.

UGT plantea también a las Administraciones educativas la necesidad de que hagan extensivas las sentencias que reconocen este derecho, de tal forma que no solo se restituya el pago de los meses de vacaciones que les corresponden por su trabajo anual, sino que también se les reconozcan a todos los efectos los servicios prestados.

El Sector de Enseñanza de FeSP-UGT ha elaborado un boletín en el que se reflejan las condiciones retributivas y de reconocimiento de servicios de los docentes interinos en las distintas comunidades autónomas

boletin-interinos-2018

FUENTE DE LA INFORMACIÓN: http://www.fespugt.es/


 

https://educacion.fespugtclm.es/storage/2018/06/Sin-título-1.pnghttps://educacion.fespugtclm.es/storage/2018/06/Sin-título-1-150x150.pngEnseñanzaACCIÓN SINDICALCampañas federal (nacional)     En los últimos años, FeSP-UGT, junto a otras organizaciones sindicales, ha logrado que casi todas las comunidades autónomas dispongan ya de acuerdos para que el profesorado interino perciba los sueldos correspondientes a los meses de julio y agosto, que les fueron sustraídos con los recortes llevados a cabo...Sector Enseñanza de UGT Servicios Públicos Castilla-La Macha